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Documento BOE-A-2001-20245

Resolución de 11 de octubre de 2001, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al importe en euros de las sanciones y precios vigentes en el ámbito de gestión del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 30 de octubre de 2001, páginas 39614 a 39615 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2001-20245
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2001/10/11/(2)

TEXTO ORIGINAL

Por disposición de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, desde el 1 de enero de 1999, el euro es la moneda del Sistema Monetario Nacional, conservando la peseta la condición de unidad de cuenta del sistema como subdivisión de aquél, hasta el 31 de diciembre de 2001, con arreglo al tipo de conversión fijado en 166,386 pesetas por euro.

Por su parte, el artículo 11 de dicha Ley vino a establecer los criterios de redondeo a observar para la conversión de pesetas a euros y euros a pesetas. Dado su carácter de Ley especial, y su rango normativo, estos criterios deben ser aplicados con carácter prioritario a cualquier operación de conversión de una a otra moneda, sea cuál fuere el instrumento jurídico en el que esta conversión se hubiera llevado a efecto.

Próximo a finalizar el período transitorio en que ambas unidades de cuenta han existido de forma simultánea, resulta conveniente dar publicidad al importe en euros de las sanciones y precios vigentes en el ámbito de gestión del Ministerio de Asuntos Exteriores, corrigiendo al propio tiempo los errores aritméticos que pudieran haberse producido hasta la fecha al aplicar los criterios de redondeo anteriormente señalados.

En consecuencia, resuelvo:

Primero.

Dar publicidad al importe en euros de las sanciones contenidas en el artículo 26 de la Ley 49/1999, de 20 de diciembre, sobre medidas de control de sustancias químicas susceptibles de desvío para la fabricación de armas químicas, cuyo detalle se recoge en el anejo 1 de la presente Resolución.

Segundo.

Dar publicidad al importe en euros de los precios correspondientes a los bienes y servicios siguientes:

2.1 Actividades del Instituto Cervantes.

A) Cursos: Precio básico hora (anejo número 2).

B) Derechos de examen (anejo número 3).

2.2 Publicaciones editadas por este Ministerio y por la Agencia Española de Cooperación Internacional: Sus importes serán los que figuran en las ediciones del año 2001 de sus correspondientes catálogos.

2.3 Servicio de fotocopias de documentos del Archivo General del Departamento, Biblioteca, Fondos Documentales de la Oficina de Información Diplomática y de la Agencia Española de Cooperación Internacional: 0,06 euros (equivalentes a 10 pesetas) por fotocopia.

Madrid, 11 de octubre de 2001.‒El Subsecretario, Carlos Carderera Soler.

ANEJO NÚMERO 1

Sanciones establecidas en el artículo 26.1 de la Ley 49/1999, de 20 de diciembre, sobre medidas de control de sustancias químicas susceptibles de desvío para la fabricación de armas químicas:

a) Multa por infracciones muy graves: Desde 300.506,06 euros (50.000.001 pesetas) hasta 1.502.530,26 euros (250.000.000 de pesetas).

b) Multa por infracciones graves: Desde 30.050,62 euros (5.000.001 pesetas) hasta 300.506,05 euros (50.000.000 de pesetas).

c) Multa por infracciones leves: Hasta 30.050,61 euros (5.000.000 de pesetas).

ANEJO NÚMERO 2
Instituto Cervantes: Cursos

Precios hora básicos para el curso 2001-2002

País Ciudad Importe Moneda local Euros Pesetas
Alemania. Bremen. 10,33 Marcos alemanes. 5,28 879
  Münich. 14,50 Marcos alemanes. 7,41 1.233
Austria. Viena. 90,95 Chelines austríacos. 6,61 1.100
Bélgica. Bruselas. 226 Francos belgas. 5,60 932
Francia. Burdeos. 38,50 Francos franceses. 5,87 977
  París. 65,00 Francos franceses. 9,91 1.649
  Toulouse. 38,50 Francos franceses. 5,87 977
Grecia. Atenas. 1.500 Dracmas. 4,40 732
Italia. Milán. 13.000 Liras italianas. 6,72 1.118
  Nápoles. 9.500 Liras italianas. 4,91 817
  Roma. 13.091 Liras italianas. 6,77 1.126
Irlanda. Dublín. 5,16 Libras irlandesas. 6,55 1.089
Países Bajos. Utrecht. 14,33 Florines. 6,50 1.082
Portugal. Lisboa. 900,5 Escudos portugueses. 4,49 747

 

ANEJO NÚMERO 3
Instituto Cervantes: Derechos de examen
País Moneda Precios
CIE DBE DSE
Alemania. Marco alemán-Euro. 160 81,81 200 102,26 252 128,85
Argelia. Franco francés-Euro. 235 35,83 265 40,40 290 44,21
Austria. Chelín austríaco-Euro. 1.128 81,97 1.417 102,98 1.761 127,98
Bélgica. Franco belga-Euro. 3.308 82,00 4.155 103,00 5.164 128,01
Costa de Marfil. Franco francés-Euro. 170 25,92 208 31,71 252 38,42
España. Peseta-Euro. 13.311 80,00 15.807 95,00 18.302 110,00
Francia. Franco francés-Euro. 538 82,02 675 102,90 840 128,06
Grecia. Dracma griego-Euro. 28.000 82,12 35.000 102,65 44.000 129,05
Irlanda. Libra irlandesa-Euro. 63 79,99 75 95,23 87 110,47
Italia. Lira-Euro. 158.800 82,01 199.436 103,00 247.840 128,00
Luxemburgo. Franco luxemburgués-Euro. 3.308 82,00 4.155 103,00 5.164 128,01
Marruecos. Franco francés-Euro. 193 29,42 260 39,64 293 44.67
Países Bajos. Florín holandés-Euro. 181 82,13 226 102,55 282 127,97
Portugal. Escudo portugués-Euro. 16.038 80,00 19.046 95,00 22.053 110,00
Túnez. Franco francés-Euro. 171 26,07 199 30,34 230 35,06
Yugoslavia. Marco alemán-Euro. 90 46,02 110 56,24 130 66,47

 

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/10/2001
  • Fecha de publicación: 30/10/2001
Referencias anteriores
  • ACTUALIZA lo indicado de la la Ley 49/1999, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-24183).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 11 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-29216).
Materias
  • Agencia Española de Cooperación Internacional
  • Autoridad Nacional para la Prohibición de las Armas Químicas
  • Euro
  • Instituto Cervantes
  • Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Precios
  • Procedimiento sancionador
  • Publicaciones oficiales

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