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Documento BOE-A-1998-19355

Orden 196/1998, de 30 de julio, por la que se aprueban las normas para la asignación de destinos, el calendario de operaciones para la incorporación del reemplazo de 1999 y, en su caso, la designación de excedentes.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 1998, páginas 27280 a 27282 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1998-19355
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1998/07/30/196

TEXTO ORIGINAL

El sistema de asignación de destinos establecido en la Ley Orgánica 13/1991, de 20 de diciembre, del Servicio Militar, atiende las necesidades del planeamiento de la defensa militar y tiene en cuenta las preferencias manifestadas por los componentes del reemplazo anual respecto al momento, localización geográfica, Ejército y área de actividad que deseen. Las preferencias manifestadas deben ser atendidas de acuerdo con las previsiones de la Ley, en la medida que lo permitan las necesidades del reclutamiento, mediante procedimientos que aseguren la igualdad de oportunidades. Los componentes del reemplazo tienen también la posibilidad de solicitar la prestación del servicio militar en plazas específicas de una oferta que, a tal efecto, debe realizar anualmente el Ministerio de Defensa.

De otra parte, el artículo 18.1 de la mencionada Ley, conforme a la redacción dada al mismo por el Real Decreto-ley 17/1997, de 10 de octubre, prevé que el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Defensa, determinará, en su caso, los posibles excedentes, teniendo en cuenta las necesidades del planeamiento de la defensa militar, la previsión de efectivos, el personal disponible para incorporarse al servicio militar y las preferencias manifestadas por los interesados sobre la edad de incorporación. Asimismo, la determinación de los alistados a clasificar, en su caso, como excedentes del reemplazo, dispone este mismo artículo en su párrafo segundo, se hará antes de la asignación de destinos, por medio de sorteo público en el que quede garantizada la igualdad de oportunidades, entre los incluidos en la lista general del reemplazo anual.

Por consiguiente resulta necesario establecer en la presente Orden las previsiones necesarias para las actuaciones a realizar para el caso de que el Consejo de Ministros aprobase una determinada cuantía de excedentes.

A tal efecto se establece un procedimiento de actuación en el que la igualdad de oportunidades se garantiza mediante un proceso informático que asegura la misma probabilidad a todos los alistados, que se ejecutará en los sistemas informáticos que determinan, de una parte, la asignación aleatoria de números para la confección de la lista general y de otra, y sobre esta misma lista, la determinación, también aleatoria, del número a partir del cual se concretan los excedentes, en el caso de ser aprobados por el Consejo de Ministros.

En consecuencia, se hace preciso definir los términos en los que los componentes del reemplazo de 1999 podrán manifestar dichas preferencias, determinar la oferta de plazas, aprobar las normas para la designación, en su caso, de los excedentes, asignación de destinos y calendario de operaciones para la incorporación del citado reemplazo,

En su virtud, dispongo:

Primero.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Orgánica 13/1991, de 20 de diciembre, del servicio militar, los españoles clasificados aptos para el servicio militar que deban incorporarse a las Fuerzas Armadas con el reemplazo de 1999, podrán:

1. Manifestar sus preferencias sobre:

Localización geográfica, indicando por el orden que deseen hasta cuatro demarcaciones territoriales de cualquiera de los tres Ejércitos.

Mes de incorporación, indicando por el orden que deseen hasta diez opciones diferentes entre los meses de enero y noviembre.

Área de actividad, señalando por el orden que deseen tres áreas distintas entre las seis que se ofrecen. La realización del servicio militar en un área de actividad determinada dará lugar a la obtención por los interesados de una certificación que acredite la formación recibida y las actividades desarrolladas y, en su caso, la cualificación profesional y especialidades o aptitudes adquiridas, si procede, de acuerdo con el sistema de homologación o convalidación establecido por el Ministerio de Educación y Cultura.

2. Indicar el orden en que desean se atiendan sus preferencias sobre localización geográfica y mes de incorporación.

3. Solicitar hasta diez plazas diferentes entre las 53.409 de la oferta de plazas para 1999, cuyo catálogo figura en el anexo I a la presente Orden. De dichas, plazas 38.985 corresponden al Ejército de Tierra, 3.414 a la Armada y 11.010 al Ejército del Aire.

Segundo.

1. Las preferencias y la solicitud de plazas se presentarán en el impreso oficial «Ficha de manifestación de preferencias y solicitud de plazas», que figura en el anexo II a la presente Orden.

2. A cada uno de los componentes del reemplazo de 1999, se les remitirá una ficha de manifestación de preferencias y solicitud de plazas, acompañada de un folleto que contendrá las instrucciones necesarias para cumplimentarla y el catálogo de la oferta de plazas para 1999. El envío también incluirá una ficha para la transferencia de las indemnizaciones que legalmente correspondan.

3. Las fichas de manifestación de preferencias y solicitud de plazas que se presenten fuera de plazo, incorrectamente cumplimentadas, o no estén acompañadas de la documentación acreditativa en cada caso, no serán tenidas en cuenta. Asimismo, se invalidarán las fichas que se remitan sin firmar, no estén acompañadas de la fotocopia del documento nacional de identidad, o sean remitidas en blanco o con anotaciones.

Tercero.

Las incorporaciones al servicio militar en el Ejército de Tierra y en el Ejército del Aire se efectuarán durante los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre.

En la Armada, durante los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.

La fecha concreta de cada incorporación será fijada por el Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar, a propuesta del Mando o Jefatura de Personal de cada Ejército.

Cuarto.

La designación, en su caso, de los excedentes y la asignación de destinos al personal de reemplazo de 1999 se regirán por las normas que se publican como anexo III a esta Orden y se llevará a cabo con arreglo al siguiente calendario:

Martes, 1 de septiembre: Se inicia la exposición pública, que se mantendrá durante los primeros quince días del mes, de las listas parciales provisionales del reemplazo 1999 en los centros de reclutamiento y Ayuntamientos, para subsanación de errores.

Jueves, 3 de septiembre: Remisión a los componentes del reemplazo de 1999 de la documentación precisa para manifestar preferencias y solicitar plazas de la oferta anual.

Viernes, 18 de septiembre: A partir de esta fecha, quienes no hubiesen recibido la documentación para manifestar preferencias y solicitar plazas de la oferta anual, podrán retirarla en el centro de reclutamiento correspondiente a su lugar de residencia.

Lunes, 21 de septiembre: Los centros de reclutamiento procederán a la formación de las listas parciales definitivas, y la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar a la formación de la lista general del reemplazo 1999.

Comienzo de la grabación de los datos contenidos en las fichas de manifestación de preferencias y solicitud de plazas. Finalizada la grabación de los datos de cada ficha, se imprimirá una comunicación que se enviará por correo ordinario al domicilio de cada uno de los interesados y en la que quedarán reflejados los datos grabados, para que pueda compararse con la ficha remitida y comprobar que se han introducido correctamente en el ordenador o en su caso corregir posibles errores materiales de grabación.

Martes, 13 de octubre: Termina el plazo de recepción de fichas de manifestación de preferencias y solicitud de plazas. No entrará en el sistema informático ninguna ficha que llegue al Ministerio de Defensa con posterioridad a dicha fecha.

Lunes, 26 de octubre: Termina el plazo de recepción de peticiones para la corrección de errores materiales de grabación. No serán tenidas en cuenta las peticiones que lleguen al Ministerio de Defensa con posterioridad a dicha fecha.

Jueves, 29 de octubre: El Interventor general de la Defensa, actuando como Notario Militar, y previos los asesoramientos técnicos que considere oportunos, levantará acta dando fe sobre:

La inclusión en el fichero de todos los datos de los componentes del reemplazo de 1999.

La grabación de las manifestaciones de preferencias y solicitudes de plazas recibidas.

La naturaleza y funcionamiento de los programas informáticos relativos a la generación de un número al azar para la designación de los excedentes, en su caso, y a la asignación de destinos, que deberán asegurar el principio de igualdad de oportunidades.

Asimismo, recogerá en acta que, ante su presencia, se ha llevado a cabo el proceso informático de ordenación de los jóvenes incluidos en la lista general del reemplazo 1999, en orden creciente, según un número aleatorio asignado por sorteo informático, quedando en depósito y bajo su custodia el fichero informático de datos que contendrá la nueva ordenación, las manifestaciones de preferencias y las solicitudes de plazas de los mencionados jóvenes.

Viernes, 30 de octubre: Los centros de reclutamiento notificarán por correo a los interesados el número aleatorio asignado y expondrán en el tablón de anuncios las listas con la nueva ordenación aleatoria.

Miércoles, 11 de noviembre: En el supuesto de que el Consejo de Ministros apruebe una determinada cuantía de excedentes del reemplazo anual, se efectuará su designación, mediante el procedimiento descrito en el anexo III, en acto público y ante la Comisión del Reemplazo Anual, constituida por Orden 70/1992, de 25 de septiembre, a tal efecto. Este acto tendrá lugar en la Escuela Militar de Sanidad, sita en Madrid, (calle Camino de los Ingenieros, número 6).

Antes del sorteo se pondrán a disposición de los asistentes al acto dos listas generales del reemplazo, una por orden de los números aleatorios y otra por orden alfabético de apellidos y nombre, para que se puedan efectuar las comprobaciones que se consideren pertinentes.

El Interventor general de la Defensa, actuando como Notario Militar, y previos los asesoramientos técnicos que considere oportunos, dará lectura al acta del día 29 de octubre. A continuación, en su presencia y en el ejercicio de sus funciones como Notario, procederá a determinar mediante sorteo informático el número del primer excedente del reemplazo.

Realizado el sorteo, el Presidente de la Comisión del Reemplazo Anual leerá el número obtenido. El Secretario de la Comisión determinará los números inicial y final del cupo de los excedentes, en su caso, y levantará acta.

Los centros de reclutamiento comunicarán los acuerdos sobre exención a los que resulten excedentes, en su caso, y expondrán en el tablón de anuncios dos listas con las relaciones nominales de los excedentes, una ordenada por número aleatorio y otra por orden alfabético de apellidos y nombre.

De no existir excedentes de reemplazo, la determinación del número a partir del cual se asignarán los destinos, a los efectos de lo dispuesto en el apartado 4.7 del anexo III, se efectuará por el procedimiento previsto en el apartado 3 de este mismo anexo III, ante el Interventor general que actuará como Notario y levantará acta.

Jueves, 12 de noviembre: Comienza el proceso informático de asignación de destinos ante el Interventor general de la Defensa que facilitará el fichero con la nueva ordenación y las manifestaciones de preferencias y solicitudes de plazas. Finalizado el proceso, se levantará acta del resultado de la asignación ante la Comisión del Reemplazo Anual. Se comunicará a los interesados el Ejército, demarcación territorial y mes de incorporación o, en su caso, la plaza asignada para realizar el servicio militar. Exposición en los centros de reclutamiento de las listas de destinos del personal del reemplazo de 1999.

Quinto.

Por resolución del Subsecretario de Defensa se aprobarán las aplicaciones informáticas para el cumplimiento de las previsiones contenidas en la presente Orden sobre la asignación aleatoria para la confección de la lista general, determinación de excedentes, en su caso y asignación de destinos, desarrolladas por la Subdirección General de Servicios Técnicos y Telecomunicaciones del Ministerio de Defensa, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado.

Sexto.

Los centros de reclutamiento, con antelación suficiente, notificarán oficialmente a los interesados, directamente o a través de los Ayuntamientos, el lugar y fecha de incorporación al servicio militar.

Séptimo.

Los Jefes de los centros de reclutamiento solicitarán que, para conocimiento público, se inserte esta Orden en el «Boletín Oficial» de la provincia respectiva.

Octavo.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de julio de 1998.

SERRA REXACH

(En suplemento aparte se publican los anexos correspondientes)

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/07/1998
  • Fecha de publicación: 11/08/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 12/08/1998
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el punto quinto, aprobando las aplicaciones informáticas de asignación aleatoria: Resolución 251/1998 de 22 de septiembre (Ref. BOE-A-1998-22518).
Referencias anteriores
Materias
  • Fuerzas Armadas
  • Servicio Militar

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