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Documento BOE-A-1997-10170

Resolución de 25 de abril de 1997, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, sobre delegación de atribuciones.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 9 de mayo de 1997, páginas 14781 a 14781 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1997-10170
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1997/04/25/(2)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 221/1997, de 14 de febrero, de Organización y Funciones del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, modifica la estructura orgánica del centro, suprimiendo diversas unidades de servicios comunes y de gestión, con nivel orgánico de Subdirección General, cuyos titulares venían ejerciendo funciones delegadas por la Presidencia del organismo en virtud de la Resolución de 17 de diciembre de 1993 («Boletín Oficial del Estado» número 331, del 29).

En consecuencia, resulta necesario adecuar el régimen de delegación de competencias a la nueva estructura orgánica del CIEMAT, a fin de asegurar el normal funcionamiento de sus servicios.

Por ello, al amparo de lo establecido en el artículo 5.2 del Real Decreto 221/1997, de 14 de febrero; artículo 12 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas; artículo 74, números 2 y 3, del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

Esta Presidencia dispone:

Primero.-Delegar las competencias que le corresponden de acuerdo con el artículo 5.2 del Real Decreto 221/1997, de 14 de febrero, de Organización y Funciones del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, en lo que se refiere a la disposición de los gastos del organismo, con las siguientes limitaciones en su cuantía:

Hasta 100.000.000 de pesetas, en el Vicepresidente y Director general.

Hasta 25.000.000 de pesetas, en el Subdirector general de Control Económico y Servicios

Segundo.-Delegar las competencias que le corresponden de acuerdo con el artículo 5.2 del Real Decreto 221/1997, de 14 de febrero, en cuanto a la ordenación de pagos del organismo, con las limitaciones en las cuantías que se indican: Los superiores a 25.000.000 de pesetas, en el Vicepresidente y Director general.

Hasta 25.000.000 de pesetas, en el Subdirector general de Control Económico y Servicios.

Tercero.-Delegar las competencias para la designación de las comisiones de servicios que le son atribuidas por el artículo 4.1 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón de servi cios, en:

El Vicepresidente y Director general, las que originen derecho a indemnización por residencia habitual y las internacionales.

El Secretario general de Relaciones Externas e Institucionales, las restantes.

Cuarto.-Siempre que se haga uso de las delegaciones contenidas en esta Resolución deberá hacerse constar así en la correspondiente resolución.

Quinto.-Queda derogada la Resolución de esta Presidencia de 17 de diciembre de 1993.

Sexto.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 25 de abril de 1997.-El Presidente, Nemesio Fernández-Cuesta Luca de Tena.

Ilmo. Sr. Vicepresidente y Director general del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/04/1997
  • Fecha de publicación: 09/05/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 10/05/1997
  • Fecha de derogación: 31/01/1999
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 14 de enero de 1999 (Ref. BOE-A-1999-2426).
Referencias anteriores
  • DEROGA Resolución de 17 de diciembre de 1993 (Ref. BOE-A-1993-31075).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 5 del Real Decreto 221/1997, de 14 de febrero (Ref. BOE-A-1997-4087).
    • art. 12 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo (Ref. BOE-A-1995-11825).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
    • art. 74.2 y 3 de la Ley General presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-22572).
Materias
  • Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas
  • Delegación de atribuciones

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