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Documento BOE-A-1994-4394

Real Decreto 60/1994, de 21 de enero, por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 632/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el ejercicio de la pesca de arrastre de fondo en el golfo de Cádiz.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 1994, páginas 6418 a 6419 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1994-4394
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1994/01/21/60

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 632/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el ejercicio de la pesca de arrastre de fondo en el golfo de Cádiz, establece en el párrafo segundo del artículo primero que las normas que el mismo contiene serán de aplicación a los buques extranjeros en aguas jurisdiccionales españolas dentro de los límites geográficos descritos.

Con el fin de adecuar dicha norma a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (CEE) 3094/86 del Consejo, de 7 de octubre, por el que se establecen determinadas medidas técnicas de conservación de los recursos pesqueros, que dispone que los Estados miembros podrán tomar medidas encaminadas a la conservación y gestión de los recursos pesqueros, cuando se trate de existencias estrictamente locales que sólo revistan interés para los pescadores del Estado miembro de que se trate, se hace necesaria la supresión del citado párrafo por afectar a embarcaciones extranjeras.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de enero de 1994,

DISPONGO:

Artículo único.

Se suprime el párrafo segundo del artículo 1 del Real Decreto 632/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el ejercicio de la pesca de arrastre de fondo en el golfo de Cádiz.

Disposición final única.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 21 de enero de 1994.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,

VICENTE ALBERO SILLA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 21/01/1994
  • Fecha de publicación: 26/02/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 27/02/1994
Referencias anteriores
  • SUPRIME el párrafo segundo del art. 1 del Real Decreto 632/1993, de 3 de mayo (Ref. BOE-A-1993-12850).
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento (CEE) 3094/86, de 7 de octubre (Ref. DOUE-L-1986-81439).
Materias
  • Buques
  • Cádiz
  • Huelva
  • Pesca marítima

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