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Documento BOE-A-1990-9388

Resolución de 6 de abril de 1990, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se aprueba nuevo modelo de minuta para todos los Registros de la Propiedad.

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 23 de abril de 1990, páginas 10897 a 10897 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1990-9388
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1990/04/06/(1)

TEXTO ORIGINAL

ILMO. SR.:

HABIENDOSE OBSERVADO EN LA PRACTICA LA NECESIDAD DE AÑADIR NUEVOS DATOS Y SUPRIMIR OTROS EN EL MODELO DE MINUTA APROBADO POR RESOLUCION DE 8 DE ENERO DE 1990 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 19), EN CUMPLIMIENTO DE LA NORMA DE APLICACION QUINTA, APARTADO 4, DEL REAL DECRETO 1427/1989, DE 17 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL ARANCEL DE LOS REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD,

ESTA DIRECCION GENERAL HA ACORDADO APROBAR EL NUEVO MODELO QUE SE ADJUNTA, DEJANDO SUBSISTENTES LAS REGLAS CONTENIDAS EN LA CITADA RESOLUCION.

MADRID, 6 DE ABRIL DE 1990. EL DIRECTOR GENERAL, JOSE CANDIDO PAZ-ARES RODRIGUEZ.

ILMO. SR. DECANO DEL COLEGIO NACIONAL DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA.

MODELO DE MINUTA

NOMBRE Y APELLIDOS (1). NIF (2). MINUTA NUMERO (3). REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DE (4). FECHA (5). DOMICILIO DEL REGISTRO Y POBLACION DEL REGISTRO (6).

MINUTA DE LOS DERECHOS QUE SE DEVENGAN POR EL DESPACHO DEL DOCUMENTO CON NUMERO DE ENTRADA (7).

INTERESADO: NOMBRE (8). DNI/NIF (9). DOMICILIO Y POBLACION (10).

NUMERO DE ARANCEL (11). CONCEPTO (12). BASE (13).

HONORARIOS (14). CANTIDAD (15). TOTAL (16).

SUPLIDOS (17). TOTAL MINUTA (18).

IVA AL 12 POR 100 (19). RETENCION IRPF (20).TOTAL (21).

VALOR (22).

RECURSOS: LA PRESENTE MINUTA DE HONORARIOS PODRA SER IMPUGNADA ANTE EL REGISTRADOR O ANTE LA JUNTA DEL COLEGIO DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD, EN EL PLAZO DE QUINCE DIAS HABILES, EN LA FORMA QUE ESTABLECE LA NORMA SEXTA DEL REAL DECRETO 1427/1989 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 285, DE 28 DE NOVIEMBRE).

EL REGISTRADOR (23).

INSTRUCCIONES DE LA MINUTA DE HONORARIOS

(1) NOMBRE Y APELLIDOS DEL REGISTRADOR.

(2) NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL DEL REGISTRADOR.

(3) NUMERO DE MINUTA.

(4) REGISTRO DE QUE ES TITULAR.

(5) FECHA DE LA MINUTA.

(6) DOMICILIO Y POBLACION DEL REGISTRO.

(7) REFERENCIA AL NUMERO DE PRESENTACION EN EL LIBRO DE ENTRADA.

(8) NOMBRE Y APELLIDOS DEL INTERESADO.

(9) NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL DEL INTERESADO.

(10) DOMICILIO Y POBLACION DEL INTERESADO.

(11) NUMERO DEL ARANCEL APLICADO.

(12) CLASE DE CONCEPTO MINUTABLE.

(13) BASE APLICADA AL CONCEPTO MINUTABLE, EN SU CASO.

(14) HONORARIOS QUE IMPORTA CADA CONCEPTO.

(15) NUMERO DE CONCEPTOS IGUALES O DE FINCAS CON LA MISMA BASE Y CONCEPTO. SERA OPTATIVO RELLENAR ESTA CASILLA Y LA ANTERIOR CUANDO SEAN UNICOS EL CONCEPTO O LA FINCA.

(16) TOTAL DE HONORARIOS (RESULTANTE DE MULTIPLICAR EL APARTADO 14 POR EL 15).

(17) SUPLIDOS, SI LOS HUBIERE.

(18) TOTAL DE HONORARIOS Y SUPLIDOS.

(19) IVA CORRESPONDIENTE.

(20) RETENCION CALCULADA, CUANDO EXISTA, SOBRE LA BASE DEL NUMERO 18.

(21) TOTAL RESULTADO DE LA SUMA 18, 19 Y RESTA DEL 20, EN SU CASO.

(22) EXPRESION DE LA FORMA EN QUE SE HAN OBTENIDO LOS VALORES PARA LA APLICACION DEL ARANCEL, DE ACUERDO CON SU NORMA PRIMERA.

(23) FIRMA DEL REGISTRADOR.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 06/04/1990
  • Fecha de publicación: 23/04/1990
Referencias anteriores
  • MODIFICA la Resolución de 8 de enero de 1990 (Ref. BOE-A-1989-1346).
  • DE CONFORMIDAD con la norma quinta, apartado Cuarto, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre (Ref. BOE-A-1989-28112).
Materias
  • Cuerpo de Registradores de la Propiedad
  • Registros de la Propiedad

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