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Documento BOE-A-1990-11560

Acuerdo de 17 de abril de 1990, de la Comisión Académica del Consejo de Universidades, por la que se modifica el Catálogo de Areas de Conocimiento actualmente en vigor mediante la creación del área «Ciencias y Técnicas de Navegación».

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23 de mayo de 1990, páginas 14224 a 14224 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1990-11560
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/1990/04/17/(1)

TEXTO ORIGINAL

LA DISPOSICION TRANSITORIA CUARTA, PUNTO UNO, DEL REAL DECRETO 1522/1988, DE 2 DE DICIEMBRE, SOBRE INTEGRACION DE LAS ENSEÑANZAS SUPERIORES DE LA MARINA CIVIL EN LA UNIVERSIDAD, ESTABLECE QUE EL CONSEJO DE UNIVERSIDADES, A LOS EFECTOS DE LA IMPARTICION DE ENSEÑANZAS SUPERIORES DE LA MARINA CIVIL, PODRA INCORPORAR, DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN LA DISPOSICION ACIDIONAL SEGUNDA DEL REAL DECRETO 1888/1984, DE 26 DE SEPTIEMBRE, NUEVAS AREAS DE CONOCIMIENTO AL CATALOGO ADJUNTO AL CITADO REAL DECRETO.

EN EJECICIO DE DICHA COMPETENCIA, LA COMISION ACADEMICA DEL CONSEJO DE UNIVERSIDADES, DE ACUERDO CON EL ARTICULO 14.2.K) DE SU REGLAMENTO, Y PREVIO DICTAMENTE DE LA SUBCOMISION DE AREAS DE CONOCIMIENTO, EN SESION DE 17 DE ABRIL DE 1990, HA ADOPTADO EL SIGUIENTE ACUERDO:

PRIMERO. DE CONFORMIDAD CON LA PROPUESTA FORMULADA POR LA SUBCOMISION DE AREAS DE CONOCIMIENTO, EN SESION DE 15 DE NOVIEMBRE DE 1989, CONFIRMADA POR ESTA COMISION ACADEMICA EL 28, RESPECTO DE LAS PROPUESTAS DE CREACION DE AREAS DE CONOCIMIENTO; CONSIDERANDO QUE LAS MISMAS SE HAN SOMETIDO AL PRECEPTIVO INFORME DE LOS CONSEJOS SOCIALES Y JUNTAS DE GOBIERNO DE LAS UNIVERSIDADES EN 18 DE DICIEMBRE ULTIMO; QUE SE HAN OBSERVADO LOS DEMAS TRAMITES PROCEDIMENTALES, Y QUE SE HAN TENIDO EN CUENTA, COMO FUNDAMENTOS DE LA PROPUESTA, LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS EN LAS NORMAS APROBADAS AL EFECTO POR LA COMISION ACADEMICA DE 26 DE NOVIEMBRE DE 1985, LA COMISION ACADEMICA DEL CONSEJO DE UNIVERSIDAD HA ACORDADO LA CREACION DEL SIGUIENTE AREA PARA ADICIONAR AL CATALOGO DE AREAS DE CONOCIMIENTO ANEXO AL REAL DECRETO 1888/1984, DE 26 DE SEPTIEMBRE:

<CIENCIAS Y TECNICAS DE LA NAVEGACION>.

SEGUNDO. A ESTE AREA PODRAN ADSCRIBIRSE LOS PROFESORES DE LAS ESCUELAS SUPERIORES DE LA MARINA CIVIL QUE IMPARTAN LAS DISCIPLINAS DE: NAVEGACION; MANIOBRA, ESTIBA, REGLAMENTO Y SEÑALES (MANIOBRA); MANIOBRA, ESTIBA, REGLAMENTOS Y SEÑALES (SEGURIDAD MARITIMA); MANIOBRA, ESTIBA, REGLAMENTOS Y SEÑALES (ESTIBA Y TRANSPORTES ESPECIALES), Y SISTEMAS RADIOELECTRICOS DE AYUDA A LA NAVEGACION.

LO QUE, EN CUMPLIMINTO DE LO PREVISTO POR EL ARTICULO 14.2.K) DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE UNIVERSIDADES, SE HACE PUBLICO PARA GENERAL CONOCIMIENTO.

MADRID, 17 DE ABRIL DE 1990. LA SECRETARIA GENERAL, ELISA PEREZ VERA.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 17/04/1990
  • Fecha de publicación: 23/05/1990
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Catalogo Anexo al Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre (Ref. BOE-A-1984-24014).
  • DE CONFORMIDAD con la disposición transitoria cuarta, punto uno, del Real Decreto 1522/1988, de 2 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-28918).
  • CITA Reglamento 552/1985, de 2 de abril (Ref. BOE-A-1985-7175).
Materias
  • Enseñanza Náutica
  • Escuelas Superiores de la Marina Civil
  • Profesorado

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