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Documento BOE-A-1989-13988

Resolución de 7 de junio de 1989, de la Dirección General de Enseñanza Superior, por la que se desarrolla la Orden de 8 de julio de 1988 por la que se regulan las pruebas de aptitud para acceso a Facultades, Escuelas Técnicas Superiores y Colegios Universitarios de alumnos con estudios extranjeros convalidables.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 20 de junio de 1989, páginas 18873 a 18873 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1989-13988
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1989/06/07/(1)

TEXTO ORIGINAL

LA ORDEN DE 8 DE JULIO DE 1988 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 12) REGULO LAS PRUEBAS DE APTITUD PARA EL ACCESO A FACULTADES, ESCUELAS TECNICAS SUPERIORES Y COLEGIOS UNIVERSITARIOS DE ALUMNOS CON ESTUDIOS EXTRANJEROS CONVALIDABLES. EL NUMERO TERCERO DE DICHA ORDEN ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE OBTENCION DE LA PUNTUACION DEFINITIVA DE LOS ALUMNOS EN LAS PRUEBAS DE APTITUD QUE LA MISMA REGULA Y ALUDE A TABLAS DE EQUIVALENCIAS ENTRE CALIFICACIONES DE SISTEMAS EXTRANJEROS Y LAS DEL SISTEMA ESPAÑOL, PARA LA DEFINICION DE LA NOTA MEDIA DE LOS EXPEDIENTES ACADEMICOS RESPECTIVOS.

POR OTRA PARTE, DICHAS TABLAS DE EQUIVALENCIAS SON NECESARIAS TAMBIEN EN EL CASO DE LOS ALUMNOS QUE SE INSCRIBEN EN LAS PRUEBAS DE APTITUD ORDINARIAS PARA ACCESO A FACULTADES, ESCUELAS TECNICAS SUPERIORES Y COLEGIOS UNIVERSITARIOS, REGULADAS POR ORDEN DE 3 DE SEPTIEMBRE DE 1987 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 7), TODA VEZ QUE EN DICHAS PRUEBAS PUEDEN INSCRIBIRSE TANTO LOS ALUMNOS QUE HAN REALIZADO ESTUDIOS EXTRANJEROS CONVALIDABLES POR EL CURSO DE ORIENTACION UNIVERSITARIA, COMO AQUELLOS QUE, HABIENDO REALIZADO DICHO CURSO EN EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL, HAN CONVALIDADO PREVIAMENTE ESTUDIOS EXTRANJEROS EQUIVALENTES A UNO O MAS CURSOS DE BACHILLERATO UNIFICADO Y POLIVALENTE.

PROCEDE, POR LO TANTO, ARBITRAR UN PROCEDIMIENTO HOMOGENEO QUE PERMITA A LOS DIFERENTES TRIBUNALES CALIFICADORES DISPONER DE TABLAS DE EQUIVALENCIAS ENTRE LAS CALIFICACIONES DEL SISTEMA ESPAÑOL Y LAS DE LOS DIFERENTES SISTEMAS EDUCATIVOS EXTRANJEROS, A LOS EFECTOS DE OBTENER LA PUNTUACION DEFINITIVA DE CADA ALUMNO EN LAS PRUEBAS DE APTITUD CITADAS.

EN SU VIRTUD, ESTA DIRECCION GENERAL, EN USO DE LA AUTORIZACION CONFERIDA POR LA DISPOSICION FINAL PRIMERA DE LA ORDEN DE 8 DE JULIO DE 1988, HA RESUELTO DICTAR LAS SIGUIENTES INSTRUCCIONES:

PRIMERA. LA NOTA MEDIA DEL EXPEDIENTE ACADEMICO DE LOS ALUMNOS QUE SE INSCRIBAN EN LAS PRUEBAS DE APTITUD PARA ACCESO A FACULTADES, ESCUELAS TECNICAS SUPERIORES Y COLEGIOS UNIVERSITARIOS, REGULADAS POR LAS ORDENES DE 3 DE SEPTIEMBRE DE 1987 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 7) Y DE 8 DE JULIO DE 1988 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 12), SE OBTENDRA, POR LO QUE RESPECTA A CURSOS DE SISTEMAS EDUCATIVOS EXTRANJEROS CONVALIDADOS POR LOS EQUIVALENTES ESPAÑOLES DE BACHILLERATO UNIFICADO Y POLIVALENTE Y CURSO DE ORIENTACION UNIVERSITARIA, DE ACUERDO CON UN CUADRO DE EQUIVALENCIAS ENTRE CALIFICACIONES DE DICHOS SISTEMAS EXTRANJEROS Y LAS PROPIAS DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL.

SEGUNDA. EL CUADRO DE EQUIVALENCIAS AL QUE SE REFIERE LA ANTERIOR INSTRUCCION PRIMERA SERA REMITIDO POR LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DEL DEPARTAMENTO A LOS RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES Y NO TENDRA OTROS EFECTOS DISTINTOS DE LOS PREVISTOS EN LA PRESENTE RESOLUCION.

MADRID, 7 DE JUNIO DE 1989. EL DIRECTOR GENERAL, FRANCISCO DE ASIS BLAS ARITIO.

EXCMOS. SRES. RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES PUBLICAS.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/06/1989
  • Fecha de publicación: 20/06/1989
  • Fecha de derogación: 09/05/2010
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 29 de abril de 2010 (Ref. BOE-A-2010-7331).
Referencias anteriores
Materias
  • Colegios Universitarios
  • Emigración
  • Enseñanza Universitaria
  • Escuelas Técnicas Superiores
  • Estudios extranjeros
  • Facultades Universitarias
  • Universidad Nacional de Educación a Distancia
  • Universidades

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