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Documento BOE-A-1987-22832

Ley 19/1987, de 7 de octubre, sobre el Régimen Fiscal del Ente Público Radiotelevisión Vasca y de sus Sociedades de Gestión.

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 1987, páginas 30149 a 30149 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1987-22832
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1987/10/07/19

TEXTO ORIGINAL

JUAN CARLOS I

REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

La Ley 5/1982, de 20 de mayo, aprobada por el Parlamento Vasco, creó el Ente Público RTV-Vasca, configurando los servicios públicos de radiodifusión y televisión propios de esta Comunidad Autónoma, mediante un sistema organizativo –Ente Público y Sociedades de Gestión– idéntico al establecido por la Ley 4/1980, de 10 de enero, que aprobó el Estatuto de la Radiodifusión y Televisión.

Asimismo, la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, declara que éstas gozan del tratamiento fiscal que la Ley establezca para el Estado.

Razones todas ellas que mueven a conceder explícitamente a los servicios de radiodifusión y televisión de la Comunidad Autónoma del País Vasco, todas aquellas exenciones tributarias a que haya lugar para esos mismos servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el Concierto Económico con el País Vasco.

Artículo primero.

El Ente Público «Radio Televisión Vasca» y sus Sociedades de Gestión, en relación con los servicios públicos de radiodifusión y televisión que les están encomendados, gozan del mismo tratamiento fiscal que la legislación otorgue al Ente Público «Radio-televisión Española» (RTVE) y sus Sociedades de Gestión.

Artículo segundo.

Por el Ministerio de Economía y Hacienda se adoptarán las medidas necesarias para la plena aplicación de lo dispuesto en la presente Ley.

Artículo tercero.

Lo dispuesto en la presente Ley se aplicará sin perjuicio del sistema foral tradicional del Concierto Económico con el País Vasco.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio de la Zarzuela, Madrid, a 7 de octubre de 1987.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

FELIPE GONZÁLEZ MÁRQUEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 07/10/1987
  • Fecha de publicación: 08/10/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 28/10/1987
Referencias anteriores
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • País Vasco
  • Radiodifusión
  • Radiotelevisión Española
  • Sistema tributario
  • Televisión

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