Ilmos. Sres.: Advertidos errores en el texto remitido para su publicación de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 143, de fecha 15 de junio de 1984, pasamos a transcribir las oportunas rectificaciones.
Página 17532, artículo 19, punto 5, «Complemento de dedicación exclusiva», donde dice: «... Los funcionarios designados para ocupar cargos o puestos de trabajo acogidos al régimen de dedicación exclusiva percibirán las retribuciones complementarias correspondientes a los citados cargos o puestos de trabajos con nivel superior al de Cuerpo, Escala o Clase...», debe decir: «... Los funcionarios designados para ocupar cargos o puestos de trabajo acogidos al régimen de dedicación exclusiva percibirán las retribuciones complementarias correspondientes a los citados cargos o puestos de trabajo. Aquellos funcionarios que, no ocupando cargo o puestos de trabajo con nivel superior al de Cuerpo, Escala o Clase...».
Página 17533, artículo 24, renglón quinto, donde dice: «... por tener a su cuidado directo razones de guardia legal...», debe decir: «... por tener a su cuidado directo razones de guarda legal...».
Página 17535. anexo II.
(VER IMÁGENES, PÁGINA 25355 A 25356)
Lo que se comunica a VV. II. para su cumplimiento y efectos oportunos.
Madrid, 29 de agosto de 1984.
LLUCH MARTIN.
Ilmos. Sres. Subsecretario, Directores generales del Departamento y Director general del Instituto Nacional de la Salud.
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