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El Real Decreto tres mil trescientos setenta y nueve/mil novecientos setenta y ocho, de veintinueve de diciembre, que regula la concesión de la Medalla al Mérito en las Bellas Artes, dispone que las Medallas de Oro se otorgarán por Real Decreto) a propuesta del Ministro de Cultura.
Por otra parte, dicha disposición constituye un Consejo Asesor que tiene como misión asesorar al Ministro sobre los méritos que concurren en las personas o Entidades propuestas para la concesión de esta recompensa.
En virtud de cuanto antecede, a propuesta del Ministro de Cultura, con el asesoramiento del Consejo Asesor, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dieciséis de marzo de mil novecientos setenta y nueve,
DISPONGO:
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto tres mil trescientos setenta y nueve/mil novecientos setenta y ocho, de veintinueve de diciembre, tengo a bien conceder la Medalla al Mérito en las Bellas Artes, en su categoría de Oro, al pintor don Benjamín Palencia Pérez.
Dado en Madrid a dieciséis de marzo de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS
El Ministro de Cultura,
PÍO CABANILLAS GALLAS
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