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Documento BOE-A-1978-4182

Orden de 31 de enero de 1978 por la que se desarrollan los Reales Decretos 2258/1977, de 27 de agosto, y 132/1978, de 13 de enero, sobre estructura orgánica del Ministerio de Cultura.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 1978, páginas 3430 a 3437 (8 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1978-4182

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimo e ilustrísimos señores:

La disposición final primera del Decreto 2258/1977, de 27 de agesto, y la disposición final primera del Real Decreto 132/1978, de 13 de enero, autorizan al Ministro de Cultura para dictar la norma complementaria que desarrolle cuanto se dispone en los citados Cuerpos legales.

En su virtud, y previa la aprobación de la Presidencia del Gobierno a que se refiere el artículo 130.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo 1. Organos dependientes del Ministro.

1. Gabinete Técnico con nivel de Subdirección General.

1.1 Se adscribirán al Gabinete Técnico los Asesores, seleccionados entre funcionarios pertenecientes a los diferentes Cuerpos existentes en el Ministerio, de acuerdo con cuanto determinen las plantillas orgánicas del Departamento.

1.2 Se integrará en el Gabinete Técnico un Negociado Administrativo.

Artículo 2. Organos dependientes directamente del Ministro y del Secretario de Estado.

1. La Secretaría Administrativa del Consejo Superior de Cultura se estructurará de la siguiente forma:

1.1 Sección de Ordenación, con el Negociado de:

– Documentación y Archivo.

2. Gabinete de Prensa y Documentación, con nivel de Subdirección General.

2.1 Servicio de Información, con las siguientes unidades:

2.1.1 Sección de Documentación y Difusión, con los Negociados de:

– Archivo Documental.

– Análisis y Difusión.

2.1.2 Sección de Relaciones con los Medios, con los Negociados de:

– Relaciones con los Medios.

– Relaciones Interiores.

3. Gabinete del Servicio Exterior y Relaciones con los Organismos Internacionales Culturales, con nivel de Subdirección General.

3.1 Servicio de Acción Exterior, con las siguientes unidades:

3.1.1 Sección de Oficinas en el Exterior.

3.1.2 Sección de Documentación y Difusión.

3.2 Sección de Relaciones con Organismos Internacionales.

3.3 Directamente dependiente del Subdirector general existirá una Secretaría Administrativa con nivel orgánico de Negociado.

4. Gabinete de Protocolo, con nivel de Servicio, con la siguiente unidad:

4.1 Sección de Relaciones Públicas, con los Negociados de:

– Recompensas y Distinciones.

– Administrativo.

Artículo 3. Secretaría de Estado de Cultura.

1. Gabinete Técnico, con nivel de Subdirección General.

1.1 Se adscribirán al Gabinete Técnico los Asesores seleccionados entre funcionarios pertenecientes a los diferentes Cuerpos existentes en el Ministerio, de acuerdo con cuanto determinen las plantillas orgánicas del Departamento.

1.2 Servicio de Asistencia Técnica, con las siguientes unidades:

1.2.1 Sección de Estudios y Proyectos.

1.2.2 Sección de Informes y Dictámenes.

1.3 Servicio de Despacho, con las siguientes unidades:

1.3.1 Sección de Gestión.

1.3.2 Sección de Ordenación.

1.4 Directamente dependientes del Jefe del Gabinete existirán las siguientes unidades:

– Secretaría Administrativa del Gabinete con nivel de Negociado.

– Negociado de Trámite, Archivo y Registro de Documentos.

Artículo 4. Subsecretaría.

1. Gabinete Técnico, con nivel de Subdirección General.

1.1 Se adscribirán al Gabinete Técnico Asesores seleccionados entre funcionarios de carrera pertenecientes a los diferentes Cuerpos existentes en el Ministerio, de acuerdo con cuanto determinen las plantillas orgánicas del Departamento.

Uno de ellos asiste permanentemente al Jefe del Gabinete como Adjunto y le sustituye en los casos de ausencia o enfermedad.

1.2 Una Secretaría Administrativa, con categoría de Negociado.

1.3 Un Negociado Administrativo.

2. Oficialía Mayor con nivel de Subdirección General.

2.1 Servicio Económico-administrativo, con, las siguientes unidades:

2.1.1 Sección de Habilitación de Personal, con los Negociados de:

– Personal Funcionario.

– Personal Contratado, Laboral y Eventual.

– Rendición de Cuentas.

2.1.2 Sección de Habilitación de Servicios, con los Negociados de

– Cuentas en firme.

– Cuentas a justificar.

– Dietas y Transportes.

2.1.3 Sección de Presupuestos, con los Negociados de:

– Presupuestos.

– Programación e Inversiones.

2.1.4 Sección de Suministros, con los Negociados de:

– Adquisiciones.

– Almacén e Inventarios.

– Secretaría de la Junta Central de Compras y Suministros.

2.1.5 Directamente dependientes del Servicio existirán los Negociados de:

– Caja.

– Contabilidad.

– Asuntos Generales.

2.2 Sección de Imprenta y Fotografía, con los Negociados de:

– Imprenta y Fotografía.

– Distribución.

2.3 Sección de Conservación y Aposentamiento, con los Negociados de:

– Conservación.

– Aposentamiento.

– Administrativo.

2.4 Sección de Régimen Interior, con los Negociados de:

– Registro y Estafetas.

– Personal Subalterno.

– Transportes y Comunicaciones.

– Vigilancia y Seguridad.

2.5 Sección de Actos Públicos, con el Negociado:

– Administrativo.

2.6 Directamente dependiente del Subdirector general existirá una Secretaría Administrativa con nivel orgánico de Negociado.

3. Subdirección General de Personal, con las siguientes unidades:

3.1 Sección de Ordenación, con el Negociado:

– Técnico-Jurídico.

3.2 Sección de Régimen de Personal Funcionario, con los Negociados de:

– Cuerpos Generales.

– Cuerpos Especiales.

– Funcionarios de Empleo.

3.3 Sección de Régimen de Personal no Funcionario, con el Negociado de:

– Personal Laboral.

3.4 Sección de Retribuciones, con los Negociados de:

– Funcionarios de Carrera.

– Funcionarios de Empleo.

– Personal Laboral.

3.5 Sección de Programación y Control de Efectivos, con los Negociados de:

– Efectivos de Personal.

– Plantillas Orgánicas.

– Clasificación de Puestos de Trabajo.

– Selección y Perfeccionamiento.

3.6 Sección de Asistencia Social y Régimen de Asociaciones, con los Negociados de:

– Archivo y Ficheros.

– Seguridad Social.

– Asistencia Social.

El Jefe de la Sección de Asistencia Social y Régimen de Asociaciones actuará como Secretario de la Comisión de Ayuda Familiar del Ministerio.

3.7 Directamente dependiente del Subdirector general existirá una Secretaría Administrativa con nivel orgánico de Negociado.

4. Inspección General, con nivel orgánico de Subdirección General, con las siguientes unidades:

4.1 Sección de Inspección de Servicios, con los Negociados de:

– Servicios Centrales, Organismos Autónomos y Entidades.

– Servicios Provinciales y del Exterior.

– Documentación y Archivo.

4.2 Sección de Inspección de Actividades, con los Negociados de

– Documentación y Expedientes.

– Planificación y practica inspectora.

4.3 Se adscribe directamente al titular de la Subdirección General la Vicesecretaría de la Junta Administrativa del Servicio de Inspección, con nivel orgánico de Negociado.

4.4 Directamente dependiente del Subdirector general existirá una Secretaría Administrativa con nivel orgánico de Negociado.

5. Subdirección General de Inmuebles y Obras, con las siguientes unidades:

5.1 Sección-Técnica, con los Negociados de:

– Arquitectura.

– Instalaciones.

– Cálculo y Costos.

5.2 Sección de Régimen Administrativo, con los Negociados de:

– Contabilidad y Control.

– Estudios y Planificación.

– Económico-Administrativo.

5.3 Sección Jurídico-Inmobiliaria, con el Negociado de:

– Bienes Demaniales.

5.4 Sección de Estudios y Programación, con los Negociados de:

– Estudios.

– Programación.

5.5 El Subdirector general de Inmuebles y Obras estará asistido de un Secretario técnico con categoría de Jefe de Sección.

5.6 Directamente dependiente del Subdirector general existirá una Secretaria Administrativa con nivel orgánico de Negociado

6. Subdirección General de Coordinación Administrativa.

6.1 Servicio de Recursos, con las siguientes unidades:

6.1.1 Sección de Recursos en Materia de Patrimonio y Difusión Cultural, con los Negociados de:

– Recursos en Materia de Patrimonio Cultural.

– Recursos en Materia de Difusión Cultural.

6.1.2 Sección de Recursos en Materia de Espectáculos y varios, con los Negociados de:

– Recursos en Materia de Espectáculos.

– Recursos en Materias Varias.

6.1.3 Sección Administrativa, con los Negociados de:

– Tramitación.

– Ordenación Contencioso-Administrativa.

6.2 Oficina de Supervisión de Proyectos, con las siguientes unidades:

6.2.1 Sección Asesora de Arquitectura, con los Negociados de:

– Arquitectura Técnica.

– Comprobación e Inspección.

– Control de Ejecución.

6.2.2 Sección Asesora de Ingeniería, con lo's Negociados de:

– Obras.

– Instalaciones.

– Mediciones y Cálculo.

6.2.3 Sección de Ordenación y Suministros, con los Negociados de:

– Investigación de Mercados.

– Registro y Distribución.

– Tramitación y Archivo.

6.3 Directamente dependiente del Subdirector general existirá una Secretaría Administrativa con nivel orgánico de Negociado.

7. Subdirección General de Administración Periférica, con las siguientes unidades:

7.1 Sección de Ordenación, con los Negociados de:

– Evaluación de Actividades.

– Administrativo.

7.2 Sección de Asistencia Técnica, con los Negociados de:

– Documentación.

– Consultas.

7.3 Sección de Medios Culturales, con los Negociados de:

– Medios.

– Documentación.

7.4 Sección de Relaciones con Organismos Autónomos en Provincias, con los Negociados de:

– Organismos Autónomos.

– Documentación.

– Archivo.

7.5 Sección de Relación para la Acción Cultural Provincial, con los Negociados de:

– Actividades Culturales Periféricas.

– Actividades Culturales Institucionales.

7.6 Sección de Relación con el Patrimonio Artístico Provincial, con los Negociados de:

– Patrimonio Artístico Periférico.

– Documentación.

– Archivo.

7.7 Directamente dependiente del Subdirector general existirá una Secretaría Administrativa con nivel orgánico de Negociado.

8. Subdirección General de Publicidad y Relaciones Públicas, con las siguientes unidades:

8.1 Sección Técnica, con los Negociados de:

– Estudio y Régimen dé Actividades.

– Registro de Empresas y Profesionales.

8.2 Sección de Ordenación de la Publicidad y de las Relaciones Públicas, con los Negociados de:

– Tramitación de-Expedientes.

– Relaciones Públicas.

8.3 Secretaría de la Junta y del Jurado Central de Publicidad con nivel orgánico de Sección, con los Negociados de:

– Secretaría de la Junta Central de Publicidad.

– Secretaría del Jurado Central de Publicidad.

El Jefe de la Sección Secretaría de la Junta y del Jurado Central de Publicidad será el Secretario de la Junta Central de Publicidad.

8.4 Directamente dependiente del Subdirector general existirá una Secretaría Administrativa con nivel orgánico de Negociado.

9. Subdirección General de Medios de Comunicación.

9.1 Servicio de Régimen Administrativo de los Medios, con

las siguientes unidades:

9.1.1 Sección de Empresas y Profesionales, con los Negociados de:

– Tramitación.

– Registro de Empresas y Profesionales.

– Documentación.

9.1.2 Sección de Publicaciones, con los Negociados de:

– Publicaciones.

– Publicaciones Infantiles.

– Publicaciones Juveniles.

– Publicaciones Extranjeras.

9.1.3 Sección de Estudios, con los Negociados de:

– Gestión.

– Estudió y Análisis.

9.2 Directamente dependiente del Subdirector general existirá una Secretaría Administrativa con nivel orgánico de Negociado.

Artículo 5. Secretaría General Técnica.

1. Vicesecretaría General Técnica, con nivel de Subdirección General, con las siguientes unidades:

1.1 Sección de Organización, con los Negociados de:

– Simplificación Administrativa.

– Estructuras Orgánicas.

1.2 Sección de Información Administrativa, con los Negociados de:

– Información al Público.

– Iniciativas, Reclamaciones y Derecho de Petición.

1.3 Directamente dependiente de la Vicesecretaría General Técnica en cuanto Departamento de Movilización, existirá el Negociado de:

– Movilización.

2. Gabinete de Estudios y Coordinación, con nivel de Subdirección General.

2.1 Servicio de Legislación, con las siguientes unidades:

2.1.1 Sección de Informes.

2.1.2 Sección de Disposiciones, con el Negociado de:

– Archivo.

2.1.3 Sección de Gestión Técnica, con los Negociados de:

– Asuntos de Consejo de Ministros.

– Registro de Publicaciones de Disposiciones.

2.2 Servicio de Estudios y Documentación, con las siguientes unidades:

2.2.1 Sección de Estudios, con el negociado de:

– Asistencia Técnica.

2.2.2 Sección de Textos Legales, con el Negociado de:

– Ordenación.

2.2.3 Sección de Documentación, con los Negociados de:

– Documentación Nacional.

– Documentación Internacional.

2.3 Servicio de Publicaciones, con las siguientes unidades:

2.3.1 Sección de Proyectos, con el Negociado de:

– Traducciones.

2.3.2 Sección de Ediciones, con el Negociado de:

– Gestión Editorial.

2.3.3 Sección de Coordinación Editorial, con el Negociado de:

– Control Editorial.

2.4 La Secretaría de la Comisión Asesora de Legislación queda integrada en la Secretaría Administrativa del Gabinete de Estudios y Coordinación, con nivel orgánico de Negociado.

3. Gabinete de Estadística e Informática, con nivel de Subdirección General.

3.1 Servicio de Estadística y Análisis de Datos, con las siguientes unidades:

3.1.1 Sección de Estadística, con los Negociados de:

– Recogida de Datos.

– Elaboración de Datos Estadísticos.

3.1.2 Sección de Investigación de la Coyuntura, con los Negociados de:

– Encuestas.

– Tratamiento de Resultados.

3.2 Servicio de Informática y Mecanización, con las siguientes unidades:

3.2.1 Sección de Coordinación Informática.

3.2.2 Sección de Centro de Proceso de Datos, con los Negociados de:

– Administrativo.

– Técnico.

3.2.3 Sección de Análisis Económico.

4. Sección de Relaciones Públicas y Coordinación, directamente adscrita al Secretario general Técnico, con los Negociados de:

– Relaciones Públicas Internas.

– Relaciones Públicas Externas.

5. Sección de Asuntos Generales, bajo la directa dependencia del Secretario general Técnico, con los Negociados de:

– Régimen Administrativo.

– Régimen Económico-Financiero.

– Secretaría de la Comisión Asesora de Publicaciones.

6. La Comisión Asesora da Legislación se integrará por seis Asesores, designados por el Ministro entre funcionarios de carrera de la Administración Civil del Estado, de acuerdo con cuanto determinen las plantillas orgánicas del Departamento.

Artículo 6. Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

1. Subdirección General del Patrimonio Artístico.

1.1 Servicio de Inventario General del Patrimonio Cultural, con las siguientes unidades-,

1.1.1 Sección de Inventario, con los Negociados de:

– Bienes Muebles.

– Bienes Inmuebles.

1.1.2 Sección de Declaraciones, con los Negociados de¡

– Tramitación.

– Archivo.

1.2 Servicio de Conservación y Restauración, con las siguientes unidades:

1.2.1 Sección de Conservación, con los Negociados de:

– Tramitación de Proyectos y Planes de Obras.

– Información Urbanística sobre Proyectos.

1.2.2 Sección de Revalorización, con los Negociados de:

– Tramitación de Obras de Restauración.

– Gestión Administrativa.

1.2.3 Sección de Aprobación de Expedientes, con los Negociados de:

– Tramitación.

– Archivo.

1.3 Servició de Ordenación de Conjuntos y Lugares Histórico-artísticos, con las siguientes unidades:

1.3.1 Sección de Adquisición y Expropiaciones, con los Negociados de:

– Adquisición.

– Expropiación.

1.3.2 Sección de Coordinación Periférica, con los Negociados de:

– Valoración y Exportación.

– Importación.

2. Subdirección General de Museos.

2.1 Servicio de Gestión de Museos, con las siguientes unidades:

2.1.1 Sección de Régimen General de Museos, con los Negociados de:

– Fondos Museográficos.

– Funcionamiento de Museos.

2.1.2 Sección de Gestión de Museos, con el Negociado de:

– Adquisiciones, Donaciones y Subvenciones.

2.1.3 Sección de Instalaciones Museográficas, con el Negociado de:

– Expedientes de Instalaciones.

2.2 Servicio de Exposiciones, con la siguiente unidad.

2.2.1 Sección de Exposiciones, con el Negociado de:

– Asuntos Económicos e Incidentes.

3. Subdirección General de Archivos.

3.1 Servicio de Organización y Gestión, con las siguientes unidades:

3.1.1 Sección de Ordenación, con los Negociados de:

– Inversiones y Créditos Extraordinarios.

– Programación Económica y Subvenciones.

3.1.2 Sección de Gestión Administrativa, oon los Negociados de:

– Incidencias Administrativas.

– Censo de Archivos.

3.2 Servicio de Racionalización y Asistencia Técnica, con las siguientes unidades:

3.2.1 Sección de Estudios, con los Negociados de:

– Planificación e Intercambio, Reclamaciones y Exposiciones Reglamentarias.

– Información y Publicaciones.

3.2.2 Sección de Normalización, con los Negociados de:

– Asistencia Técnica.

– Información y Especialización.

4. Subdirección General de Arqueología, con las siguientes unidades:

4.1 Sección de Excavaciones, con los Negociados de:

– Expropiación de Yacimientos.

– Declaraciones de Monumentos.

4.2 Sección de Documentos Arqueológicos, con los Negociados de:

– Inventarios.

– Proyectos.

5. Gabinete Técnico de la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos, con nivel orgánico de Servicio.

6. Secretaria General del Centro directivo, con nivel orgánico de Sección, con los Negociados de:

– Régimen Administrativo.

– Régimen Económico-Financiero.

7. Sección de Relaciones Pública» directamente adscrita al Director general, con los Negociados de:

– Relaciones con los Medios de Comunicación Social.

– Relaciones Internas.

8. Quedan adscritos al Departamento, a través de este Centro directivo, los siguientes organismos:

– Consejo Asesor de Monumentos y Conjuntos Históricos Artísticos.

– Junta Técnica de Archivos.

– Centro Nacional del Microfilm.

– Centro Nacional de Información Artística, Arqueológica y Etnológica.

Artículo 7. Dirección General de Difusión Cultural.

1. Subdirección General de Apoyo a la Creación e Intercambio Cultural.

1.1 Servicio de Apoyo a la Creación, con las siguientes unidades:

1.1.1 Sección de Asistencia al Artista, con los Negociados de:

– Asesoramiento.

– Ayudas.

1.1.2 Sección de Promoción Artística, con los Negociado de:

– Promoción de la Música.

– Promoción Audiovisual y Espectáculos.

– Promoción de las Artes Plásticas y Creación Literaria.

1.2 Servicio de Intercambios Culturales, con la siguiente unidad:

1.2.1 Sección de Proyectos de Intercambios, con los Negociados de:

– Elaboración.

– Ejecución.

2. Subdirección General de Animación Cultural.

2.1 Servicio de Planificación, con la siguiente unidad:

2.1.1 Sección de Documentación y Asesoramiento, con los Negociados de:

– Asesoramiento.

– Registro de Animadores,

– Coordinación.

2.2 Servicio de Ejecución, con las siguientes unidades;

2.2.1 Sección Técnico Administrativa.

2.2.2 Sección de Fomento de la Animación Cultural, con los Negociados de:

– Planes de Estudio.

– Captación y Selección de Animadores.

– Divulgación.

3. Subdirección General de Entidades y Convenios Culturales.

3.1 Servicio de Centros Culturales, con las siguientes unidades:

3.1.1 Sección de Centros Culturales Públicos, con los Negociados de:

– Teleclubs.

– Aulas y Casas de Cultura y de Centros Oficiales.

– Coordinación de Medios.

3.1.2 Sección de Asistencia y Promoción de Asociaciones, con los Negociados de:

– Registro y Clasificación.

– Promoción y Cooperación.

3.2 Servicio de Convenios Culturales, con las siguientes unidades:

3.2.1 Sección de Convenios, con los Negociados de:

– Convenios.

– Congresos.

3.2.2 Sección de Acción Cultural, con los Negociados de:

– Misiones Culturales.

– Defensa del Idioma.

– Actividades varias.

3.3 Gabinete de Documentación de Estudios Contemporáneos, con nivel orgánico de Sección.

4. Subdirección General de Fundaciones y Asociaciones Culturales.

4.1 Secretarla general del Protectorado, con nivel orgánico de Servicio, con las siguientes unidades:

4.1.1 Sección de Ejercicio del Protectorado, con el Negociado de:

– Tramitación y Clasificación.

4.1.2 Sección de Registro de las Fundaciones Culturales, con el Negociado de:

– Registro y Archivo.

5. Gabinete Técnico de la Dirección General de Difusión Cultural, con nivel orgánico de Servicio.

6. Secretaría General del Centro Directivo, con nivel orgá-: nico de Sección, con los Negociados de:

– Régimen Administrativo.

– Régimen Económico-Financiero.

Articulo 8. Dirección General del Libro y Bibliotecas.

1. Subdirección General de Bibliotecas.

1.1 Servicio de Difusión y Lectura Pública, con las siguientes unidades:

1.1.1 Sección de Coordinación, con los Negociados de:

– Estudios e Informes:

– Instalaciones.

1.1.2 Sección de Gestión Administrativa, con los Negociados de:

– Asuntos Generales.

– Registro de Bibliotecas.

1.2 Sección de Biblioteca del Ministerio.

1.3 Sección de Planificación Bibliotecaria.

1.4 Sección de Información y Documentación Bibliográfica, con el Negociado de:

– Información Bibliográfica.

2. Subdirección General del Libro.

2.1 Servicio de Promoción Editorial, con las siguientes unidades:

2.1.1 Sección de Promoción del Libro, con los Negociados de:

– Estudios y Proyectos.

– Documentación.

2.1.2 Sección de Empresas Editoriales, con los Negociados de:;

– Registros de Empresas.

– Planificación.

2.1.3 Sección de Gestión Editorial, con los Negociados de.

– Edición.

– Importación.

– Tramitación.

2.2 Sección de Difusión Editorial, con los Negociados de:

– Documentación.

– Gestión.

3. Subdirección General de Ediciones Sonoras, con las siguientes unidades:

3.1 Sección de Fomento y Difusión del Fonograma, con los Negociados de:

– Informes.

– Gestión.

– Depósito.

3.2 Sección de Empresas Fonográficas, con los Negociados de:

– Tramitación.

– Inscripciones regístrales.

4. Gabinete de Estudios Económicos, con nivel orgánico de Sección.

5. Gabinete Técnico de la Dirección General del Libro y Bibliotecas, con nivel orgánico de Servicio.

6. Secretaria General del Centro Directivo, con nivel orgánico de Sección, con los Negociados de:.,

– Régimen Administrativo.

– Régimen Económico-Financiero.

7. Las relaciones con la Sociedad General de Autores de España quedan atribuidas a la Dirección General del Libro y Bibliotecas.

8. Quedan adscritos al Departamento, a través de este Centro Directivo, los siguientes organismos:

– Centro Nacional de Lectura.

– Instituto Bibliográfico Hispánico.

– Centro de Canje Internacional de Publicaciones.

– Registro General de la Propiedad Intelectual.

– Biblioteca Nacional.

– Escuela de Bibliotecarios.

– Centro Nacional del Tesoro Documental y Bibliográfico.

Artículo 9. Dirección General de Música.

1. Subdirección General de la Música, con las siguientes unidades:

1.1 Sección de Actividades, con los Negociados de:

– Programación.

– Gestión.

– Régimen Económico.

1.2 Sección de Conjuntos e Intérpretes, con los Negociados de:

– Orquestas Estatales.

– Orquestas no Estatales.

– Agrupaciones e Intérpretes.

1.3 Sección de Entidades Musicales, con los Negociados de:

– Asociaciones Musicales.

– Cooperación Musical.

2. Subdirección General de Arte Lírico y Coreográfico, con las siguientes unidades:

2.1 Sección de Arte Lírico, con los Negociados de:

– Opera:

– Zarzuela y Comedia Musical.

– Agrupaciones Corales.

2.2 Sección de Arte Coreográfico, con los Negociados de:;

– Ballet.

– Folklore y Danza Española.

2.3 Sección de Compañías Nacionales, con los Negociados de:

– Compañías Líricas.

– Compañías Coreográficas.

3. Subdirección General de Fomento de la Creación, Conservación y Difusión Musicales, con las siguientes unidades:

3.1 Sección de Creación y Conservación, con los Negociados de:

– Autores y Obras.

– Música Experimental.

– Ediciones Musicales.

3.2 Sección de Difusión, con los Negociados de:

– Promoción Exterior.

– Extensión Musical.

– Cursos y Seminarios.

4. Directamente adscrita al Director general existirá la Sección de Relaciones Públicas, con los Negociados de:

– Proyectos y Relaciones internas.

– Relaciones externas.

5. Dependerá directamente del Director general la Intendencia del Teatro Real con rango de Sección.

6. Gabinete Técnico de la Dirección General de Música, con nivel orgánico de Servicio.

7. Secretaría General del Centro Directivo, con nivel orgánico de Sección, con los Negociados de:

– Régimen Administrativo.

– Régimen Económico-Financiero.

Artículo 10. Dirección General de Teatro y Espectáculos.

1. Subdirección General de Actividades Teatrales, con las siguientes unidades:

1.1 Sección de Ordenación, con los Negociados de:

– Documentación e Inventarios.

– Calificación y Realización.

– Constatación e Instrucción.

La Secretaría de la Comisión de Calificación de Teatro y Espectáculos corresponderá al Jefe de la Sección de Ordenación,

1.2 Sección de Teatro Profesional, con los Negociados de:

– Planificación.

– Profesiones.

– Actuaciones.

1.3 Sección de Espectáculos Varios y Vocacionales, con los Negociados de:

– Investigación y Formación.

– Estructura y Actividades.

1.4 Seción de Asistencia Técnica, con los Negociados de:

– Montajes y Medios Audiovisuales.

– Almacén y Transportes.

– Proyectos.

2. Subdirección General de Espectáculos, con las siguientes unidades:

2.1 Sección de Medios Económicos de Fomento, con los Neciados de:

– Programación y Gestión.

– Control de Resultados

2.2 Sección de Promoción del Espectáculo, con los Negociados de:

– Programas Periódicos.

– Programas no Periódicos.

– Análisis y Estudios.

2.3 Sección de Promoción del Espectador, con los Negociados de:

– Divulgación y Publicaciones.

– Iniciación y Perfeccionamiento.

– Documentación Teatral.

El Jefe de la Sección de Promoción del Espectador asumirá la Jefatura del Centro de Documentación Teatral, actuando como Secretario el Jefe de Negociado de Documentación Teatral.

2.4 Sección de Cooperación, con los Negociados de:

– Interacción Nacional.

– Acción Internacional.

3. Gabinete Técnico de la Dirección General de Teatro y Espectáculos, con nivel orgánico de Servicio.

4. Secretaría General del Centro Directivo, con nivel orgánico de Sección, con los Negociados de:

– Régimen Administrativo.

– Régimen Económico-Financiero.

Artículo 11. Dirección General de Cinematografía.

1. Subdirección General de Promoción y Difusión de la Cinematografía.

1.1 Servicio de Régimen Económico de la Cinematografía, con las siguientes unidades:

1.1.1 Sección de Control de Taquilla, con los Negociados de:

– Billetaje Nacional.

– Rendimiento de Películas.

– Estadística y Cuota de Pantalla.

1.1.2 Sección de Ayuda Económica a la Cinematografía, con los Negociados de:

– Subvenciones y Créditos.

– Administración y Contabilidad del Fondo de Protección a la Cinematografía.

1.2 Sección de Promoción Cinematográfica, con los Negociados de:

– Fomento de la Creación Cinematográfica.

– Cine Infantil, Juvenil y Didáctico.

– Documentación.

1.3 Sección de Difusión Cinematográfica, con los Negociados de:

– Manifestaciones Cinematográficas.

– Cine Clubs.

2. Subdirección General de Empresas Cinematográficas, eon las siguientes unidades-,

2.1 Sección de Registro de Empresas y Profesionales Cinematográficos, con los Negociados de:

– Registro de Empresas de Producción, Distribución y Exhibición.

– Registro de Empresas Auxiliares de la Cinematografía, de Medios Audiovisuales y Profesionales.

2.2 Sección de Películas Españolas, con los Negociados de:

– Películas Íntegramente españolas.

– Coproducciones.

2.3 Sección de Películas Extranjeras, con los Negociados de:

– Películas dobladas.

– Películas subtituladas, en versión original y producidas en España.

2.4 Sección de Inspección e Instrucción de Expedientes, con los Negociados de:

– Inspección.

– Instrucción de Expedientes.

2.5 Dependerá directamente del Subdirector general de Empresas Cinematográficas el Negociado de Material Audiovisual.

3. Gabinete Técnico de la Dirección General de Cinematografía, con nivel orgánico de Servicio.

4. Secretaría General del Centro Directivo, con nivel orgánico de Sección, con los Negociados de:

– Régimen Administrativo.

– Régimen Económico-Financiero.

5. El Director de la Filmoteca Nacional tendrá categoría de Jefe de Sección.

Dependerá de la Filmoteca Nacional el Negociado de:

– Ordenación Administrativa.

6. El Jefe de la Secretaría de la Comisión de Visado de Películas Cinematográficas tendrá categoría de Jefe de Sección.

Artículo 12. Dirección General de Desarrollo Comunitario.

1. Instituto Nacional del Bienestar, con nivel de Subdirección General, con las siguientes unidades-,

1.1 Sección de Centros Sociales, con los Negociados de:

– Centros Rurales.

– Centros Urbanos.

1.2 Sección de Planificación y Programación, con los Negociados de:

– Programas Rurales.

– Programas Urbanos.

1.3 Sección de Formación, con el Negociado de:

– Cursos y Seminarios.

1.4 Sección de Medios, con el Negociado de:

– Estimación y Disponibilidades.

1.5 Sección Técnico-Administrativa, con el Negociado de:

– Estudios Económicos y Jurídicos.

1.6 Sección del Servicio Cívico Temporal.

2. Subdirección General de la Familia.

2.1 Servicio de Acción Social Cultural en favor de la familia, con la siguiente unidad:

2.1.1 Sección de Investigación y Orientación, con los Negociados de:

– Protección Familiar.

– Promoción Familiar.

2.2 Servicio de Acción Social Cultura] en favor de la Tercera Edad, con la siguiente unidad:

2.2.1 Sección de Investigación y Mentalización, con el Negociado de:

– Promoción e Integración.

2.3 Servicio de Protección Socio-Cultural de la Infancia, con las siguientes unidades:

2.3.1 Sección de Promoción y Protección, con los Negociados de:

– Promoción.

– Protección.

2.3.2 Sección de Investigación y Orientación, con los Negociados de:

– Investigación.

– Orientación.

3. Subdirección General de la Condición Femenina.

3.1 Servicio de Integración Profesional y Social, con las siguientes unidades:

3.1.1 Sección de Acción Socio-Cultural, con el Negociado de:

– Educación y Cultura.

3.1.2 Sección de Promoción Laboral, con los Negociados de:

– Promoción Sector Rural.

– Promoción Sectores Industrial y Servicios.

3.2 Servicio de Fomento de las Condiciones de Equiparación, con el Negociado de:

– Control de Aplicación.

4. Gabinete Técnico de la Dirección General de Desarrollo Comunitario, con nivel orgánico de Servicio.

5. Secretaria General del Centro Directivo, con nivel orgánico de Sección, con los Negociados de:

– Régimen Administrativo.

– Régimen Económico-Financiero.

Artículo 13. Dirección General de la Juventud.

1. Subdirección General de Promoción.

1.1 Servicio de Cooperación, con las siguientes unidades:

1.1.1 Sección de Cooperación Interior, con el Negociado de:

– Coordinación.

1.1.2 Sección de Cooperación Exterior, con el Negociado de:

– Intercambios Internacionales y Cooperación.

1.2 Sección de Asociaciones y Organizaciones Juveniles, con los Negociados de:

– Censos.

– Promoción.

1.3 Sección de Estudios, con el Negociado de:

– Análisis de Datos y Estadística Juvenil.

2. Subdirección General de Asistencia a las Actividades de la Juventud, con las siguientes unidades:

2.1 Sección de Asesoramiento, con los Negociados de:

– Análisis de Programas.

– Evaluación.

2.2 Sección de Relaciones, con el Negociado de:

– Gestión de Peticiones.

2.3 Sección de Equipamiento, con los Negociados de:

– Planificación.

– Dictámenes Técnicos.

2.4 Sección de Divulgación, con los Negociados de:

– Relaciones Interasociativas.

– Información Juvenil.

3. Secretaría General del Centro directivo con nivel orgánico de Sección, con los Negociados de:

– Régimen Administrativo.

– Régimen Económico-Financiero.

Artículo 14. Dirección General de Radiodifusión y Televisión.

De acuerdo con el artículo duodécimo del Decreto 2258/1977, de 27 de agosto, y hasta tanto no se cumplan las previsiones establecidas en el mismo, esta Dirección General conservará la estructura actual.

Disposición final primera.

Quedan derogadas la Orden de 31 de enero de 1975 por la que se desarrolla el Decreto 2532/1974, de 9 de agosto; la Orden de 23 de diciembre de 1975 por la que se modifica la de 31 de enero de 1975 sobre estructura orgánica de la Dirección General de Cultura Popular, la Orden de 14 de marzo de 1978 por la que se crea el Negociado de Asistencia Social de la Subdirección General de Personal, la Orden de 27 de abril de 1978 por la que se desarrolla el Decreto 827/1976, de 18 de marzo; la Orden de 7 de junio de 1977 por la que se crea la Sección de Informática en el Ministerio de Información y Turismo, y las disposiciones de igual rango en cuanto se opongan a lo establecido en la presente Orden ministerial.

Disposición final segunda.

La presente disposición entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. E. y VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. E. y VV. II.

Madrid, 31 de enero de 1978.

CABANILLAS GALLAS

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Cultura e limos. Sres. Subsecretario, Secretario general Técnico y Directores generales del Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 31/01/1978
  • Fecha de publicación: 11/02/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 11/02/1978
  • Fecha de derogación: 13/06/1981
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA por Orden de 16 de marzo de 1981 (Ref. BOE-A-1981-13361).
  • SE SUPRIME la sección y Negociados a que se refiere el punto 2.1.3 del art. 4, por Orden de 30 de mayo de 1980 (Ref. BOE-A-1980-11470).
  • SE DICTA EN RELACION, reorganizando el Consejo a que se refiere el Aptdo. 8 del art. 6: Orden de 13 de junio de 1979 (Ref. BOE-A-1979-14800).
  • SE SUPRIME determinadas Unidades, por Orden de 5 de junio de 1979 (Ref. BOE-A-1979-13819).
  • SE MODIFICA:
  • SE DEROGA el art. 12.1, por Real Decreto 1832/1978, de 23 de junio (Ref. BOE-A-1978-19850).
  • SE MODIFICA el art. 9, por Orden de 30 de junio de 1978 (Ref. BOE-A-1978-17687).
  • SE DICTA EN RELACION : Orden de 22 de junio de 1978 (Ref. BOE-A-1978-17061).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 68, de 21 de marzo de 1978 (Ref. BOE-A-1978-7587).
Referencias anteriores
Materias
  • Dirección General de Cinematografía
  • Dirección General de Desarrollo Comunitario
  • Dirección General de Difusión Cultural
  • Dirección General de la Juventud
  • Dirección General de Música
  • Dirección General de Radiodifusión y Televisión
  • Dirección General de Teatro y Espectáculos
  • Dirección General del Libro y Bibliotecas
  • Dirección General del Patrimonio Artístico Archivos y Museos
  • Filmoteca Nacional
  • Instituto Bibliográfico Hispánico
  • Instituto Nacional del Bienestar
  • Ministerio de Cultura
  • Publicaciones oficiales
  • Registro General de la Propiedad Intelectual
  • Secretaría de Estado de Cultura
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de Cultura
  • Subsecretaría del Ministerio de Cultura
  • Tesoro Documental y Bibliográfico de la Nación

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