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Documento BOE-A-1977-19914

Corrección de errores del Real Decreto 1899/1977, de 23 de julio, por el que se determina la fecha de comienzo de aplicación de las prestaciones a las que se refiere el artículo 14.1, apartados 2 a 8, ambos inclusive, de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 199, de 20 de agosto de 1977, páginas 18615 a 18615 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1977-19914

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 179, de fecha 28 de julio de 1977, se transcribe a continuación la oportuna corrección:

En el artículo segundo, párrafo primero, donde dice: «... los tipos de cotización serán los establecidos en los artículos primero y segundo del Decreto ochocientos cincuenta y siete/mil novecientos setenta y siete, de dieciocho de marzo», debe decir. «... los tipos de cotización serán los establecidos en los artículos primero y segundo del Decreto ochocientos cincuenta y siete/mil novecientos setenta y seis, de dieciocho de marzo».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 20/08/1977
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, (Ref. BOE-A-2000-12140).
  • Fecha de derogación: 29/06/2000
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 1899/1977, de 23 de julio (Ref. BOE-A-1977-17352).
Materias
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social

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