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Documento BOE-A-1977-1056

Real Decreto 3031/1976, de 10 de diciembre, por el que se modifica el artículo 14 del Reglamento del «Boletín Oficial del Estado».

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 1977, páginas 812 a 812 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1977-1056

TEXTO ORIGINAL

Con la modificación del artículo catorce del Reglamento del Boletín Oficial del Estado, por el Decreto dos mil trescientos siete/mil novecientos sesenta y siete, de diecinueve de agosto, se pretendió, de un lado, el aprovechamiento de los originales ya utilizados en su publicación, y de otro, simplificar las obligaciones impuestas por el artículo quinto del Decreto de catorce de febrero de mil novecientos cuarenta y siete.

La falta de medios materiales ha impedido dar cumplimiento a lo dispuesto sobre custodia y conservación de tales originales, por lo que resulta aconsejable volver al régimen anterior, que autorizaba su destrucción, eliminando lo relativo a las consecuencias de su incumplimiento por ser impropio de un precepto reglamentario.

En su virtud, a propuesta del Ministro de la Presidencia del Gobierno, con la conformidad del de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día diez de diciembre de mil novecientos setenta y seis,

DISPONGO:

Artículo primero. El artículo catorce del Reglamento del Boletín Oficial del Estado, modificado por el Decreto dos mil trescientos siete/mil novecientos sesenta y siete, de diecinueve de agosto, quedará redactado en la forma siguiente:
«Artículo catorce. La Administración del Boletín Oficial del Estado conservará, clasificado por días, el original de cada número, durante el plazo de seis meses a partir de la fecha de su publicación, para el caso de que hubiera reclamaciones o necesidad de alguna comprobación. Transcurrido dicho plazo podrán destruirse los originales.»
Artículo segundo. El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a diez de diciembre de mil novecientos setenta y seis.

JUAN CARLOS

El Ministro de la Presidencia del Gobierno,

ALFONSO OSORIO GARCIA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 10/12/1976
  • Fecha de publicación: 14/01/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 14/01/1977
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 1229/2001, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-2001-21295).
  • Fecha de derogación: 16/11/2001
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 14 del Reglamento aprobado por Decreto 1583/1960, de 10 de agosto (Ref. BOE-A-1960-12180).
  • CITA Decreto 2307/1967, de 19 de agosto (Ref. BOE-A-1967-15096).
Materias
  • Boletín Oficial del Estado
  • Presidencia del Gobierno
  • Publicaciones oficiales

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