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Documento BOE-A-1974-580

Decreto-ley 2/1974, de 5 de abril, por el que se prorrogan determinados plazos establecidos por la Ley 3/1973, de 17 de marzo, y por el Decreto-ley 3/1973, de 5 de abril.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 6 de abril de 1974, páginas 7077 a 7077 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1974-580

TEXTO ORIGINAL

La necesidad de ampliar los plazos previstos en el artículo cuarto de la Ley tres/mil novecientos setenta y tres, de diecisiete de marzo, y en el Decreto-ley tres/mil novecientos setenta y tres, de cinco de abril, y la urgencia con que debe ser acordada dicha ampliación, aconseja hacer uso de la autorización prevista en el artículo trece de la Ley Constitutiva de las Cortes.

En su virtud, a propuesta del Consejo de Ministros en su reunión del día veintinueve de marzo de mil novecientos setenta y cuatro, en uso de la autorización que me confiere el artículo trece de la Ley Constitutiva de las Cortes, textos refundidos de las Leyes Fundamentales del Reino, aprobadas por Decreto de veinte de abril de mil novecientos sesenta y siete, y oída la Comisión a que se refiere el apartado primero del artículo primero de la citada Ley.

DISPONGO:

Artículo primero.

Se amplía por tres y meses contados a partir del veintiuno de marzo próximo pasado, el plazo establecido en el artículo cuarto de la Ley tres/mil novecientos setenta y tres, de diecisiete de marzo, y pon un año contado a partir del trece de abril del presente año, la vigencia del Decreto ley de cinco de abril de mil novecientos setenta y tres.

Artículo segundo.

Del presente Decreto ley se dará cuenta inmediata a las Cortes Españolas.

Así lo dispongo por el presente Decreto ley, dado en Madrid a cinco de abril de mil novecientos setenta y cuatro.

FRANCISCO FRANCO

El Presidente del Gobierno,

CARLOS ARIAS NAVARRO

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 05/04/1974
  • Fecha de publicación: 06/04/1974
  • Fecha de entrada en vigor: 26/04/1974
  • Efectos Ampliados del plazo, a partir del 21 de marzo de 1974, por 3 meses.
  • Vigencia desde el 13 de abril de 1974, por 1 año.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • AMPLÍA el plazo establecido en el art. 4 de la Ley 3/1973, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-1973-394).
  • PRORROGA la vigencia del Decreto-ley 3/1973, de 5 de abril (Ref. BOE-A-1973-1917).
Materias
  • Almería
  • Alumbramiento de aguas
  • Código Civil

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