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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Real Decreto 861/2018, de 13 de julio, por el que se establece la normativa básica en materia de declaraciones obligatorias de los sectores del aceite de oliva y las aceitunas de mesa y por el que se modifica el Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 01/08/2018.
Entrada en vigor:
02/08/2018
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2018-10939
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2018/07/13/861/con

Índice: «Última actualización, publicada el 08/06/2022»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Declaración al censo de instalaciones y operadores oleícolas

ANEXO II. Declaración de actividad de las almazaras

ANEXO III. Declaración de actividad de las envasadoras de aceites de oliva

ANEXO IV. Declaración de actividad de otros tenedores de aceites de oliva y aceite de orujo de oliva

ANEXO V. Declaración de actividad de las refinerías de aceite

ANEXO VI. Declaración de actividad de las extractoras de aceite de orujo de oliva

ANEXO VII. Declaración de actividad de las empresas que operan en el mercado del aceite de oliva a granel y no disponen de instalaciones propias

ANEXO VIII. Declaración de actividad de las industrias de transformación de aceituna de mesa (entamadoras) y de otros operadores de aceitunas de mesa con instalaciones

ANEXO IX. Declaración de actividad de las envasadoras de aceituna de mesa transformadas

ANEXO X. Entrega de aceituna: Relación complementaria de proveedores de aceituna

ANEXO XI. Respaldo documental


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