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Legislación consolidada

Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 05/06/2010.
Entrada en vigor:
06/06/2010
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-8955
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2010/05/14/631/con

Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 20/03/2013»

Se declaran anuladas las expresiones "de grado" y "graduado o graduada" contenidas en el título, articulado y anexos por Sentencias del TS de 5 de junio de 2012 Ref. BOE-A-2012-15384 y 21 de diciembre de 2012 Ref. BOE-A-2013-3054, rectificada por Auto de 13 de febrero de 2013. Ref. BOE-A-2013-3055.

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[Bloque 2: #preambulo]

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en el artículo 58 que corresponde al Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas y al Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas, definir la estructura y el contenido básico de los diferentes estudios de enseñanzas artísticas superiores regulados en la misma.

El artículo 46 de la citada ley establece que la definición del contenido de las enseñanzas artísticas superiores, así como la evaluación de las mismas, se hará en el contexto de la ordenación de la educación superior española en el marco europeo. Este real decreto, por tanto, es un instrumento idóneo e indispensable para asegurar el denominador común que garantice la validez de los títulos a los que conducen las enseñanzas que se regulan.

En virtud de la Ley Orgánica de Educación, se publicó el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas en dicha Ley, recogiendo en el artículo 11 la previsión de que el Gobierno definirá, de conformidad con las directrices en él establecidas, el contenido básico de los planes de estudios conducentes a la obtención de los Títulos de Graduado o Graduada, referido a las competencias, materias y sus descriptores, contenidos y número de créditos correspondientes.

El objeto del presente real decreto es definir el contenido básico de los planes de estudios conducentes a la obtención del Título de Graduado o Graduada en Música, atendiendo al perfil profesional cualificado propio del ámbito de la música y de sus especialidades.

A tal fin, se definen las competencias transversales y generales del Título de Graduado o Graduada en Música, así como las competencias específicas y los perfiles profesionales para cada una de las especialidades y se establecen las materias de formación básica y las materias obligatorias de cada especialidad con sus descriptores y número de créditos correspondientes.

Así, las enseñanzas superiores de Música deberán responder a las necesidades de un mercado cada vez más plural, integrado por una gran variedad de centros, modelos, etapas y contextos que ofrecen un catálogo muy diverso de puestos de trabajo que requieren de una especialización pedagógica y musical muy distinta.

Por otro lado, y teniendo en cuenta la complejidad del sistema educativo musical en España y Europa así como la creciente importancia en relación con el número de personas implicadas en él, subyace la necesidad de crear nuevos marcos socio-educativos para nuevos perfiles profesionales propiciados por los nuevos espacios y propuestas emergentes.

En consecuencia, el presente real decreto mantiene la especialidad de Composición y unifica las antiguas especialidades instrumentales recogidas en el Real Decreto 617/1995, de 21 de abril, por el que se establece los aspectos básicos del currículo del grado superior de las enseñanzas de música y se regula la prueba de acceso a estos estudios, en una única denominación de Interpretación. En esta especialidad los alumnos encontrarán la mayor variedad de asignaturas que desarrollan las distintas materias dentro de los estudios de Grado de Música. La asignatura de instrumento principal con mayor carga en ECTS, enmarcada en la materia obligatoria específica Instrumento/Voz, centraliza y define el desarrollo de las capacidades artísticas del estudiante, que tendrá la oportunidad de confeccionar su propio perfil profesional accediendo a una variada oferta de asignaturas. Se unifican, asimismo, en la especialidad de Pedagogía, las opciones de Pedagogía del lenguaje y la educación musical y Canto e instrumentos de la antigua especialidad de Pedagogía.

La especialidad de Dirección integra las antiguas especialidades de Dirección de coro y Dirección de orquesta; la especialidad de Musicología integra las antiguas especialidades de Musicología, Etnomusicología y la opción de Flamencología de la especialidad de Flamenco. La opción de Guitarra flamenca de la especialidad de Flamenco se integrará en la especialidad de Interpretación. Todo ello con la intención de ampliar el perfil de competencia de los egresados a través de una formación de tendencia generalista, existiendo la posibilidad de diseñar la especialización que se determine en los diferentes planes de estudios para dar acceso a una amplia variedad de profesionalización.

Por otra parte, este real decreto crea la especialidad de Producción y gestión y la especialidad de Sonología.

La creación de la especialidad de Producción y gestión responde a la existencia de una creciente demanda social de profesionales formados para la gestión de los distintos ámbitos culturales tales como centros de documentación musical, centros para la difusión de la música, fundaciones, editoriales, gestiones de teatros, espectáculos, etc. Los graduados y graduadas en Producción y gestión deberán adquirir amplias competencias en patrimonio musical, medios de comunicación, difusión hacia ámbitos no especializados, medios de comunicación, pensamiento estético, integración del panorama actual en la cultura así como en discográficas y editoriales.

La creación de la especialidad de Sonología dará respuesta y formación a aquellos profesionales destinados a ofrecer planificación y gestión de procesos relacionados con la creación, adaptación y aplicación crítica de recursos tecnológicos en apoyo de la composición, interpretación, grabación y difusión de la música.

Las materias de formación básica junto con las materias de formación instrumental complementaria y la de Música de conjunto suponen un nexo común entre todas las especialidades dotando a los estudios de Música de esa singularidad y naturaleza que les son propias.

Los nuevos planes de los estudios superiores de Música se configuran desde la propuesta del Espacio Europeo de Educación Superior, según la cual éstos deben fundamentarse en la adquisición de competencias por parte del alumnado, en la aplicación de una nueva metodología de aprendizaje y en la adecuación de los procedimientos de evaluación. Como consecuencia, se propone que la unidad de medida que refleja los resultados del aprendizaje y el volumen de trabajo realizado por el estudiante sean los denominados créditos europeos (ECTS), y se garantizará la movilidad del alumnado posibilitando la obtención del Suplemento Europeo al Título.

Destaca, de manera especial, el equilibrio entre los conocimientos conceptuales, el desarrollo de destrezas técnicas y la comprensión de los principios estéticos y culturales que determinan el fenómeno artístico. Estos tres aspectos son esenciales en la fundamentación y el estímulo de la capacidad creativa, así como en el desarrollo de las competencias transversales, generales y específicas que proporcionen un nivel de aprendizaje acorde con las necesidades fundamentales para el ejercicio profesional.

Entre los principios generales que deberán inspirar el diseño de los nuevos títulos, los planes de estudios tendrán en cuenta que cualquier actividad profesional debe realizarse desde el respeto a los derechos fundamentales y de igualdad entre hombres y mujeres, desde la promoción de los Derechos Humanos y con los valores propios de una cultura democrática.

En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación y han emitido informe el Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas y el Ministerio de Política Territorial.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de mayo de 2010,

DISPONGO:

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[Bloque 3: #a1]

Artículo 1. Objeto.

El presente real decreto tiene por objeto establecer el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de grado en Música, de acuerdo con los principios generales que rigen el Espacio Europeo de Educación Superior, de conformidad con lo regulado en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y con el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores.

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[Bloque 4: #a2]

Artículo 2. Centros de enseñanzas artísticas superiores de Música.

Los estudios de grado en Música se cursarán en los centros superiores de enseñanzas artísticas de música.

1. Asimismo, las enseñanzas artísticas oficiales de máster reguladas en el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, se impartirán en dichos centros. Los estudios de doctorado regulados en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, podrán impartirse en los centros superiores de enseñanzas artísticas de música mediante convenios con las universidades.

2. Las Administraciones educativas favorecerán la autonomía pedagógica, de organización y de gestión de la que disponen estos centros para el ejercicio de sus actividades docentes, interpretativas, investigadoras y de difusión del conocimiento, a fin de garantizar el cumplimiento de sus funciones como centros educativos superiores del Espacio Europeo de Educación Superior.

3. Los centros de enseñanzas artísticas superiores de Música fomentarán programas de investigación científica y técnica propios de esta disciplina, para contribuir a la generación y difusión del conocimiento y a la innovación en dicho ámbito. Las Administraciones educativas establecerán los mecanismos adecuados para que estos centros puedan realizar o dar soporte a la investigación científica y técnica, que les permita integrarse en el Sistema Español de Ciencia y Tecnología.

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[Bloque 5: #a3]

Artículo 3. Finalidad de las enseñanzas artísticas de grado y perfil profesional.

1. Las enseñanzas artísticas de grado en Música tendrán como objetivo general la formación cualificada de profesionales que dominen los conocimientos propios de la música y adopten las actitudes necesarias que les hagan competentes para integrarse en los distintos ámbitos profesionales de esta disciplina.

2. El perfil del Graduado en Música corresponde al de un profesional cualificado que ha alcanzado la madurez y la formación técnica y humanística necesarias para realizar de manera plena la opción profesional más adecuada a sus capacidades e intereses, mediante el desarrollo de las competencias comunes a los estudios de Música y a la correspondiente especialidad.

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[Bloque 6: #a4]

Artículo 4. Título de Graduado o Graduada en Música y especialidades.

1. La superación de las enseñanzas artísticas superiores de grado en Música dará lugar a la obtención del Título de Graduado o Graduada en Música, seguido de la especialidad correspondiente. Estos títulos tendrán carácter oficial y validez académica y profesional en todo el territorio nacional.

2. Las especialidades de las enseñanzas artísticas de grado en Música son las siguientes: Composición, Dirección, Interpretación, Musicología, Pedagogía, Producción y gestión y Sonología.

3. (Anulado)

Se declara la nulidad del apartado 3 por Sentencia del TS de 21 de diciembre de 2012. Ref. BOE-A-2013-3054., rectificada por Auto de 13 de febrero de 2013. Ref. BOE-A-2013-3055.

Seleccionar redacción:

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[Bloque 7: #a5]

Artículo 5. Acceso y prueba específica.

1. Para el acceso a las enseñanzas oficiales conducentes al Título de Graduado o Graduada en Música, se requerirá cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12 del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, y la superación de la correspondiente prueba específica a que se refiere el artículo 54.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

2. Para los mayores de diecinueve años de edad que no cumplan los requisitos establecidos en el citado artículo 12, las Administraciones educativas regularán y organizarán una prueba que acredite que el aspirante posee la madurez en relación con los objetivos del bachillerato y los conocimientos, habilidades y aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento las correspondientes enseñanzas. La superación de dicha prueba tendrá validez permanente para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores en todo el Estado.

3. La prueba específica de acceso a estos estudios se llevará a cabo para cada especialidad y tendrá como finalidad valorar la madurez, los conocimientos y las aptitudes para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas. En el caso de la especialidad de Interpretación, la prueba se realizará en función de la materia correspondiente a su instrumento principal.

4. Corresponde a las Administraciones educativas, en su ámbito competencial, la convocatoria, organización, desarrollo y evaluación de la prueba específica de acceso a estos estudios.

5. Las Administraciones educativas realizarán, al menos, una convocatoria anual de la prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas de grado en Música. Esta prueba faculta, únicamente, para matricularse en el curso académico para el que haya sido convocada.

6. La superación de esta prueba específica permitirá acceder a cualquiera de los centros del Estado donde se cursen estas enseñanzas, sin perjuicio de la disponibilidad de plazas de los mismos.

7. De acuerdo con la Disposición adicional segunda del Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de Música reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para hacer efectivo lo previsto en el artículo 54.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la prueba de acceso a las enseñanzas superiores, la nota media del expediente de los estudios profesionales constituirá como máximo el 50 % de la nota de la prueba en el caso de los alumnos y las alumnas que opten a ella y estén en posesión del Título profesional de Música. Corresponde a las Administraciones educativas la concreción de ese tanto por ciento.

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[Bloque 8: #a6]

Artículo 6. Contenido básico de los planes de estudios conducentes a la obtención del Título de Graduado o Graduada en Música.

1. Las enseñanzas artísticas superiores de grado en Música comprenderán una formación básica y una formación específica orientada a la preparación para el ejercicio profesional. Para la consecución de dicha finalidad, estos estudios desarrollarán de modo integrador, capacidades artísticas, científicas y tecnológicas.

2. Los planes de estudios conducentes a la obtención del Título de Graduado o Graduada en Música, deberán contener las competencias transversales, las competencias generales, y las competencias específicas y los perfiles profesionales definidos para cada una de las especialidades, que se determinan en el anexo I del presente real decreto.

3. Estos planes de estudios comprenderán, para cada una de sus especialidades, 4 cursos académicos de 60 créditos cada uno, con un total de 240 créditos. La distribución de los créditos correspondientes al contenido básico será la siguiente:

a) La formación básica tendrá un mínimo de 24 créditos. Las materias, contenidos y créditos correspondientes a este mínimo de formación básica serán los que figuran en el anexo II.

b) La formación especializada tendrá un mínimo de 102 créditos. Las materias obligatorias de especialidad, los contenidos y créditos correspondientes a este mínimo de formación especializada serán los que figuran en el anexo III.

c) El trabajo fin de grado tendrá un mínimo de 6 créditos y se realizará en la fase final del plan de estudios. Los contenidos y créditos correspondientes a este mínimo serán los que figuran en el anexo III.

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[Bloque 9: #a7]

Artículo 7. Organización de las materias.

1. Las Administraciones educativas, vista la propuesta de los centros, establecerán el plan de estudios, completando hasta el total de 240 créditos los mínimos fijados en este real decreto de conformidad con los siguientes criterios:

a) Cada una de las materias establecidas en el presente real decreto se organizará en una o varias asignaturas, señalando las competencias, el contenido y el número de créditos para cada una de ellas y el curso o los cursos en que deberán realizarse, pudiendo incrementarse los contenidos y los créditos mínimos fijados.

b) El plan de estudios se podrá completar con otras materias, además de las establecidas en este real decreto, que se concretarán en asignaturas.

c) Se podrán establecer asignaturas optativas que desarrollen contenidos cuya finalidad sea la de actualizar, completar o ampliar la formación del alumnado.

2. En todo caso, las materias vinculadas a la formación básica deberán tener asignado un mínimo de 4 créditos para que puedan ser incorporadas al plan de estudios.

3. Las Administraciones Educativas, vista la propuesta de los centros, al establecer los correspondientes planes de estudios, podrán disponer diversos itinerarios académicos en cada una de las especialidades a que se refiere el presente real decreto.

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[Bloque 10: #a8]

Artículo 8. Creación de nuevas especialidades.

1. Las Administraciones educativas, vista la propuesta de los centros, podrán proponer la creación de nuevas especialidades.

2. En la propuesta de creación de una nueva especialidad deberán definirse las competencias específicas y el perfil profesional correspondientes a dicha especialidad, y las materias obligatorias de especialidad, los contenidos y créditos correspondientes.

3. El Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas y al Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas, resolverá sobre la creación de nuevas especialidades.

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[Bloque 11: #a9]

Artículo 9. Evaluación.

1. La evaluación del proceso de aprendizaje del estudiante se basará en el grado y nivel de adquisición y consolidación de las competencias transversales, generales y específicas definidas para estos estudios.

2. La evaluación será diferenciada por asignaturas y tendrá un carácter integrador en relación con las competencias definidas para cada una de ellas en los planes de estudios. La evaluación y calificación del trabajo fin de grado será única y su superación requerirá haber aprobado la totalidad de las asignaturas que integran el correspondiente plan de estudios.

3. Los criterios de evaluación se especificarán en los correspondientes planes de estudios y serán objetivables y mensurables de acuerdo con los parámetros que se definan a tal efecto.

4. La obtención del Título de Graduado o Graduada en Música requerirá la superación de la totalidad de las asignaturas, las prácticas, si se programan, y el trabajo fin de grado que constituyan el plan de estudios.

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[Bloque 12: #a10]

Artículo 10. Reconocimiento y transferencia de créditos.

1. Sin perjuicio de lo establecido con carácter general en el artículo 6 del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, la transferencia y reconocimiento de créditos en las enseñanzas artísticas superiores de grado en Música, deberán respetar los siguientes criterios:

a) Con carácter general, los créditos obtenidos podrán ser reconocidos por la Administración educativa teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y los contenidos de las asignaturas cursadas y los previstos en el plan de estudios que se encuentre cursando.

b) En el caso de traslado de expediente entre comunidades autónomas para continuar los mismos estudios, será objeto de reconocimiento la totalidad de los créditos obtenidos.

c) Cuando se acceda a una nueva especialidad del mismo Título de Graduado o Graduada en Música, será objeto de reconocimiento la totalidad de los créditos obtenidos correspondientes a las materias de formación básica.

d) En ningún caso serán objeto de reconocimiento los créditos asignados al Trabajo fin de grado de los estudios que se encuentre cursando.

2. Los estudiantes podrán obtener reconocimiento de hasta un máximo de 6 créditos por la participación en actividades culturales, artísticas, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.

3. Para las asignaturas objeto de reconocimiento de créditos se computará la calificación obtenida en el centro de procedencia. El reconocimiento de créditos en que no exista calificación no se tendrá en cuenta a los efectos de ponderación.

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[Bloque 13: #a11]

Artículo 11. Participación en Programas de movilidad de estudiantes y profesores y prácticas de los estudiantes.

1. Las Administraciones educativas facilitarán el intercambio y la movilidad de los estudiantes, titulados y profesorado de las enseñanzas de Música en el Espacio Europeo de Educación Superior, dentro de los programas europeos existentes conforme su propia normativa. Las Administraciones educativas también podrán crear otros programas de carácter específico para estas enseñanzas.

2. Las Administraciones educativas o los centros fomentarán la firma de convenios de cooperación con instituciones y empresas, a fin de impulsar la movilidad y el intercambio de profesores, investigadores y estudiantes de estas enseñanzas.

3. Las Administraciones educativas o los centros promoverán la firma de convenios con empresas e instituciones para la realización de prácticas externas por parte de los alumnos que cursan estas enseñanzas.

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[Bloque 14: #daprimera]

Disposición adicional primera. Alumnos con discapacidad.

1. En el marco de lo establecido en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, se deberán cumplir las disposiciones vigentes en materia de promoción de la accesibilidad.

2. Las Administraciones educativas adoptarán las medidas oportunas para la adaptación del plan de estudios a las necesidades del alumnado con discapacidad.

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[Bloque 15: #dasegunda]

Disposición adicional segunda. Formación del profesorado.

1. Las Administraciones educativas propiciarán planes de formación del profesorado, relativos al conocimiento de los principios básicos, la estructura, la organización, las nuevas metodologías y los sistemas de evaluación e investigación correspondientes al Espacio Europeo de Educación Superior.

2. Asimismo, las Administraciones educativas, a propuesta de los centros, fomentarán planes de formación del profesorado para la actualización y profundización de las disciplinas propias de la Música en sus diferentes ámbitos.

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[Bloque 16: #datercera]

Disposición adicional tercera. Implantación de las enseñanzas artísticas superiores de grado en Música.

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 2 /2006, de 3 de mayo, y en el artículo 23 del Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo regulada en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el curso académico 2010/2011 se iniciará la implantación progresiva de las enseñanzas artísticas superiores de grado en Música que se regulan en el presente real decreto.

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[Bloque 17: #dacuarta]

Disposición adicional cuarta. Incorporación de alumnos procedentes de planes anteriores.

1. El alumno que hubiera iniciado los estudios de Música conforme al plan de estudios regulado en el Real Decreto 617/1995, de 21 de abril, por el que se establece los aspectos básicos del currículo del grado superior de las enseñanzas de Música y se regula la prueba de acceso a estos estudios, podrá finalizar los mismos hasta el curso académico 2014/2015. Los alumnos que tras finalizar dicho curso académico no hubieran obtenido el Título conforme al plan de estudios iniciado, deberán incorporarse al nuevo plan de estudios en su correspondiente especialidad.

En el caso de no coincidencia en la denominación de especialidad la incorporación se realizará de acuerdo con lo establecido en el anexo IV a este real decreto.

2. A los efectos de lo regulado en el apartado anterior, las Administraciones educativas establecerán un procedimiento especial de reconocimiento de créditos individualizado, mediante el cual se determinarán aquellos créditos que, habiendo sido obtenidos en las enseñanzas de Música del plan de estudios que se extingue, son computados a efectos de la obtención del título oficial regulado en el presente real decreto.

3. El alumnado que hubiera iniciado los estudios de grado superior realizados al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, sobre Reglamentación General de los Conservatorios de Música, y no se hubiera incorporado a los estudios regulados en el Real Decreto 617/1995, de 21 de abril, ya citado, podrá incorporarse a los estudios regulados en el presente real decreto en su correspondiente especialidad.

En el caso de no coincidencia en la denominación de especialidad la incorporación se realizará de acuerdo con lo establecido en el anexo V a este real decreto.

Para la incorporación de estos alumnos a las enseñanzas reguladas en este real decreto deberán estar en posesión del título de bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

4. A los efectos de lo regulado en el apartado anterior, las Administraciones educativas establecerán un procedimiento especial de reconocimiento de créditos individualizado, en el que tendrán en cuenta el expediente del alumno y la coincidencia de contenidos y carga lectiva de las asignaturas superadas, para su concreción en créditos que sean computados a efectos de la obtención del título oficial regulado en el presente real decreto.

5. El alumnado que hubiera iniciado los estudios conducentes a la obtención del Diploma Superior de Especialización para Solistas, regulado al amparo del Decreto 313/1970, de 29 de enero, por el que se crea una Escuela Superior de Canto en Madrid, y no se hubiera incorporado a los estudios regulados en el Real Decreto 617/1995, de 21 de abril, ya citado, podrá incorporarse a los estudios regulados en el presente real decreto en la especialidad de Interpretación, en función de la materia Voz.

Para la incorporación de estos alumnos a las enseñanzas reguladas en este real decreto deberán estar en posesión del título de bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

6. A los efectos de lo regulado en el apartado anterior, las Administraciones educativas establecerán un procedimiento especial de reconocimiento de créditos individualizado, en el que tendrán en cuenta el expediente del alumno y la coincidencia de contenidos y carga lectiva de las asignaturas superadas, para su concreción en créditos que sean computados a efectos de la obtención del título oficial regulado en el presente real decreto.

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[Bloque 18: #daquinta]

Disposición adicional quinta. Organización de enseñanzas conjuntas con otras instituciones de educación superior.

Las Administraciones educativas podrán, mediante convenio con otras instituciones de educación superiores nacionales o extranjeras, organizar enseñanzas conjuntas conducentes a la obtención de un único Título oficial de Graduado o Graduada y de Máster.

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[Bloque 19: #dtunica]

Disposición transitoria única. Aplicabilidad de otras normas

En tanto no se produzca la implantación generalizada de las enseñanzas reguladas en el presente real decreto, será de aplicación el Real Decreto 617/1995, de 21 de abril, por el que se establece los aspectos básicos del currículo del grado superior de las enseñanzas de Música y se regula la prueba de acceso a estos estudios, así como los currículos que lo desarrollan.

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[Bloque 20: #ddunica]

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

1. Queda derogado el Real Decreto 617/1995, de 21 de abril, por el que se establece los aspectos básicos del currículo del grado superior de las enseñanzas de Música y se regula la prueba de acceso a estos estudios.

2. Igualmente, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto.

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[Bloque 21: #dfprimera]

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto tiene carácter de norma básica, es de aplicación en todo el territorio nacional y se dicta en virtud del artículo 149.1.30.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

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[Bloque 22: #dfsegunda]

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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[Bloque 23: #firma]

Dado en Barcelona, el 14 de mayo de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación,

ÁNGEL GABILONDO PUJOL

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[Bloque 24: #ani]

ANEXO I

Competencias transversales del Graduado o Graduada en Música

Al finalizar sus estudios los Graduados y Graduadas en Música deben poseer las siguientes competencias transversales:

Organizar y planificar el trabajo de forma eficiente y motivadora.

Recoger información significativa, analizarla, sintetizarla y gestionarla adecuadamente.

Solucionar problemas y tomar decisiones que respondan a los objetivos del trabajo que se realiza.

Utilizar eficientemente las tecnologías de la información y la comunicación.

Comprender y utilizar, al menos, una lengua extranjera en el ámbito de su desarrollo profesional.

Realizar autocrítica hacia el propio desempeño profesional e interpersonal.

Utilizar las habilidades comunicativas y la crítica constructiva en el trabajo en equipo.

Desarrollar razonada y críticamente ideas y argumentos.

Integrarse adecuadamente en equipos multidisciplinares y en contextos culturales diversos.

Liderar y gestionar grupos de trabajo.

Desarrollar en la práctica laboral una ética profesional basada en la apreciación y sensibilidad estética, medioambiental y hacia la diversidad.

Adaptarse, en condiciones de competitividad a los cambios culturales, sociales y artísticos y a los avances que se producen en el ámbito profesional y seleccionar los cauces adecuados de formación continuada.

Buscar la excelencia y la calidad en su actividad profesional.

Dominar la metodología de investigación en la generación de proyectos, ideas y soluciones viables.

Trabajar de forma autónoma y valorar la importancia de la iniciativa y el espíritu emprendedor en el ejercicio profesional.

Usar los medios y recursos a su alcance con responsabilidad hacia el patrimonio cultural y medioambiental.

Contribuir con su actividad profesional a la sensibilización social de la importancia del patrimonio cultura, su incidencia en los diferentes ámbitos y su capacidad de generar valores significativos.

Competencias generales del Título de Graduado o Graduada en Música

Al finalizar sus estudios los Graduados o Graduadas en Música deben poseer las siguientes competencias generales:

Conocer los principios teóricos de la música y haber desarrollado adecuadamente aptitudes para el reconocimiento, la comprensión y la memorización del material musical.

Mostrar aptitudes adecuadas para la lectura, improvisación, creación y recreación musical.

Producir e interpretar correctamente la notación gráfica de textos musicales.

Reconocer materiales musicales gracias al desarrollo de la capacidad auditiva y saber aplicar esta capacidad a su práctica profesional.

Conocer los recursos tecnológicos propios de su campo de actividad y sus aplicaciones en la música preparándose para asimilar las novedades que se produzcan en él.

Dominar uno o más instrumentos musicales en un nivel adecuado a su campo principal de actividad.

Demostrar capacidad para interactuar musicalmente en diferentes tipos de proyectos musicales participativos.

Aplicar los métodos de trabajo más apropiados para superar los retos que se le presenten en el terreno del estudio personal y en la práctica musical colectiva.

Conocer las características propias de su instrumento principal, en relación a su construcción y acústica, evolución histórica e influencias mutuas con otras disciplinas.

Argumentar y expresar verbalmente sus puntos de vista sobre conceptos musicales diversos.

Estar familiarizado con un repertorio amplio y actualizado, centrado en su especialidad pero abierto a otras tradiciones. Reconocer los rasgos estilísticos que caracterizan a dicho repertorio y poder describirlos de forma clara y completa.

Acreditar un conocimiento suficiente del hecho musical y su relación con la evolución de los valores estéticos, artísticos y culturales.

Conocer los fundamentos y la estructura del lenguaje musical y saber aplicarlos en la práctica interpretativa, creativa, de investigación o pedagógica.

Conocer el desarrollo histórico de la música en sus diferentes tradiciones, desde una perspectiva crítica que sitúe el desarrollo del arte musical en un contexto social y cultural.

Tener un amplio conocimiento de las obras más representativas de la literatura histórica y analítica de la música.

Conocer el contexto social, cultural y económico en que se desarrolla la práctica musical, con especial atención a su entorno más inmediato pero con atención a su dimensión global.

Estar familiarizado con los diferentes estilos y prácticas musicales que le permitan entender, en un contexto cultural más amplio, su propio campo de actividad y enriquecerlo.

Comunicar de forma escrita y verbal el contenido y los objetivos de su actividad profesional a personas especializadas, con uso adecuado del vocabulario técnico y general.

Conocer las implicaciones pedagógicas y educativas de la música en distintos niveles.

Conocer la clasificación, características acústicas, históricas y antropológicas de los instrumentos musicales.

Crear y dar forma a sus propios conceptos artísticos habiendo desarrollado la capacidad de expresarse a través de ellos a partir de técnicas y recursos asimilados.

Disponer de recursos musicales amplios y diversos para poder crear o adaptar piezas musicales así como improvisar en distintos contextos a partir del conocimiento de estilos, formatos, técnicas, tendencias y lenguajes diversos.

Valorar la creación musical como la acción de dar forma sonora a un pensamiento estructural rico y complejo.

Desarrollar capacidades para la autoformación a lo largo de su vida profesional.

Conocer y ser capaz de utilizar metodologías de estudio e investigación que le capaciten para el continuo desarrollo e innovación de su actividad musical a lo largo de su carrera.

Ser capaz de vincular la propia actividad musical a otras disciplinas del pensamiento científico y humanístico, a las artes en general y al resto de disciplinas musicales en particular, enriqueciendo el ejercicio de su profesión con una dimensión multidisciplinar.

Conocer y aplicar la legislación relativa a su ámbito profesional.

Competencias específicas del Título de Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Composición

Al finalizar sus estudios los Graduados o Graduadas en Música en la especialidad de Composición deben poseer las siguientes competencias específicas:

Conocer los principales repertorios de la tradición occidental y de otras músicas, y adquirir la con capacidad de valorar plenamente los aspectos expresivos, sintácticos y sonoros de las obras correspondientes.

Adquirir la formación necesaria para reconocer y valorar auditiva e intelectualmente distintos tipos de estructuras musicales y sonoras.

Interpretar analíticamente la construcción de las obras musicales en todos y cada uno de los aspectos y niveles estructurales que las conforman.

Saber aplicar las nuevas tecnologías al ámbito de la creación musical en una variedad de contextos y formatos, incluyendo las colaboraciones con otros campos artísticos.

Dominar las técnicas y recursos de los principales estilos compositivos históricos y recientes.

Conocer los fundamentos de acústica musical, las características acústicas de los instrumentos, sus posibilidades técnicas, sonoras y expresivas, así como sus posibles combinaciones.

Desarrollar el interés, capacidades y metodologías necesarias para la investigación y experimentación musical.

Conocer las tendencias y propuestas más recientes en distintos campos de la creación musical.

Valorar y conocer de forma crítica las tendencias principales en el campo de la interpretación en un amplio repertorio de diferentes épocas y estilos.

Transmitir verbalmente un juicio teórico, analítico, estético y crítico bien estructurado, más allá de su aplicación al ámbito estrictamente compositivo.

Adquirir una personalidad artística singular y flexible que permita adaptarse a entornos y retos creativos múltiples.

Competencias específicas del Título de Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Dirección

Al finalizar sus estudios los Graduados o Graduadas en Música en la especialidad de Dirección deben poseer las siguientes competencias específicas:

Dominar las técnicas de Dirección que le permitan desarrollar un sentido personal de la interpretación, fundamentado en un conocimiento crítico de la tradición.

Conocer la estructura musical de las obras de los distintos repertorios de la tradición occidental y de otras músicas, con capacidad para valorar sus aspectos sintácticos y sonoros.

Desarrollar habilidades auditivas que le permitan reconocer, memorizar y reproducir una amplia variedad de materiales musicales.

Comprender analíticamente la creación, notación e interpretación de las obras musicales desde una concepción global.

Dominar las técnicas básicas de composición.

Conocer las aplicaciones tecnológicas en la notación, grabación, edición e interpretación musicales.

Conocer los fundamentos de acústica musical, las características acústicas de los instrumentos, sus posibilidades técnicas, sonoras y expresivas, así como sus posibles combinaciones.

Conocer las tendencias más recientes de la creación musical, con capacidad para valorarlas profundizando en sus notaciones e implicaciones interpretativas.

Desarrollar la capacidad de comunicación y entendimiento con los demás músicos desde la especial responsabilidad y el liderazgo que conlleva la profesión de director.

Transmitir verbalmente pensamientos musicales bien estructurados, concretos y globales, de carácter teórico, analítico, estético y crítico.

Adquirir una personalidad artística singular y flexible que permita adaptarse a entornos y retos musicales múltiples.

Conocer las implicaciones escénicas que conlleva su actividad profesional y ser capaz de desarrollar sus aplicaciones prácticas en su ámbito de trabajo.

Competencias específicas del Título de Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Interpretación

Al finalizar sus estudios los Graduados o Graduadas en Música en la especialidad de Interpretación deben poseer las siguientes competencias específicas:

Interpretar el repertorio significativo de su especialidad tratando de manera adecuada los aspectos que lo identifican en su diversidad estilística.

Construir una idea interpretativa coherente y propia.

Demostrar capacidad para interactuar musicalmente en todo tipo de proyectos musicales participativos, desde el dúo hasta los grandes conjuntos.

Expresarse musicalmente con su Instrumento/Voz de manera fundamentada en el conocimiento y dominio en la técnica instrumental y corporal, así como en las características acústicas, organológicas y en las variantes estilísticas.

Comunicar, como intérprete, las estructuras, ideas y materiales musicales con rigor.

Argumentar y expresar verbalmente sus puntos de vista sobre la interpretación, así como responder al reto que supone facilitar la comprensión de la obra musical.

Desarrollar aptitudes para la lectura e improvisación sobre el material musical.

Asumir adecuadamente las diferentes funciones subordinadas, participativas o de liderazgo que se pueden dar en un proyecto musical colectivo.

Conocer los procesos y recursos propios del trabajo orquestal y de otros conjuntos dominando adecuadamente la lectura a primera vista, mostrando flexibilidad ante las indicaciones del director y capacidad de integración en el grupo.

Conocer las implicaciones escénicas que conlleva su actividad profesional y ser capaz de desarrollar sus aplicaciones prácticas.

Competencias específicas del Título de Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Musicología

Al finalizar sus estudios los Graduados o Graduadas en Música en la especialidad de Musicología deben poseer las siguientes competencias específicas:

Conocer la estructura musical de las obras de los distintos repertorios de la tradición occidental y de otras, con capacidad de valorar plenamente sus aspectos sintácticos y sonoros.

Conocer las condiciones artísticas, históricas y sociales en las que se ha desarrollado la creación musical y la práctica interpretativa.

Conocer los materiales de la música, las técnicas históricas y modernas de composición, de los instrumentos, su construcción, su acústica, como otras características organológicas.

Dominar uno o más instrumentos adecuados a su campo principal de actividad.

Conocer las fuentes musicales y las herramientas de acceso a las mismas, así como las técnicas necesarias para su difusión.

Conocer los métodos de investigación científica propios de su campo y sus aplicaciones.

Adquirir la capacidad crítica para valorar los productos de la actividad musical de distintos períodos bajo una perspectiva que integre aspectos artísticos, históricos y sociales.

Argumentar y expresar de forma escrita y verbal sus puntos de vista sobre la interpretación, así como responder al reto que supone facilitar la comprensión de la obra musical.

Competencias específicas del Título de Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Pedagogía

Al finalizar sus estudios los Graduados o Graduadas en Música en la especialidad de Pedagogía deben poseer las siguientes competencias específicas:

Comprender y explicar los fundamentos en pedagogía musical contemporánea, tanto en el área de conocimientos sistemáticos como en su aplicación, y saber fundamentar en ellos la reflexión crítica de la actuación educativa musical propia y ajena.

Elaborar, seleccionar, aplicar y evaluar actividades, materiales y recursos de enseñanza/aprendizaje musicales en función de las demandas de cada contexto educativo, siendo versátil en el dominio de los instrumentos y otros recursos musicales y aplicando de forma funcional las nuevas tecnologías.

Conocer los elementos constitutivos de la música mostrando un alto dominio en percepción auditiva, lectura, análisis, escritura, improvisación y creación musical, y ser capaz de interrelacionar todo ello para aplicarlo y utilizarlo adecuadamente en el desarrollo de la propia actividad.

Adquirir dominio técnico y capacidad expresiva en la interpretación y en la conducción de agrupaciones vocales e instrumentales, como base para la improvisación, creación y experimentación con el propio instrumento, la voz y el cuerpo en situaciones concretas de enseñanza/aprendizaje musical.

Ser capaz de desarrollar una práctica educativa-musical, como artista y formador musical orientada a la comunidad.

Contextualizar la pedagogía musical en el tiempo actual y en los diferentes ámbitos culturales, reflexionando de forma crítica sobre la función y resultados que la práctica de la educación musical puede aportar a la mejora de la persona y de la sociedad.

Saber aprovechar las oportunidades de formación y especialización que cada puesto de trabajo ofrece, incorporándolas al desarrollo del propio perfil profesional.

Implicarse activamente en proyectos educativo-musicales a través del trabajo cooperativo y asumir la responsabilidad de desarrollar la profesión educativa musical como tarea colectiva.

Diseñar y llevar a cabo procesos sistemáticos de evaluación educativa sobre alumnos, profesores, programas e instituciones y basar en sus resultados la planificación de la mejora educativa.

Diseñar, realizar y evaluar una investigación en educación musical, tanto de forma individual como formando parte activa de equipos de investigación.

Conocer los fundamentos de acústica musical, organología y sus aplicaciones en la práctica musical.

Competencias específicas del Título de Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Producción y gestión

Al finalizar sus estudios los Graduados o Graduadas en Música en la especialidad de Producción y gestión deben poseer las siguientes competencias específicas:

Conocer profundamente la legislación vigente, nacional e internacional, en materias artísticas, de espectáculos y de derechos de autor.

Conocer las características estructurales de los espacios culturales, con una especial atención a la acústica de salas y la logística de grupos musicales de distintos formatos.

Dominar la informática musical, la ofimática y las redes de comunicación.

Familiarizarse con las técnicas de grabación, reproducción y difusión de documentos sonoros en distintos formatos, incluidos los derivados de las nuevas tecnologías y de los sistemas multimedia.

Dominar uno o más instrumentos en un nivel adecuado a su posible campo de especialización y familiarizarse con la práctica de música en conjunto, tanto en sus aspectos artísticos como organizativos.

Conocer profundamente el repertorio histórico y más reciente de diversas prácticas y estilos musicales, con una especial atención a las tendencias más recientes en el campo de la creación y la interpretación.

Familiarizarse con la literatura histórica, musicológica y crítica vinculada a diversos géneros y estilos musicales.

Conocer la economía, gestión, contabilidad, estrategias de mercado y recursos humanos.

Competencias específicas del Título de Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Sonología

Al finalizar sus estudios los Graduados o Graduadas en Música en la especialidad de Sonología deben poseer las siguientes competencias específicas:

Conocer la estructura musical de las obras de los distintos repertorios de la tradición occidental y de otras músicas, con capacidad de valoración de sus aspectos expresivos, morfológicos, sintácticos y sonoros, y saber describir sus características.

Desarrollar habilidades auditivas que le permitan reconocer, memorizar y reproducir una amplia variedad de materiales musicales, así como analizar críticamente los fenómenos implicados en la escucha y en la producción de sonido organizado.

Aplicar las tecnologías al ámbito de la creación, la interpretación y la difusión pública de la música, y utilizar los recursos técnicos que permitan la producción y la organización sonora, así como las diferentes aproximaciones, aplicaciones y funcionalidades que fundamentan la creación musical.

Desarrollar actitudes creativas y de cooperación que puedan complementar y potenciar las actividades de otros profesionales de la música y de otras artes, con los que se interactúe.

Conocer y valorar críticamente las tendencias y desarrollos más recientes en distintos campos de la tecnología musical, con capacidad para evaluar sus implicaciones en los procesos de creación, interpretación, difusión y recepción de la música, así como saber diseñar y programar aplicaciones para la composición y la interpretación en tiempo real o en tiempo diferido.

Conocer los instrumentos musicales de la tradición occidental y de otras culturas, sus características físicas, acústicas y musicales, sus posibilidades tímbricas y expresivas, así como favorecer su expansión con recursos tecnológicos o diseñar instrumentos virtuales.

Conocer las técnicas y los procedimientos de creación y de apoyo a los procesos creativos musicales, sonoros y audiovisuales.

Planificar procesos de producción sonora, así como generar y transformar sonidos y grabaciones musicales con objetivos creativos dictados por un plan de producción.

Ser capaz de utilizar herramientas y dispositivos para apoyar o complementar procesos de captación, grabación, creación, manipulación y difusión de material sonoro y musical.

Ser capaz de integrar arte, tecnología y ciencia, con la flexibilidad suficiente para adaptarse a entornos múltiples y cambiantes.

Conocer las implicaciones escénicas que conlleva su actividad profesional y ser capaz de desarrollar sus aplicaciones prácticas en su ámbito de trabajo.

Perfil profesional del Título de Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Composición

El Graduado o Graduada en Composición debe ser un profesional cualificado para la creación musical, con un completo dominio de las estructuras musicales en todos sus aspectos, teóricos y prácticos; deberá estar capacitado para escribir y adaptar música para distintos contextos y formaciones, con una personalidad artística bien definida pero susceptible de evolución. Deberá tener un conocimiento amplio de las posibilidades que brinda la tecnología, y ser capaz de adecuarse a las exigencias o requisitos propios de distintos medios, incluyendo los proyectos escénicos y audiovisuales.

Asimismo, deberá estar formado para el ejercicio del análisis musical y del pensamiento crítico sobre el hecho creativo, así como mostrar capacidad para transmitirlo de forma oral o escrita y disponer de una sólida formación metodológica y humanística que le ayude en la tarea de investigación y experimentación musical.

Perfil profesional del Título de Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Dirección

El Graduado o Graduada en Dirección debe ser un profesional cualificado para dirigir coros, orquestas y otros grupos instrumentales o mixtos. Debe conocer un amplio repertorio vocal e instrumental y estar capacitado para dirigir obras de estilos, lenguajes, períodos y tendencias diversas. Debe tener profundos conocimientos de la técnica vocal e instrumental, así como de las características de cada instrumento o grupo instrumental o vocal. Deberá demostrar habilidades de lectura musical, reconocimiento auditivo y reducción de partituras. Estará capacitado para el trabajo en equipo con capacidad de liderazgo y comunicación.

Deberá tener un conocimiento amplio de las posibilidades que brinda la tecnología. Deberá conocer la tradición interpretativa de los géneros propios de su campo de actividad, con capacidad para valorar críticamente y contribuir a su evolución.

Deberá estar formado para el ejercicio del análisis y del pensamiento musical, así como para transmitirlo de forma oral o escrita, y disponer de una sólida formación metodológica y humanística que le ayude en la tarea de investigación afín al ejercicio de su profesión.

Perfil profesional del Título de Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Interpretación

El Graduado o Graduada en interpretación deberá ser un profesional cualificado con un dominio completo de las técnicas de interpretación del instrumento y su repertorio, y en su caso, de instrumentos complementarios.

Deberá estar preparado para ejercer una labor interpretativa de alto nivel de acuerdo con las características de su modalidad y especialización, tanto en el papel de solista como formando parte de un conjunto, así como, en su caso, en su condición de intérprete acompañante de música y de danza. Deberá conocer las características técnicas y acústicas de su instrumento, profundizando en su desarrollo histórico.

Deberá tener formación para el ejercicio del análisis y del pensamiento musical, y disponer de una sólida formación metodológica y humanística que le ayude en la tarea de investigación afín al ejercicio de su profesión.

Perfil profesional del Título de Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Musicología

El Graduado o Graduada en Musicología debe ser un profesional cualificado para entender, desde una perspectiva global y comprensiva, el hecho musical en todos sus aspectos, teóricos, técnicos, prácticos y materiales en sus diferentes épocas y tradiciones culturales.

Deberá tener un conocimiento amplio de las fuentes de la literatura crítica en todos los campos y disciplinas en que se articula la musicología.

Deberá conocer una amplia variedad de sistemas de notación, históricos y modernos, así como de transcripción y tratamiento de documentos sonoros. Deberá conocer la práctica de la edición de fuentes musicales y de las herramientas tecnológicas implicadas en estos procesos. Deberá conocer y aplicar los métodos de investigación científica propios de su campo disciplinar, y dominar las técnicas expositivas y discursivas que le permitan comunicar el contenido de sus proyectos y el resultado de sus investigaciones tanto a públicos especializados como no especializados.

Perfil profesional del Título de Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Pedagogía

El Graduado o Graduada en Pedagogía deberá ser un profesional cualificado en uno o más ámbitos relevantes de la práctica musical (interpretativos y/o teóricos) y con profundos conocimientos, teóricos y prácticos sobre la enseñanza-aprendizaje en sus aspectos metodológicos, psicológicos y artísticos, además de contar con una significativa experiencia práctica. Desarrollará su actividad profesional en centros de cualquier nivel educativo de régimen general y especial tanto en enseñanza reglada como no reglada.

Perfil profesional del Título de Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Producción y gestión

El Graduado o Graduada en Producción y gestión debe ser un profesional específicamente cualificado en la planificación y gestión de proyectos relacionados con la música, en algunas de sus posibles fases como la creación, realización, grabación, exhibición pública o distribución, entre otras. Deberá conocer ampliamente el mundo de la música y sus distintos ámbitos de desarrollo profesional, así como estar capacitado para el trabajo en equipo y para desenvolverse en distintos campos de acción, como la economía, la comunicación, la organización humana y de recursos materiales, la gestión logística y la planificación estratégica.

Perfil profesional del Título de Graduado o Graduada en Música en la especialidad de Sonología

El Graduado o Graduada en Sonología para la música debe ser un músico cualificado en la planificación y gestión de procesos relacionados con la creación, adaptación y aplicación crítica de recursos tecnológicos en apoyo de la composición, interpretación, grabación y difusión de la música. Su actividad se desarrollará en entornos diversos y con condicionamientos variables: estudios de grabación, salas de conciertos, emisoras de radio, transmisiones en la red o en empresas cuyos objetivos incluyan la producción y la difusión de la música.

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[Bloque 25: #anii]

ANEXO II

Materias de Formación Básica

Materia

Descripción/contenidos

ECTS mínimos en el Grado

Cultura, pensamiento e historia.

Conocimientos fundamentales del hecho musical en relación con la cultura, desde una perspectiva histórica y sistemática. Análisis e interpretación de los contextos sociales en que se produce este hecho. Integración de la investigación e interpretación de cara a una comprensión global del fenómeno de la práctica musical.

12

Lenguajes y técnica de la música.

Desarrollo de las habilidades y adquisición de conocimientos que faciliten al alumno la percepción, la creación, la interpretación, la reflexión y la documentación musical. Asimilación de las principales teorías sobre la organización de la música. Conocimiento de las posibilidades sonoras de la voz y de otros instrumentos o fuentes sonoras. Estudio del repertorio y de su contexto estilístico. Desarrollo del oído, de la concentración en la escucha, de la memoria y de la inteligencia musical.

12

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[Bloque 26: #aniii]

ANEXO III

Materias obligatorias de especialidad

Especialidad: Composición

Materia

Descripción/contenidos

ECTS mínimos en el Grado

Formación instrumental complementaria.

Estudio complementario de uno o más instrumentos en la práctica interpretativa o como recurso auxiliar para la lectura y reducción de partituras, el análisis y la creación. La gran variedad de enfoques estilísticos y requerimientos asociados a la interpretación confieren a esta materia un carácter flexible y por ello adaptable a los distintos instrumentos, a la voz y a los estilos y tradiciones interpretativas.

18

Música de conjunto.

Práctica de la interpretación musical en grupo y en diferentes formaciones. Conocimiento del repertorio de conjunto de su propio ámbito y práctica interpretativa en formaciones diversas. Desarrollo de hábitos y técnicas de ensayo. Cooperación en el establecimiento de criterios interpretativos, compenetración y trabajo colectivo. Práctica de lectura a primera vista, flexibilidad de respuesta a las indicaciones del director. Concepción y desarrollo de proyectos musicales colectivos.

6

Composición e instrumentación.

Estudio y análisis de obras y lenguajes compositivos diversos. Conocimiento de diferentes técnicas compositivas y sistemas de notación. Conocimiento de las diferentes características y posibilidades técnicas y expresivas de los instrumentos y de las resultantes derivadas de su combinación. Conocimiento y asimilación de una amplia gama de recursos creativos a través del trabajo en distintos contextos artísticos con formaciones vocales e instrumentales diversas. Desarrollo de una estética y un lenguaje compositivo personales y de la autonomía del pensamiento creativo necesario, a través del conocimiento y la práctica de diferentes técnicas, lenguajes y aproximaciones al hecho creativo.

60

Técnica de la dirección.

Conocimiento de la práctica interpretativa a través del estudio de las técnicas de dirección y práctica del análisis de la música de conjunto encaminado a su ejecución. Desarrollo de proyectos de interpretación de composiciones propias y ajenas.

6

Tecnología musical.

Fundamentos de acústica aplicada a la música. Informática musical aplicada a la creación, generación y procesamiento del sonido y la edición de partituras. Conocimiento y uso de las aplicaciones midi y de audio. Uso de la tecnología musical en distintos formatos. Microfonía y técnicas de grabación, procesado y difusión. Búsqueda y difusión de contenidos a través de redes informáticas.

12

Especialidad Dirección

Materia

Descripción/contenidos

ECTS mínimos en el Grado

Formación instrumental complementaria.

Actividades complementarias a la interpretación directamente vinculadas a la práctica interpretativa del instrumento/voz. Práctica de la técnica instrumental y aprendizaje del repertorio principal del nivel adecuado. Valoración crítica del trabajo. Desarrollo de las dimensiones básicas de la interpretación con un segundo instrumento y/o con instrumentos afines. Práctica de lectura a vista, acompañamiento, transposición y reducción de partituras al piano. La gran variedad de enfoques estilísticos y requerimientos asociados a la interpretación confieren a esta materia un carácter flexible y por ello adaptable a los distintos instrumentos, a la voz y a los estilos y tradiciones interpretativas.

18

Música de conjunto.

Práctica de la interpretación musical en grupo y en diferentes formaciones y repertorios. Conocimiento del repertorio de conjunto de la propia especialidad y práctica interpretativa en formaciones diversas. Desarrollo de hábitos y técnicas de ensayo. Cooperación en el establecimiento de criterios interpretativos, compenetración y trabajo colectivo. Práctica de lectura a primera vista, flexibilidad de respuesta a las indicaciones del director. Concepción y desarrollo de proyectos musicales colectivos.

6

Composición e instrumentación.

Estudio y análisis de obras, autores y lenguajes compositivos diversos de obras de repertorio hasta la actualidad. Conocimiento de las técnicas compositivas fundamentales y de los distintos sistemas de notación. Conocimiento de las características y posibilidades técnicas y expresivas de los instrumentos y de las resultantes derivadas de las distintas agrupaciones.

18

Técnica de la dirección.

Conocimiento teórico y práctico de la práctica interpretativa y de su organización a través del estudio de las técnicas de dirección y del análisis de la música encaminado a su ejecución. Desarrollo de proyectos de interpretación de composiciones con lenguajes y estilos diferentes, así como en formaciones de pequeño y gran formato. Liderazgo interpretativo en la concepción de un proyecto, la organización de los ensayos y conciertos. Habilidades para transmitir las propias concepciones interpretativas a otros músicos fomentando la participación activa y la coherencia al mismo tiempo. Conocimiento de un repertorio amplio y de sus implicaciones interpretativas y expresivas.

54

Tecnología musical.

Fundamentos de acústica aplicada a la música. Informática musical aplicada a la creación, generación y procesamiento del sonido y la edición de partituras. Conocimiento y uso de las aplicaciones midi y de audio. Uso de la tecnología musical en distintos formatos. Microfonía y técnicas de grabación, procesado y difusión. Búsqueda y difusión de contenidos a través de redes informáticas.

6

Especialidad Interpretación

Materia

Descripción/contenidos

ECTS mínimos en el Grado

Instrumento/Voz.

Práctica instrumental/vocal. Síntesis y dominio de las dimensiones básicas de la interpretación musical profesional. Práctica de la técnica instrumental, aprendizaje del repertorio principal y de un repertorio complementario. Desarrollo de un estilo propio como intérprete y de la madurez creativa. Hábitos y técnicas de estudio, valoración crítica del trabajo. Control de correctos hábitos posturales y técnicas de relajación. Preparación para la interpretación en público, como solista o junto a otros intérpretes. Conocimiento básico de la construcción, mantenimiento, comportamiento acústico y características del propio instrumento.

66

Formación instrumental complementaria.

Actividades complementarias a la interpretación directamente vinculadas a la práctica interpretativa del instrumento/voz. Desarrollo de las dimensiones básicas de la interpretación con un segundo instrumento y/o con instrumentos afines. Práctica de lectura a vista, improvisación, transposición, y en su caso, acompañamiento y reducción de partituras. Profundización en repertorios especializados y en el trabajo individual y/o colectivo derivado de la propia especialidad instrumental. Comprensión de la variedad de enfoques estilísticos y requerimientos asociados a la interpretación que confieren a esta materia un carácter flexible y adaptable a los distintos instrumentos, a la voz y a los estilos y tradiciones interpretativas.

24

Música de conjunto.

Práctica de la interpretación musical en grupo y en diferentes formaciones y repertorios. Conocimiento del repertorio de conjunto de la propia especialidad y práctica interpretativa en formaciones diversas. Desarrollo de hábitos y técnicas de ensayo. Cooperación en el establecimiento de criterios interpretativos, compenetración y trabajo colectivo. Práctica de lectura a primera vista, flexibilidad de respuesta a las indicaciones del director. Concepción y desarrollo de proyectos musicales colectivos.

12

Especialidad Musicología

Materia

Descripción/contenidos

ECTS mínimos en el Grado

Formación instrumental complementaria.

Actividades complementarias a la interpretación directamente vinculadas a la práctica interpretativa del instrumento/voz. Práctica de la técnica instrumental y aprendizaje del repertorio principal del nivel adecuado. Valoración crítica del trabajo. Desarrollo de las dimensiones básicas de la interpretación con un segundo instrumento y/o con instrumentos afines. La gran variedad de enfoques estilísticos y requerimientos asociados a la interpretación confieren a esta materia un carácter flexible y por ello adaptable a los distintos instrumentos, a la voz y a los estilos y tradiciones interpretativas.

18

Música de conjunto.

Práctica de la interpretación musical en grupo y de diferentes formaciones y repertorios. Conocimiento del repertorio de conjunto y práctica interpretativa en formaciones diversas. Desarrollo de hábitos y técnicas de ensayo. Discusión y establecimiento compartido de criterios interpretativos, compenetración y trabajo colectivo. Práctica de lectura a primera vista, comprensión de las indicaciones del director y respuesta flexible a estas. Concepción y desarrollo de proyectos musicales colectivos.

6

Métodos y fuentes para la investigación.

Bases conceptuales del proceso de la investigación. Modelos de investigación en el ámbito de las ciencias humanas. Paradigmas teóricos, métodos y técnicas de investigación. Fundamentos de heurística.
Definición de objetos y líneas de investigación. Búsqueda, definición, localización y tratamiento de las fuentes de la música. Fuentes de la literatura crítica musicológica. Técnicas específicas de estudio y de hermenéutica. Descripción y uso de diferentes técnicas y estrategias de apropiación y gestión de información para la investigación musical en todo tipo de formato y soporte de observación, información y documentación. Desarrollo de un proyecto de investigación. Técnicas de trabajo en grupo y en red. Técnicas de redacción y elaboración discursiva sobre la música. Clasificación, localización, conservación y preservación de documentos musicales. Metodologías y proyectos para la catalogación, clasificación e indexación de todo tipo de documentos musicales.

36

Notación, transcripción e interpretación de documentos musicales.

Notación, transcripción e interpretación y edición de documentos musicales. Estudio de la obra musical a partir de sus materiales constructivos y de los diferentes criterios que intervienen en su comprensión y valoración. Conocimiento de los diferentes métodos analíticos e interpretativos y su interrelación con disciplinas como antropología, la teoría de la información, la semiótica, la psicoacústica, la psicología cognitiva, etc. Representación, tratamiento, análisis e interpretación de documentos musicales orales, escritos y audiovisuales. Sistemas de notación, técnicas y praxis interpretativas en distintas épocas y culturas musicales. La edición y su evolución con el empleo de las nuevas tecnologías.

30

Tecnología musical.

Fundamentos de acústica aplicada a la música. Informática musical aplicada a la creación, generación y procesamiento del sonido y la edición de partituras. Conocimiento y uso de las aplicaciones midi y de audio. Uso de la tecnología musical en distintos formatos. Microfonía y técnicas de grabación, procesado y difusión. Búsqueda y difusión de contenidos a través de redes informáticas.

12

Especialidad Pedagogía

Materia

Descripción/contenidos

ECTS mínimos en el Grado

Instrumento/Voz.

Práctica instrumental/vocal. Síntesis y dominio de las dimensiones básicas de la interpretación musical profesional. Práctica de la técnica instrumental/vocal, aprendizaje del repertorio principal y de un repertorio complementario. Desarrollo de un estilo propio como intérprete y de la madurez creativa. Hábitos y técnicas de estudio, valoración crítica del trabajo. Preparación para la interpretación en público, como solista o junto a otros intérpretes. Conocimiento básico de la construcción, mantenimiento, comportamiento acústico y características del propio instrumento/voz.

30

Formación instrumental complementaria.

Actividades complementarias a la interpretación directamente vinculadas a la práctica interpretativa del instrumento/voz. Práctica de la técnica instrumental y aprendizaje del repertorio principal del nivel adecuado. Valoración crítica del trabajo. Preparación para la interpretación en público. Desarrollo de las dimensiones básicas de la interpretación con un segundo instrumento y/o con instrumentos afines. Profundización en repertorios especializados y en el trabajo individual y/o colectivo derivado de la propia especialidad instrumental. La gran variedad de enfoques estilísticos y requerimientos asociados a la interpretación confieren a esta materia un carácter flexible y por ello adaptable a los distintos instrumentos, a la voz y a los estilos y tradiciones interpretativas. Práctica de lectura a vista, improvisación, transposición, y en su caso, acompañamiento y reducción de partituras

12

Música de conjunto.

Práctica de la interpretación musical en grupo y en diferentes formaciones y repertorios. Práctica interpretativa en formaciones diversas tanto instrumentales como vocales y conocimiento del repertorio. Desarrollo de hábitos y técnicas de ensayo. Cooperación en el establecimiento de criterios interpretativos, empaste y trabajo colectivo. Práctica de lectura a primera vista, flexibilidad de respuesta a las indicaciones del director. Concepción y desarrollo de proyectos musicales colectivos. Adquisición de una técnica vocal básica.

6

Fundamentos de pedagogía.

Conocimiento de los procesos pedagógicos básicos de las teorías de la enseñanza y del aprendizaje, especialmente en el ámbito musical, así como de los condicionantes propios del desarrollo de destrezas técnicas con instrumentos musicales y con la voz. Modelos de orientación e intervención psicopedagógica. El profesor como mediador en la construcción del conocimiento. Principios fundamentales de las distintas metodologías y corrientes pedagógicas en educación musical. Fundamentos de la pedagogía instrumental, de la pedagogía vocal y de la pedagogía del lenguaje musical. La investigación como recurso de formación continua: planificación, metodologías, fuentes.

18

Técnica de la dirección.

Aprendizaje de técnicas básicas de dirección. Conocimiento práctico del proceso de preparación e interpretación de una obra para grupo instrumental y vocal, del trabajo de conjunción y equilibrio sonoro.

6

Tecnología musical.

Fundamentos de acústica aplicada a la música. Informática musical aplicada a la creación, generación y procesamiento del sonido y la edición de partituras. Conocimiento y uso de las aplicaciones midi y de audio. Uso de la tecnología musical en distintos formatos. Microfonía y técnicas de grabación, procesado y difusión. Búsqueda y difusión de contenidos a través de redes informáticas.

6

Didáctica de la educación musical.

Conocimientos aplicados de didáctica general y didácticas específicas dentro y fuera del aula. Objetivos y contenidos de la educación musical en el régimen general y especial tanto en enseñanza reglada como no reglada. Didáctica de las distintas especialidades instrumentales y del conjunto vocal e instrumental. Didáctica del Lenguaje musical. Mecanismos de percepción y expresión musical y su didáctica. Diseño del currículum como herramienta de planificación, desarrollo y evaluación de procesos educativos; elaboración, aplicación y evaluación de unidades didácticas; diseño de estrategias específicas para la enseñanza y el aprendizaje. Recursos didácticos en educación musical. La tecnología musical como recurso didáctico.

12

Organización educativa.

Conocimiento de la organización general de las instituciones educativas. Conocimientos organizativos y relacionales aplicados a la educación musical. La educación como relación humana; teorías de la personalidad; los estilos de enseñanza y aprendizaje. Observación y análisis de situaciones, de personas y de contextos. La gestión de grupos-clase, de grupos de trabajo. Dinámica y psicología de los grupos. Estrategias de trabajo en equipo. La gestión de conflictos y la creatividad. La comunicación y la asertividad. La investigación educativa como herramienta de formación y mejora. Gestión de proyectos y evaluación de las instituciones.

12

Especialidad Producción y gestión

Materia

Descripción/contenidos

ECTS mínimos en el Grado

Formación instrumental complementaria.

Actividades complementarias a la interpretación directamente vinculadas a la práctica interpretativa del instrumento/voz. Práctica de la técnica instrumental y aprendizaje del repertorio principal del nivel adecuado. Valoración crítica del trabajo. Preparación para la interpretación en público, como solista o junto a otros intérpretes. Desarrollo de las dimensiones básicas de la interpretación con un segundo instrumento y/o con instrumentos afines. Profundización en repertorios especializados y en el trabajo individual y/o colectivo derivado de la propia especialidad instrumental. La gran variedad de enfoques estilísticos y requerimientos asociados a la interpretación confieren a esta materia un carácter flexible y por ello adaptable a los distintos instrumentos, a la voz y a los estilos y tradiciones interpretativas.

12

Música de conjunto.

Práctica de la interpretación musical en grupo y de diferentes formaciones y repertorios. Conocimiento del repertorio de conjunto de la propia especialidad y práctica interpretativa en formaciones diversas. Desarrollo de hábitos y técnicas de ensayo. Discusión y establecimiento compartido de criterios interpretativos, empaste y trabajo colectivo. Práctica de lectura a primera vista, comprensión de las indicaciones del director y respuesta flexible a estas. Concepción y desarrollo de proyectos musicales colectivos.

6

Producción.

Estructuras y tendencias socioculturales actuales. Tecnoeconomía. Tendencias y circuitos musicales, culturales o artísticos actuales en los ámbitos de la interpretación, la creación, la producción y la investigación y su relación e interdependencia. Mecanismos y estrategias promocionales específicas de cada ámbito. Criterios de programación cultural.

18

Comunicación, promoción y representación.

Estrategias de promoción de artistas. Técnicas de venta. Principales agentes a nivel nacional e internacional. Proyectos de management. Estrategias de difusión y comercialización de productos y servicios. Marqueting en empresas e instituciones del ámbito cultural.

18

Tecnología musical.

Informática musical aplicada a la creación. Producción y edición musical MIDI, audio y de partituras. Posibles usos de la tecnología y de las telecomunicaciones en relación con la música, su aprendizaje, creación y difusión. Utilización de equipos, dispositivos y periféricos. Conexionado básico. Fundamentos de acústica y organología. Búsqueda y difusión de contenidos a través de la red.

18

Legislación.

Introducción al derecho mercantil. Formas jurídicas aplicables a artistas e instituciones culturales. Introducción al derecho fiscal. Introducción al derecho laboral. Legislación sobre seguros. Regulación de la propiedad intelectual y de los derechos de imagen pública. Gestión de recursos humanos.

12

Gestión económica.

Contabilidad. Gestión presupuestaria: elaboración y gestión de balances y cuentas de resultados. Gestión de planes de tesorería. Análisis e interpretación de estados financieros. Gestión fiscal de IVA, IRPF y seguridad social. Compraventa de servicios. Formas de contratación laboral y mercantil. Gestión de derechos de autores e intérpretes. Gestión de seguros de espectáculos públicos.

18

Especialidad Sonología

Materia

Descripción/contenidos

ECTS mínimos en el Grado

Formación instrumental complementaria.

Actividades complementarias a la interpretación directamente vinculadas a la práctica interpretativa del instrumento/voz. Práctica de la técnica instrumental y aprendizaje del repertorio principal del nivel adecuado. Valoración crítica del trabajo. Preparación para la interpretación en público. Desarrollo de las dimensiones básicas de la interpretación con un segundo instrumento y/o con instrumentos afines. La gran variedad de enfoques estilísticos y requerimientos asociados a la interpretación confieren a esta materia un carácter flexible y por ello adaptable a los distintos instrumentos, a la voz y a los estilos y tradiciones interpretativas.

12

Música de conjunto.

Práctica de la interpretación musical en grupo y en diferentes formaciones y repertorios. Conocimiento del repertorio de conjunto y práctica interpretativa en formaciones diversas. Desarrollo de hábitos y técnicas de ensayo. Cooperación en el establecimiento de criterios interpretativos, empaste y trabajo colectivo. Práctica de lectura a primera vista, flexibilidad de respuesta a las indicaciones del director. Concepción y desarrollo de proyectos musicales colectivos.

6

Tecnologías aplicadas.

Grabación de sonidos: microfonía. Tratamiento de señal. Diferentes técnicas de grabación. Trabajo de mezclas. Relación de los conocimientos acústicos con la grabación. Comprensión entre fenómeno sonoro y el balance correcto. Nexo entre grabación y producción. Post producción: dominar el montaje analógico y digital. Técnicas de audio-frecuencia: introducción a las técnicas de audiofrecuencia, bases audioanalógicas, bases numéricas. Grabación magnética en bandas de base, bases audionuméricas. Sonorización de eventos musicales. Síntesis y procesado del sonido y de la música.

30

Formación técnica específica.

Estudios y prácticas complementarias directamente vinculadas al ejercicio de la Sonología.

24

Producción y gestión.

Conocimientos de producción y gestión musical en todos sus aspectos económicos, culturales y logísticos.

12

Acústica.

Fundamentos de acústica. Conjunto de conocimientos relacionados con la acústica de salas, la acústica fisiológica y la psicoacústica. Conocimiento de los instrumentos musicales, sus diferentes clasificaciones y sus diferentes características. Enfoque histórico y antropológico. Fundamentos de electroacústica y sonorización.

12

Percepción crítica.

Adquisición de una terminología precisa de análisis de la imagen sonora. Aprender a caracterizar la imagen sonora siguiendo criterios ligados a la grabación. Psicología del sistema auditivo. Psicoacústica. Efectos del ruido.

6

Trabajo fin de grado

Materia

Descripción/contenidos

ECTS mínimos en el Grado

Trabajo fin de grado.

Conceptos del proceso de elaboración de un trabajo correctamente documentado, modelos de estructuración, búsqueda de información, utilización de las oportunas herramientas, consulta y datación de las fuentes y elaboración de un documento destinado a fomentar la adquisición de competencias en investigación.

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[Bloque 27: #aniv]

ANEXO IV

Alumnado que hubiera iniciado los estudios superiores de Música conforme al plan de estudios regulado en el Real Decreto 617/1995, de 21 de abril

Incorporación a los estudios de Graduado o Graduada en Música

Especialidad Instrumental o Especialidad de Canto.

Especialidad de Interpretación en función de la materia correspondiente a su instrumento principal o voz.

Especialidad de Pedagogía, opción de Pedagogía del Lenguaje y la educación musical.

Especialidad de Pedagogía.

Especialidad de Pedagogía, opción de Pedagogía del canto y de las especialidades instrumentales.

A elegir entre:
Especialidad de Pedagogía.
Especialidad de Interpretación en función de la materia correspondiente a su instrumento principal.

Especialidad de Dirección de Coro.

Especialidad de Dirección.

Especialidad de Dirección de Orquesta.

Especialidad de Dirección.

Especialidad de Etnomusicología.

Especialidad de Musicología.

Especialidad de Flamenco opción de Guitarra flamenca.

Especialidad de Interpretación en función de la materia correspondiente a su instrumento principal.

Especialidad de Flamenco opción de Flamencología.

Especialidad de Musicología.

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[Bloque 28: #anv]

ANEXO V

Alumnado que hubiera iniciado los estudios de grado superior de Música realizados al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre

Incorporación a los estudios de Graduado o Graduada en Música

Especialidad Instrumental o Especialidad de Canto.

Especialidad de Interpretación en función de la materia correspondiente a su instrumento principal o voz.

Especialidad de Solfeo, Teoría de la Música, Transposición y Acompañamiento.

Especialidad de Pedagogía.

Especialidad de Armonía, Contrapunto, Composición e Instrumentación.

Especialidad de Composición.

Especialidad de Música Sacra.

Especialidad de Musicología.

Especialidad de Dirección de Orquesta.

Especialidad de Dirección.

Especialidad de Dirección de Coro.

Especialidad de Dirección.

Especialidad Pedagogía Musical.

Especialidad Pedagogía.

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