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Real Decreto 360/2009, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases del programa coordinado de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 11/04/2009.
Entrada en vigor:
12/04/2009
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-6070
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2009/03/23/360/con

Índice: «Última actualización, publicada el 03/11/2023»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Requisitos de las vacunas frente a la enfermedad de Aujeszky

ANEXO II. Explotación, comarca veterinaria, unidad veterinaria local, provincia o isla indemne de la enfermedad de Aujeszky

ANEXO III. Explotación, comarca veterinaria, unidad veterinaria local, provincia o isla oficialmente indemne de la enfermedad de Aujeszky

ANEXO IV. Tabla de la muestra requerida para detectar la presencia de enfermedad en una explotación

ANEXO V. Normas relativas a las pruebas serológicas de la enfermedad de Aujeszky. Controles sobre las pruebas de inmunoabsorción enzimática (ELISA) para la detección de anticuerpos contra el virus de la enfermedad de Aujeszky (virus completo), contra la glicoproteína B (ADV-gB) o contra la glicoproteína E (ADV-gE)

ANEXO VI. Actuaciones en explotaciones de producción que se hayan diagnosticado como positivas a gE del virus de la enfermedad de Aujeszky en el control efectuado sobre el efectivo reproductor

ANEXO VII. Requisitos en los movimientos dentro y hacia regiones del territorio nacional incluidas en el Anexo II de la Decisión 2008/185/CE, de la Comisión Europea, de 21 de febrero de 2008


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