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Documento BOE-A-2009-14157

Resolución de 2 de julio de 2009, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se incoa procedimiento de adecuación en la categoría de monumento, y se delimita el entorno de protección del bien de interés cultural denominado Monasterio de Fresdelval, en Quintanilla de Vivar (Burgos).

Publicado en:
«BOE» núm. 212, de 2 de septiembre de 2009, páginas 75296 a 75298 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2009-14157

TEXTO ORIGINAL

El Monasterio de Fresdelval, en Quintanilla de Vivar (Burgos) fue declarado Monumento Histórico Artístico el 3 de junio de 1931.

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera de la Ley 16/1985, de 25 de julio, del Patrimonio Histórico Español y en la disposición adicional primera de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, el Monasterio de Fresdelval, en Quintanilla de Vivar (Burgos) está considerado Bien de Interés Cultural.

La disposición adicional quinta de la Ley 12/2002, de 11 de julio, preceptúa que: «Las declaraciones de los bienes a los que se refiere la disposición adicional primera podrán ser completadas o revisadas mediante la determinación y delimitación de los mismos, la declaración de los entornos y bienes muebles afectados por la declaración, la adecuación de su calificación a las categorías establecidas en la presente Ley o la aprobación de cualquiera de los elementos y criterios específicos previstos en la misma para la determinación de los distintos regímenes de conservación y protección. Los procedimientos y competencias administrativas que regirán para la aplicación de esta disposición se establecerán reglamentariamente.»

El Servicio de Ordenación y Protección en 22 de junio de 2009, propone incoar procedimiento de adecuación en la categoría de monumento, del Bien de Interés Cultural denominado Monasterio de Fresdelval, en Quintanilla de Vivar (Burgos), delimitando un entorno que garantice suficientemente la protección integral de este bien, el respeto a los valores propios del mismo, su contemplación, apreciación y estudio, conforme establece la Ley 12/2002, de 11 de julio.

Vistos los antecedentes y fundamentos de derecho citados, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional quinta de la Ley 12/2002, de 11 de julio, a fin de adecuar la declaración anteriormente mencionada a las prescripciones impuestas en la citada ley, procede incoar procedimiento para la adecuación de este Bien de Interés Cultural en la categoría de monumento, delimitando su entorno de protección.

La iniciación del procedimiento, según establece el artículo 10.3 de la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, determinará respecto al bien afectado, la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección previsto en la citada ley para los bienes declarados de interés cultural. Asimismo, en aplicación, de lo dispuesto en el artículo 36 de dicha ley, todas las obras que hubiesen de realizarse en la zona que se pretende declarar, no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o si es el caso, por esta Dirección General.

Por cuanto ha quedado expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 y 40 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por el Decreto 37/2007, de 19 de abril, esta Dirección General de Patrimonio Cultural, resuelve:

Incoar procedimiento para la adecuación en la categoría de monumento del Bien de Interés Cultural denominado Monasterio de Fresdelval, en Quintanilla de Vivar (Burgos), delimitando el entorno de protección, que se publica como anexo a la presente resolución y que figura en el plano obrante en el expediente.

Valladolid, 2 de julio de 2009.–El Director General de Patrimonio Cultural, Enrique Saiz Martín.

ANEXO

Resolución de 2 de julio de 2009 de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León, por la que se incoa procedimiento de adecuación en la categoría de monumento, y se delimita el entorno de protección del Bien de Interés Cultural denominado Monasterio de Fresdelval, en Quintanilla de Vivar (Burgos).

El Real Monasterio Jerónimo de Nuestra Señora de Fresdelval, se encuentra situado entre las localidades de Villatoro y Quintanilla de Vivar, muy próximo a la ciudad de Burgos, escondido en un hermoso y recóndito valle.

Según la tradición el origen de este monasterio se remonta a los tiempos del rey Godo Recaredo, a una pequeña ermita de devoción mariana.

Fundado por Gómez Manrique, en el siglo XV se va conformando la disposición del antiguo monasterio gótico. La antigua iglesia, de una sola y amplia nave, de la que solo se conservan los muros externos, el claustro principal situado al sur de la iglesia, de planta cuadrangular y dos pisos, y el resto de las dependencias monacales como la sala capitular, el refectorio, la cocina, la enfermería, etc en torno al claustro.

Durante el siglo XVI, bajo la protección y mecenazgo de García de Padilla, comendador mayor de la orden de Calatrava, se llevó a cabo una importante labor constructiva que contribuye a dar unidad a este heterogéneo conjunto monacal.

A esta época corresponden los grandes cuerpos de celdas, las arquerías del claustro alto, la portada renacentista atribuida a Felipe Vigarny y anejos al monasterio, como el palacio renacentista y el denominado patio de los Padilla, en cuyo piso superior se colocaron las armas imperiales y que aún conserva un magnífico escudo real en el que fuera zaguán y que, tradicionalmente, se conoce como Casa de Carlos V.

Este cenobio alcanzó en el siglo XVI gran importancia, llegando a ser residencia ocasional del emperador Carlos V, y visitado por Felipe II y Felipe III.

Su declive se inicia en el siglo XVII, durante la Guerra de la Independencia fue objeto de los saqueos y destrucción de las tropas napoleónicas y en el siglo XIX con la desamortización de Mendizábal, se produce su exclaustración y abandono definitivo. A partir de esas fechas, el conjunto conventual ha llegado a tener insólitos destinos como fabrica de cerveza, refugio de las partidas carlistas y, a finales del XIX, llegó a ser utilizado como fácil cantera de piedra ya labrada.

En la actualidad, este impresionante complejo monacal de propiedad particular, que ocupa unas 120 hectáreas, entre edificios y tierras de labor, se encuentra en estado de ruina si bien constituye un relevante y significativo conjunto monacal, que se configura como un documento histórico y arquitectónico de primer orden digno de su conservación y transmisión a las generaciones futuras.

Delimitación del entorno de protección:

(Coordenadas ETRS89 UTM 30N en m).

Punto de inicio:

Inicio de la trocha que une el Cº del Alto de las Cabras con el Cº de los Caballos.

Polígono formado por los puntos:

Final de la Trocha anterior en el Cº de los Caballos.

Continuación hasta cº Fresdelval Punto A (X: 443.762 Y:4.693.543).

Punto B (X: 443.792 Y:4.693.639).

Punto C (X: 443.896 Y:4.693.749).

Punto D (X: 444.144 Y:4.693.845).

Punto E (X: 443.312 Y:4.693.751).

Punto F (X: 443.301 Y:4.693.437) en el Cº del Alto de la Cabras.

Motivación:

Teniendo en cuenta la ubicación del monumento, se delimita un entorno de protección como instrumento idóneo de preservación de la valiosa relación existente entre el monumento y el medio físico en que este se enclava.

 

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