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Documento BOE-A-2001-22444

Orden de 27 de noviembre de 2001 sobre revocación y renuncia a competencias delegadas en materia de gestión censal del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 30 de noviembre de 2001, páginas 44215 a 44215 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2001-22444
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2001/11/27/(1)

TEXTO ORIGINAL

En la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales ("Boletín Oficial del Estado" del 30), se regula el Impuesto sobre Actividades Económicas. En su artículo 92 se atribuyen a la Administración Tributaria del Estado las competencias para gestionar el censo e inspeccionar el citado impuesto, al tiempo que se establece la posibilidad de delegar ambas competencias en los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, Comunidades Autónomas y otras entidades reconocidas por las Leyes. Estas delegaciones de competencias se desarrollan en el artículo 18 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto ("Boletín Oficial del Estado" de 8 de marzo) y en la Orden de 10 de junio de 1992, por la que se desarrolla la delegación y colaboración en la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas ("Boletín Oficial del Estado" del 19), por lo que se refiere a la inspección ; y en los artículos 20 a 25, ambos inclusive, del citado Real Decreto, en lo referente a la delegación de las competencias en materia de gestión censal.

En estas normas se establecen los requisitos que deben reunir las entidades solicitantes de las delegaciones, los plazos de solicitud y las condiciones en que deben ejercerse las competencias delegadas, y se atribuye al Ministro de Economía y Hacienda (actualmente, después de la reestructuración de los departamentos ministeriales, al Ministro de Hacienda) la competencia para conceder, denegar y revocar las delegaciones. En el ejercicio de dicha competencia se publican todos los años las Ordenes Ministeriales por medio de las que se aprueban las delegaciones de la inspección y de la gestión censal.

A la Diputación Provincial de Córdoba se le delegó la inspección de las cuotas municipales del impuesto, correspondientes a diversos Ayuntamientos, entre ellos el de Montalbán, por Orden de 22 de diciembre de 1994 ("Boletín Oficial del Estado" del 28) ; y por Orden de 26 de diciembre de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 31) se le delegó la competencia en materia de gestión censal relativa a las cuotas municipales de diversos Ayuntamientos de la provincia, entre los que figura el de Montalbán.

Al Ayuntamiento de Sant Boi de Llobregat (Barcelona) se le delegó la inspección por medio de la Orden de 30 de septiembre de 1992 ("Boletín Oficial del Estado" de 15 de octubre), en cuyo apartado Octavo se corregía la relación de Ayuntamientos contenida en el apartado Primero de la Orden de delegación de la inspección de 13 de julio de 1992 ("Boletín Oficial del Estado" del 23) para incluir diversos Ayuntamientos, entre ellos el de referencia ; y por Orden de 26 de diciembre de 1996, de delegación de la gestión censal ("Boletín Oficial del Estado" del 31), se le delegó la competencia en materia de gestión censal.

La Diputación Provincial de Córdoba ha comunicado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria que el Ayuntamiento de Montalbán le ha revocado la delegación para gestionar los Impuestos sobre Bienes Inmuebles y sobre Actividades Económicas. Por su parte, el Ayuntamiento de Sant Boi de Llobregat ha comunicado, asimismo, la renuncia a la delegación de las competencias en materia de gestión censal, acordada por el Pleno del Ayuntamiento el 26 de marzo de 2001.

En virtud de lo expuesto y teniendo en cuenta que las habilitaciones anteriormente concedidas al Ministro de Economía y Hacienda, en la actualidad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 557/2000, de 27 de abril ("Boletín Oficial del Estado" del 28), de reestructuración de los departamentos ministeriales, deben entenderse referidas al Ministro de Hacienda, dispongo:

Primero.-La revocación, con los efectos previstos en el artículo 24.2 del Real Decreto 243/1995, de la delegación de las competencias en materia de gestión censal del Impuesto sobre Actividades Económicas concedida a la Diputación Provincial de Córdoba para las cuotas municipales correspondientes al Ayuntamiento de Montalbán, por no cumplirse la condición establecida en el artículo 22.1.b) del citado Real Decreto.

Segundo.-Hacer pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.1.a) del Real Decreto 243/1995, la renuncia del Ayuntamiento de Sant Boi de Llobregat a la delegación de las competencias en materia de gestión censal del Impuesto sobre Actividades Económicas, con los efectos previstos en el apartado 2 del mencionado artículo.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 27 de noviembre de 2001.

MONTORO ROMERO

Ilmos. Sres. Director general de Tributos y Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 27/11/2001
  • Fecha de publicación: 30/11/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 01/12/2001
Referencias anteriores
Materias
  • Ayuntamientos
  • Delegación de atribuciones
  • Diputaciones Provinciales
  • Impuesto sobre Actividades Económicas
  • Ministerio de Hacienda

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