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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 21/09/1995
  • Fecha de publicación: 26/09/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 27/09/1995
  • Entrada en vigor: 27 de septiembre de 1995.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA la disposición adicional 4, por Real Decreto 618/2020, de 30 de junio (Ref. BOE-A-2020-7044).
  • SE AÑADE el art. 33, por Real Decreto 311/2016, de 29 de julio (Ref. BOE-A-2016-7338).
  • SE MODIFICA el art. 10.5, por Real Decreto 1635/2011, de 14 de noviembre (Ref. BOE-A-2011-19656).
  • SE DICTA EN RELACIÓN sobre requisitos de los tiempos de descanso y vuelo a las tripulaciones de aviones comerciales: Real Decreto 1952/2009, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-1275).
  • SE AÑADE una disposición adicional 7, por Real Decreto 1579/2008, de 26 de septiembre (Ref. BOE-A-2008-16007).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 10, 11, 12 y se añade un 10 bis, por Real Decreto 902/2007, de 6 de julio (Ref. BOE-A-2007-13823).
    • el capítulo II y y se añade la disposición adicional 6, por Real Decreto 294/2004, de 20 de febrero (Ref. BOE-A-2004-3633).
    • los arts. 15 a 18 y 18 bis y se añaden las disposiciones adicionales 4 y 5 y los anexos I y II, por Real Decreto 285/2002, de 22 de marzo (Ref. BOE-A-2002-6472).

Referencias anteriores

  • DEROGA, excepto los arts. 45, 46 y 47, el Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio (Ref. BOE-A-1983-20906).
  • DE CONFORMIDAD con arts. 34, 36 y 37 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • CITA:

Materias

  • Agricultura
  • Comercio
  • Construcciones
  • Descanso laboral
  • Empleados de fincas urbanas
  • Estatuto de los Trabajadores
  • Ferrocarriles
  • Frío industrial
  • Horas extraordinarias
  • Hostelería
  • Jornada laboral
  • Marinas Mercante y de Pesca
  • Minas
  • Montes
  • Navegación aérea
  • Navegación marítima
  • Obras
  • Pesca marítima
  • Trabajadores
  • Trabajo
  • Transportes aéreos
  • Transportes terrestres
  • Vigilantes

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