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RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2007, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se actualiza el anexo II del Real Decreto 544/2007, de 27 de abril, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en la lista séptima del Registro de matrícula de buques.

Ministerio de Fomento

Rango: Resolución

Publicado en: BOE número 28 de 1/2/2008, páginas 5937 a 5942 (6 págs.)

Referencia: BOE-A-2008-1708

TEXTO

La Disposición final cuarta del Real Decreto 544/2007, de 27 de abril, faculta al Director General de la Marina Mercante para modificar o actualizar los anexos de dicho real decreto cuando ello venga impuesto por la normativa nacional o de la Unión Europea o en función de avances técnicos. El Anexo II de los anteriormente mencionados contiene el listado de normas UNE armonizadas que han de cumplir las embarcaciones a que se refiere el artículo 7 del Real Decreto 544/2007, de 27 de abril, a efectos de que puedan ser abanderadas en España. La calificación y puesta al día de diversos componentes técnicos y equipamientos, relacionados con la seguridad estructural y el manejo de las embarcaciones de recreo, bajo la forma de normas UNE, impone la actualización del Anexo II precitado, a efectos de adecuar su contenido a los avances técnicos citados, armonizando y clarificando la normativa UNE aplicable a las embarcaciones mencionadas. De otra parte, se ha estimado preciso remodelar los Anexos III y IV del Real Decreto en cuestión, a fin mejorar técnicamente el contenido de las solicitudes a las que ambos se refieren. En consecuencia resuelvo:

Actualizar los Anexos II, III y IV del Real Decreto 544/2007, de 27 de abril, que serán sustituidos por los que se incorporan como anejos a esta Resolución, de acuerdo con la autorización al efecto conferida por la Disposición final cuarta del Real Decreto citado.

Madrid, 15 de diciembre de 2007.-El Director General de la Marina Mercante, Felipe Martínez Martínez.

ANEXO Listado Normas UNE armonizadas

Norma

Titulo

UNE-EN ISO 8099:2001

Embarcaciones de recreo. Sistemas de retención de desechos de instalaciones sanitarias (aseos ) (ISO 8099:2000).

UNE-EN ISO 8665: 2006

Pequeñas embarcaciones. Motores alternativos de combustión interna para propulsión marina. Mediciones y declaraciones de potencia (ISO 8665:2006).

UNE-EN ISO 8666: 2003

Datos principales (ISO 8666:2002).

UNE-EN ISO 9093-1: 1998

Embarcaciones de recreo. Grifos de fondo y pasacascos. Parte 1: metálicos (ISO 9093-1:1994).

UNE-EN ISO 9093-2: 2003

Pequeñas embarcaciones. Grifos de fondo y pasacascos. Parte 2: No metálicos (ISO 9093-2:2002).

UNE-EN ISO 10088: 2002

Embarcaciones de recreo. Sistemas de combustible instalados de forma permanente y tanques fijos de combustible (ISO 10088:2001).

UNE-EN ISO 10133: 2001

Embarcaciones de recreo. Sistemas eléctricos. Instalaciones de corriente continua a muy baja tensión (ISO 10133:2000).

UNE-EN ISO 10239: 2001 UNE-EN ISO 10239/AC:2003

Embarcaciones de recreo. Sistemas alimentados por gas licuado de petróleo (GLP) (ISO 10239:2000).

UNE-EN ISO 11105: 1997

Embarcaciones menores. Ventilación de las salas de motores de gasolina y/o de los compartimentos para los depósitos de gasolina (ISO 11105:1997).

UNE-EN ISO 11812: 2002

Embarcaciones pequeñas. Bañeras estancas y bañeras de vaciado rápido (ISO 11812:2001).

UNE-EN ISO 12215-1: 2001

Embarcaciones de recreo. Construcción de cascos y escantillones. Parte 1: Materiales: resinas termoestables, refuerzos de fibra de vidrio, laminado de referencia (ISO 12215-1:2000).

UNE-EN ISO 12215-2: 2003

Embarcaciones de recreo. Construcción de cascos y escantillones. Parte 2: Materiales: materiales de relleno para construcciones tipo sándwich, materiales embebidos (ISO 12215-2:2002).

UNE-EN ISO 12215-3: 2003

Embarcaciones de recreo. Construcción de cascos y escantillones. Parte 3: Materiales: acero, aleaciones de aluminio, madera y otros materiales (ISO 12215-3:2002).

UNE-EN ISO 12215-4: 2003

Embarcaciones de recreo. Construcción de cascos y escantillones. Parte 4: Materiales: talleres de construcción u fabricación (ISO 12215-4:2002).

UNE-EN ISO 12217-1: 2002

Embarcaciones de recreo. Evaluación y clasificación de la estabilidad. Parte 1: Embarcaciones no propulsadas a vela de eslora igual o superior a seis metros (ISO 12217-1:2002).

UNE-EN ISO 12217-2: 2002

Embarcaciones de recreo. Evaluación y clasificación de la estabilidad. Parte 2: Embarcaciones propulsadas a vela de eslora igual o superior a seis metros (ISO 12217-2:2002).

UNE-EN ISO 12217-3: 2003

Embarcaciones de recreo. Evaluación y clasificación de la estabilidad. Parte 3: Embarcaciones de eslora inferior a seis metros (ISO 12217-3:2002).

UNE-EN ISO 13297: 2001

Embarcaciones de recreo. Sistemas eléctricos. Instalaciones de corriente alterna (ISO 13297:2000).

UNE-EN ISO 14895: 2003

Pequeñas embarcaciones. Hornillos de cocina alimentados por combustible líquido (ISO 14895:2000).

UNE-EN ISO 14946: 2002 UNE-EN ISO 14946:2002/AC: 2005

Embarcaciones de recreo. Capacidad de carga máxima (ISO 14946:2001).

UNE-EN ISO 15085: 2003

Pequeñas embarcaciones. Prevención de la caída de personas al mar y reembarque a bordo (ISO 15085:2003).

EN 60092-507: 2000

Instalaciones eléctricas de los barcos. Parte 507: embarcaciones de recreo (IEC 60092-507: 2000).


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ANÁLISIS JURÍDICO

REFERENCIAS ANTERIORES
  • SUSTITUYE los anexos II, III y IV del REAL DECRETO 544/2007, de 27 de abril (Ref. BOE-A-2007-10139).
MATERIAS
  • Armonización de legislaciones
  • Embarcaciones deportivas y de recreo
  • Formularios administrativos
  • Matriculación de buques
  • Navegación marítima
  • Normalización
  • Registro de Matricula de Aeronaves

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