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Documento BOE-J-2024-284823

MADRID. Edicto de 10 de mayo de 2024 en procedimiento concursal número 60/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 121, de 18 de mayo de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-284823

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 60/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/04/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilación

DESTINATARIOS

Concurso de la empresa Franquicias Amazonia Madrid SLU

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto Dña. Esther López Ruano, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid hace saber: 1.- Que en el concurso ordinario 60/2024, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2024/0003245, por auto de fecha 16/04/2024, se ha declarado en concurso voluntario, a Franquicias Amazonia Madrid SLU, con CIF B44852002, y domiciliado en C/ Marqués Viudo de Pontejos 15-17 28012 Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 a 258 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es Prada Gayoso SLP, con domicilio postal en C/ Génova nº 17 4º A 28004 Madrid, teléfono 917 026 196 y dirección electrónica amazonia@pradagayoso, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso.

Madrid, 10 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ESTHER LÓPEZ RUANO

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