Está Vd. en

Documento BORME-C-2024-1785

BELDERE INVEST, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DANDRIDGE INVEST, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 85, páginas 2300 a 2300 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-1785

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("Real Decreto-ley 5/2023"), se hace público que con fecha 30 de abril de 2024, se adoptaron decisiones de socio único por las que se aprobó la fusión por absorción de la sociedad DANDRIDGE INVEST, S.L.U. (Sociedad Absorbida), por parte de la sociedad BELDERE INVEST, S.L.U., (Sociedad Absorbente), con la entera transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida, que se extinguirá sin liquidación, y la sucesión universal de sus derechos y obligaciones a la Sociedad Absorbente, todo ello según los términos del proyecto común de fusión, suscrito el día 30 de abril de 2024 por los órganos de administración de las sociedades que participan en la fusión.

La fusión se realiza de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 del Real Decreto-ley 5/2023, por remisión del artículo 56 de la misma norma, al tratarse de una fusión asimilada a la absorción de sociedades íntegramente participadas y pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por dicha norma.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-ley 5/ 2023, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, donde podrán consultarlos o solicitar su entrega o envío gratuitos.

Se hace constar el derecho de protección a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del Real Decreto-ley 5/2023.

Madrid, 30 de abril de 2024.- Isaac Núñez Aragoneses, Administrador Único de las Sociedades Absorbente y Absorbida.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid