Por Resolución de la Secretaría de Estado de
Infraestructuras de fecha 26 de marzo de 2002 ha
sido aprobado provisionalmente el "Estudio de
alternativas de trazado entre los puntos kilométricos
101,100 al 102,700 del proyecto de construcción
de la variante de Caldas de Reis. Carretera N-550
de A Coruña a Tuy". Clave: 23-PO-2880. Término
municipal de Caldas de Reis, provincia de
Pontevedra, adoptando como alternativa seleccionada
la denominación alternativa "proyecto
constructivo".
En cumplimiento de lo ordenado por la citada
Secretaría de Estado, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10 de la Ley 25/1998, de
29 de julio, de Carreteras, y en el artículo 34 y
concordantes del Real Decreto 1812/1994, de 2
de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento
General de Carreteras, se somete a información
pública el referido estudio de alternativas durante
el plazo de treinta días hábiles, contado a partir
del primer día hábil siguiente al de la fecha de
publicación del presente anuncio en el "Boletín Oficial
del Estado", haciendo constar que la nueva calzada
tendrá limitación total de accesos a las propiedades
colindantes.
Lo que se publica para general conocimiento en
el "Boletín Oficial del Estado". Asimismo, y con
el fin de que los interesados puedan examinar el
citado estudio de alternativas y la aprobación
provisional del mismo durante el período de
información pública y presentar las alegaciones y
observaciones que estimen procedentes estará expuesto
al público en días hábiles y horas de oficina, en
el tablón de edictos del Ayuntamiento de Caldas
de Reis, en la Unidad de Carreteras de Pontevedra
(plaza de San Roque, sin número) y en esta
Demarcación de Carreteras del Estado de Galicia (calle
Concepción Arenal, número 1, A Coruña).
Las observaciones que se formulen habrán de
dirigirse a esta Demarcación y deberán versar sobre
las circunstancias que justifican la declaración de
interés general de la carretera y sobre la concepción
global de su trazado.
A Coruña, 1 de abril de 2002.-El Ingeniero Jefe
de la Demarcación, José Manuel Piris
Ruesga.-14.028.
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