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Documento BOE-B-2002-98138

Resolución de la Delegación Provincial de Pontevedra, de 18 de marzo de 2002, de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, así como la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se describe. Número de expediente IN407A 2001/83-4.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 2002, páginas 3290 a 3290 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-B-2002-98138

TEXTO

Visto el expediente para otorgamiento de

autorización administrativa, declaración, en concreto, de

utilidad pública y la necesidad de la urgente

ocupación que lleva implícita, así como la aprobación

del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica

que a continuación se detalla:

Solicitante: "Unión Fenosa, Sociedad Anónima".

Domicilio social: García Barbón, 38, 36201 Vigo.

Título: Línea de media tensión derivación

Guillade.

Situación: Ponteareas-As Neves-Salvaterra de

Miño.

Características técnicas:

Línea de media tensión, aérea, a 20 KV, de 1.350

metros de longitud, con conductor tipo LA-56,

desde un apoyo sin número de la línea de media tensión

Lentille-Carrasqueira hasta el centro de

transformación existente de Guillade. Toda la instalación está

situada en los Ayuntamientos de Ponteareas, As

Neves y Salvaterra de Miño.

Realizada la información pública correspondiente

presenta alegaciones el propietario de la finca

número 67, basándose éstas en que el paso de la línea

divide la finca en dos impidiendo la futura

construcción de una edificación, solicitando que el

trazado sea paralelo a la carretera. Trasladado el escrito

a la empresa eléctrica, ésta contesta que el terreno

está situado en zona calificada como suelo rural,

que la propuesta de trazado planteada modificaría

la afección en otras fincas, cuyos propietarios ya

han dado su autorización y que el alegante puede

solicitar el cambio de trazado siempre que no haya

dificultades técnicas y aportando la conformidad

previa de los nuevos propietarios afectados. Se dio

traslado del escrito de la compañía al alegante,

reiterándose éste en todos los puntos de su primer

escrito.

Considerando que la línea proyectada viene a

sustituir otra existente, conservándose la traza y que,

por lo tanto, ya existía una servidumbre que impedía

el uso pretendido de la finca como solar, y que

cualquier modificación afectaría de manera diferente

a la actual a los mismos y otros propietarios que

podrían oponerse a la misma.

Vistos y cumplidos los trámites ordenados en la

Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y en los

capítulos II y V del Real Decreto 1955/2000,

Esta Delegación Provincial resuelve:

Autorizar, declarar, en concreto, de utilidad

pública de la instalación y la necesidad de la urgente

ocupación que lleva implícita de los bienes

afectados, así como la aprobación del proyecto de

ejecución de las referidas instalaciones, cuyas

características se ajustarán en todas sus partes a las que

figuran en el mismo y a las condiciones técnicas

y de seguridad establecidas en los Reglamentos de

aplicación, y en los condicionados establecidos por

los Ministerios, organismos o corporaciones que

constan en los expedientes.

El plazo de puesta en marcha de la instalación,

de acuerdo con el artículo 131 del Real

Decreto 1955/2000, será de veinticuatro meses a partir

de la recepción de la presente resolución. A efectos

de la posible solicitud de prórroga, el peticionario

deberá tener en cuenta lo dispuesto en el

capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente resolución podrá interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Consejero de Industria y Comercio en el plazo de un

mes, contado a partir del día siguiente al de

notificación de esta resolución; también podrá

interponer cualquiera otro recurso que estime pertinente

a su derecho.

Pontevedra, 18 de marzo de 2002.-La Delegada

provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-13.611.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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