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Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a la ONG que en fecha 21 de mayo
de 2001, por el Secretario de Estado de Cooperación
Internacional y para Iberoamérica, se ha dictado
Resolución cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
Esta Secretaría de Estado reclama la procedencia
del reintegro de la cantidad de 2.766.618 pesetas
(16.627,70 euros), cantidad que deberá reintegrarse
al Tesoro Público según establece el artículo 36
de la Ley General Presupuestaria (Real Decreto
Legislativo 1091/1998, de 23 de septiembre, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley
General Presupuestaria).
Deberá realizarse el ingreso al Tesoro Público
dentro de los diez días siguientes a la notificación de
este escrito, transcurridos los cuales se dará traslado
a la Delegación Provincial del Ministerio de
Economía y Hacienda para que inicie el procedimiento
de recaudación correspondiente. Una vez efectuado
el pago, se remitirá copia del resguardo de ingreso
a la Unidad de ONGD de la AECI.
Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, se podrá interponer recurso
potestativo de reposición ante el Secretario general de
la AECI en el plazo de un mes desde el día siguiente
al de su notificación, en aplicación de la Ley 4/1999,
de 13 de enero, de modificación de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común
(LRJPAC), o recurso contencioso-administrativo
ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses,
a contar desde el día siguiente al de su notificación,
en aplicación de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Lo que se notifica en cumplimiento de lo
establecido en el artículo 58.1 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 5 de marzo de 2002.-La Vicesecretaria
general de la Agencia Española de Cooperación
Internacional, Laura López de Cerain
Salsamendi.-&12.281.
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