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Documento BOE-B-2002-79091

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Norte por la que se anuncia el levantamiento de actas previas a la ocupación de los bienes afectados por las obras del "Proyecto de colector interceptor general del río Cubia. Saneamiento del río Cubia. Terminación del saneamiento de la cuenca del río Nalón. Término municipal de Grado (Asturias)". Clave: 01.333.384/2111.

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 2002, páginas 2590 a 2590 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2002-79091

TEXTO

Por Resolución de la Dirección General de Obras

Hidráulicas y Calidad de las Aguas, Ministerio de

Medio Ambiente, de 22 de junio de 2001, fue

aprobado definitivamente el Proyecto de referencia.

Por Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas

Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y a

los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley

de Expropiación Forzosa, fue declarada la urgente

ocupación de los bienes a que da lugar la realización

de las obras, que han sido declaradas de interés

general del Estado por la Ley 10/2001, de 5 de

julio, del Plan Hidrológico Nacional.

En consecuencia, esta Confederación

Hidrográfica en virtud de las atribuciones que tiene conferidas

ha resuelto convocar a los propietarios afectados,

acto que se les comunicará individualmente, para

que previo traslado a las fincas de ser ello necesario,

se proceda al levantamiento de las actas previas

a la ocupación.

La relación de bienes y derechos afectados se

publicará en los diarios "La Nueva España" y "La

Voz de Asturias" de Oviedo y podrá ser examinada

por los interesados en las oficinas de esta

Confederación Hidrográfica en Oviedo (plaza de

España, número 2) y en el Ayuntamiento de Grado.

El levantamiento de las actas previas tendrá lugar

en el Ayuntamiento de Grado los días 25, 26, 29

y 30 de abril; 2, 3, 6, 7, 8 y 9 de mayo de 2002,

de nueve a catorce horas. A cada afectado se le

comunicará en la citación personal la hora y el

día que le corresponde comparecer.

Al citado acto concurrirán los afectados

personalmente o bien representados por persona con

poder bastante, aportando la documentación

acreditativa de la propiedad o titularidad que se ostente

sobre las fincas, así como el último documento de

pago del impuesto de bienes inmuebles pudiéndose

acompañar de sus Peritos y un Notario, todo ello

a su cargo.

A tenor con lo dispuesto en el artículo 56-2 del

vigente Reglamento de Expropiación Forzosa, los

interesados podrán formular por escrito ante esta

Confederación Hidrográfica las alegaciones que

consideren oportunas a los solos efectos de subsanar

errores que se hayan podido cometer al describir

los bienes objeto de la urgente ocupación.

Oviedo, 22 de marzo de 2002.-El Secretario

general, Tomás Durán Cueva.-10.298.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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