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Documento BOE-B-2002-74107

Anuncio de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, Área de Industria y Energía, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa y reconocimiento de la utilidad pública, el proyecto de instalaciones, el estudio de impacto ambiental y la relación de bienes y derechos afectados del "Gasoducto Huelva-Sevilla-Córdoba. Fase I" y sus instalaciones auxiliares, que discurrirá por los términos municipales de Villamanrique de la Condesa, Pilas, Aznalcázar, Benacazón, Bollullos de la Mitación, La Puebla del Río, Almensilla, Palomares del Río, Coria del Río y Dos Hermanas, en la provincia de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2002, páginas 2454 a 2458 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-B-2002-74107

TEXTO

A los efectos previstos en la Ley 34/1998,

de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos ; en

el Reglamento General del Servicio Público de

Gases Combustibles, aprobado por

Decreto 2913/1973, de 26 de octubre ; en el artículo 86

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en relación con

los artículos 17 de la Ley de Expropiación Forzosa,

de 16 de diciembre de 1954, y 56 de su Reglamento

(Decreto de 26 de abril de 1957), y al amparo

de lo dispuesto en el Real Decreto

Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de

impacto ambiental, y la Ley 6/2001, de 8 de mayo,

que modifica el anterior, se somete a información

pública el proyecto administrativo cuyas

características se detallan a continuación:

Peticionario: "Enagás, Sociedad Anónima", con

domicilio en avenida de América, número 38, 28028

Madrid.

Objeto de la petición: Autorización administrativa

y reconocimiento de la utilidad pública del proyecto

de instalaciones del "Gasoducto

Huelva-Sevilla-Córdoba, fase I" y sus instalaciones auxiliares, que

discurrirá por los términos municipales de

Villamanrique de la Condesa, Pilas, Aznalcázar, Benacazón,

Bollullos de la Mitación, La Puebla del Río,

Almensilla, Palomares del Río, Coria del Río y Dos

Hermanas, en la provincia de Sevilla.

Descripción de las instalaciones:

Trazado: El trazado en la provincia de Sevilla

se inicia en el termino municipal de Villamanrique

de la Condesa pasando a continuación por los

términos municipales de Pilas, Aznalcázar, Benacazón,

Bollullos de la Mitación, La Puebla del Río,

Almensilla, Palomares del Río, Coria del Río y finalizando

en Dos Hermanas (Sevilla).

Instalaciones auxiliares:

Posición F-05.A (punto kilométrico 57,030) a

instalar en nuevo emplazamiento en el término

municipal de Pilas, para alojar una válvula de

seccionamiento manual con "by-pass" de venteo.

Posición F-06 (punto kilométrico 66,000)

existente, en el termino municipal de Aznalcázar, para

alojar una válvula de derivación motorizada.

Posición F-06.1 (punto kilométrico 76,134) a

instalar en nuevo emplazamiento en el termino

municipal de Almensilla, para alojar una válvula de

seccionamiento manual con "by-pass" de venteo.

Posición F-06.2 (punto kilométrico 80,678) a

instalar en nuevo emplazamiento en el termino

municipal de Palomares del Río, para alojar una válvula

de seccionamiento manual con "by-pass" de venteo.

Posición F-07 existente, situada en el interior del

recinto de la estación de compresión de Enagás

en Sevilla, en el término municipal de Dos

Hermanas con trampa para la para la emisión/recepción

de rascadores.

Interconexiones con el Gasoducto Huelva-Sevilla

en las posiciones F-05 y F-06.

Las conexiones a la estación de compresión de

Dos Hermanas.

Instalaciones auxiliares necesarias para el

gobierno del gasoducto.

Tuberías: Tubería de acero al carbono tipo API

5L Gr X70 con diámetro de 30'' y entre 9,5

y 17,5 milímetros de espesor, irá enterrada como

mínimo a 1 metro de profundidad sobre su

generatriz superior, con soldadura longitudinal y/o

helicoidal por doble arco sumergido.

Presión máxima de diseño: 80 bares relativos.

Longitud: La longitud total del trazado en la

provincia de Sevilla es de 36.430 metros (2.804 en

Villamanrique de la Condesa, 4.367 en Pilas, 7.114

en Aznalcázar, 1.034 en Benacazón, 5.370 en

Bollullos de la Mitación, 3.013 en La Puebla del Río,

3.011 en Almensilla, 3.088 en Palomares del Río,

1.348 en Coria del Río y 5.282 en Dos Hermanas).

Presupuesto: En la provincia de Sevilla es

de 17.018.321,55 euros (2.831.610.449 pesetas).

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación

concreta e individualizada de los bienes y derechos

afectados.

Afecciones a fincas privadas: La afección a las

fincas de propiedad privada derivada de la

construcción del gasoducto y sus instalaciones auxiliares

se concreta de la siguiente forma:

Uno.-Expropiación en pleno dominio de los

terrenos sobre los que se han de construir las

instalaciones fijas en superficie.

Dos.-Para las canalizaciones de gas y cable de

comunicaciones del gasoducto:

A) Imposición de servidumbre permanente de

paso de gas a lo largo del trazado de la conducción,

con una anchura de 4 metros, 2 a cada lado del

eje, por donde discurrirá enterrada la tubería o

tuberías que se requieran para la conducción del gas,

así como para el cable de comunicaciones del

gasoducto. Esta servidumbre que se establece estará

sujeta a las siguientes limitaciones al dominio:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o

similares a una profundidad superior a 50

centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a

una distancia inferior a 2 metros a contar del eje

de la tubería.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de

obras, construcción, edificación o efectuar acto

alguno que pudiera dañar o perturbar el buen

funcionamiento de las instalaciones, a una distancia

inferior a 10 metros del eje del trazado, a uno y otro

lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse

siempre que se solicite expresamente y se cumplan las

condiciones que en cada caso fije el órgano

competente de la Administración.

3. Libre acceso del personal y equipos

necesarios para poder mantener, reparar o renovar las

instalaciones, con pago, en su caso, de los daños

que se ocasionen.

4. Posibilidad de instalar los hitos de

señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así

como de realizar las obras superficiales o

subterráneas que sean necesarias para la ejecución o

funcionamiento de las instalaciones.

B) Ocupación temporal de los terrenos

necesarios para la ejecución de las obras, de la franja

que se refleja para cada finca en los planos

parcelarios de expropiación. En esta zona se hará

desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán

las obras necesarias para el tendido e instalación

de la canalización y elementos anexos, ejecutando

las obras u operaciones precisas a dichos fines.

Tres.-Para el paso de los cables de conexión y

elementos dispersores de la protección catódica:

A) Imposición de servidumbre permanente de

paso en una franja de terreno de 1 metro de ancho,

por donde discurrirán enterrados los cables de

conexión. Para los lechos dispersores de la

protección catódica, la franja de terreno, donde se

establece la imposición de servidumbre permanente de

paso, tendrá como anchura, la correspondiente a

la de la instalación más 1 metro a cada lado. Estas

franjas estarán sujetas a las siguientes limitaciones:

Prohibición de efectuar trabajos de arada o

similares a una profundidad superior a 50 centímetros,

a plantar árboles o arbustos y realizar cualquier tipo

de obras, construcción o edificación a una distancia

inferior a 1,5 metros a cada lado del cable de

conexión o del límite de la instalación enterrada

de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el

derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que

hubiera a distancia inferior a la indicada.

Libre acceso del personal y elementos necesarios

para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las

instalaciones, con pago, en su caso, de los daños

que se ocasionen.

B) Ocupación temporal, como necesidad

derivada de la ejecución de las obras, de la zona que

se refleja para cada finca en los planos parcelarios

de expropiación, y en la que se podrá hacer

desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras

necesarias para el tendido y montaje de las

instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras

u operaciones precisas a dichos fines.

Cuatro.-Para las líneas eléctricas:

a) Servidumbre permanente de paso en una

franja de terreno de 1 metro a cada lado del eje

de la línea y en todo su trazado que implicará:

Libre acceso del personal y elementos necesarios

para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las

instalaciones, con pago, en su caso, de los daños

que se ocasionen.

b) Servidumbre permanente de vuelo en una

franja de 15 metros centrada con el eje de la línea,

en la que se establecen:

Prohibición de levantar edificaciones o

construcciones de cualquier tipo, ni efectuar acto alguno

que pueda dañar el buen funcionamiento de la línea,

a una distancia inferior a 7,5 metros del eje de

la línea de postes del tendido.

Prohibición de plantar árboles con altura máxima

superior a 4 metros a una distancia inferior a 3

metros del eje de la línea de postes del tendido.

c) Ocupación temporal de la superficie que se

determina para cada finca en los planos parcelarios,

para realizar las obras necesarias.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los propietarios de terrenos y

demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya

relación se inserta al final de este anuncio para

que pueda ser examinado el expediente en el Área

de Industria y Energía de la Subdelegación del

Gobierno, sita en Sevilla (código postal 41013), en

la plaza de España, Torre Norte, y presentar por

triplicado, en dicho centro, las alegaciones que

consideren oportunas en el plazo de veinte días a partir

del siguiente al de la inserción de este anuncio.

Los planos parcelarios podrán ser igualmente

consultados en los Ayuntamientos afectados.

Sevilla, 11 de marzo de 2002.-El Director del

Área de Industria y Energía, Francisco Maestro

Poyato.-10.016.

ANEXO (ver imágenes páginas 2455 a 2458)

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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