Visto el expediente incoado en la Delegación
Provincial en Lugo de la Consejería de Industria y
Comercio de la Junta de Galicia, a instancia de
"Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima", con
domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid),
paseo del Conde de los Gaitanes, número 177,
solicitando la autorización administrativa y declaración,
en concreto, de utilidad pública de la instalación
que se cita.
Resultando que la petición de "Red Eléctrica de
España, Sociedad Anónima", ha sido sometida a
información pública a los efectos establecidos en
el artículo 9.o del Decreto 2617/1966, de 20 de
octubre, sobre autorización de instalaciones
eléctricas; en el artículo 10 del Decreto 2619/1966,
de 20 de octubre, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, sobre
expropiación forzosa y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas, y en el título IX de la Ley
54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
Resultando que, solicitado informe y
condicionados a los organismos, corporaciones y empresas
que pudieran verse afectadas por la instalación, no
se ha presentado en los informes emitidos ninguna
oposición a la autorización administrativa y
declaración, en concreto, de utilidad pública solicitada.
Resultando que, notificados individualmente los
particulares afectados, se presenta oposición expresa
al proyecto por don Vicente Fernández Fernández
alegando, fundamentalmente, que no cabe
declaración de utilidad pública a los efectos previstos
en el artículo 52, pues no se trata de una instalación
nueva, sino de una sustitución parcial.
Don Jesús López Martínez manifiesta que no está
conforme con los precios que le ofertaron por la
ocupación, y don Ramón Franco Díaz hace
alegación sobre el cambio de titularidad de una parcela.
Resultando que estas alegaciones han sido
contestadas por "Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima".
Visto el informe favorable emitido por la
Delegación Provincial en Lugo de la Consejería de
Industria y Comercio de la Junta de Galicia.
Visto el informe emitido por la Comisión
Nacional de Energía, aprobado en Consejo de
Administración de fecha 14 de febrero de 2002.
Considerando lo establecido en el Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan
las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimiento de
autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentario exigidos en el Decreto 2617/1966,
de 20 de octubre; en el Reglamento aprobado por
el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, y en el
título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre,
del Sector Eléctrico,
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto:
1. Autorizar a "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima", la instalación de la línea eléctrica
a 400 kV, simple circuito, denominada "Entrada
y salida en la subestación de Boimente de la línea
Puentes de García Rodríguez I-Aluminio Español",
en el término municipal de Viveiro (Lugo), cuyas
características principales son:
Sistema: Trifásico.
Capacidad térmica de transporte
(verano/invierno): 2.780/3.280 MVA.
Número de conductores por fase: Dos, tipo RAIL
AW de 516,84 milímetros cuadrados.
Número de circuitos: Uno.
Número de cables de tierra: Dos, compuestos con
fibra óptica de 118 milímetros cuadrados.
Apoyos: Torres metálicas de celosía.
Cimentaciones: Individuales para cada pata del
apoyo, de hormigón en masa.
Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio
templado U 160 BS.
Puesta a tierra: Anillos cerrados de acero
descarburado.
Longitud: 4.800 metros.
Término municipal afectado: Viveiro (Lugo).
La finalidad de la instalación es facilitar la
evacuación a la red de 400 kV de la energía eólica
generada en la zona. Asimismo, la línea tiene por
objeto reforzar la red de transporte, mejorando la
seguridad y fiabilidad del sistema.
2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de
la instalación que se autoriza por la presente
Resolución, a los efectos previstos en el título IX de
la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el excelentísimo señor
Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la
Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un
mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7
de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización
y Funcionamiento de la Administración General del
Estado.
Madrid, 7 de marzo de 2002.-La Directora
general, Carmen Becerril Martínez.-10.393.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid