"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por
"Yesos Ibéricos, Sociedad Anónima", contra
resolución del Tribunal Económico-Administrativo
Regional de Madrid, de fecha 8 de marzo de 1999,
por la que se estimaron en parte las reclamaciones
interpuestas por la entidad interesada
correspondientes al Impuesto sobre Sociedades, ejercicios
1989 y 1990, y se desestimó la correspondiente
al ejercicio 1991, acuerda: Primero.-Estimar en
parte el recurso de alzada interpuesto por la entidad
interesada; segundo.-Revocar las Resoluciones
recurridas referentes a los ejercicios 1989 y 1990
y anular las liquidaciones correspondientes a dichos
ejercicios, y tercero.-Confirmar la Resolución
recurrida referente al ejercicio 1991 y el acuerdo
y liquidación correspondientes al citado ejercicio".
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 5 de marzo de 2002.-Francisco Eiroa
Villarnovo.-8.969.
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