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Resolución de 8 de octubre de 2001, del Excmo.
Sr. Ministro de Fomento, con firma delegada en
el Ilmo. Sr. Secretario de Estado de Infraestructuras
(Resolución delegada de Atribuciones, de 30 de
mayo de 1996), por la que se aprueba el expediente
de información pública y definitivamente el estudio
informativo de clave: E37-S-4590. "Áreas de
Servicio de la A-8. Autovía del Cantábrico. Puntos
kilométricos 139,3 al 199,3. Tramo: El
Haya-Solares". Provincia de Cantabria.
El expediente de información pública y el estudio
informativo han sido informados por el Técnico
Superior Zonal, en fecha 27 de septiembre de 2001
y con fecha 28 de septiembre de 2001 ha sido
propuesta su aprobación por el Subdirector general
adjunto de Conservación y Explotación y por el
Director general de Carreteras, en fecha 28 de
septiembre de 2001. Del contenido de la citada
propuesta y de la documentación que la acompaña
se deducen los siguientes extremos el expediente
reseñado cumple con lo preceptuado en los
artículos 32, 33, 34, 35 y 60 del Reglamento General
de Carreteras (1812/1994, de 2 de septiembre).
En consecuencia, y en uso de la competencia
establecida en el artículo 32 del Reglamento General
de Carreteras, aprobado por el Real Decreto
1812/1994, de 2 de septiembre, resuelve:
1. Aprobar el expediente de información pública.
2. Aprobar definitivamente el estudio
informativo elegido como solución:
Área de Servicio Liendo: Área margen izquierda,
punto kilométrico 166,250.
Área de Servicio Jesús del Monte: Área margen
derecha, punto kilométrico 190,100.
3. En los proyectos que desarrollarán cada una
de las áreas elegidas del estudio informativo, se
tendrán en cuenta las siguientes prescripciones:
3.1 El tratamiento y depuración de aguas
residuales deberá asegurar en todo momento el
cumplimiento de los parámetros característicos mínimos
establecidos en la Ley 29/1985, de 2 de agosto,
de Aguas y su Reglamento (Real Decreto 849/1986,
de 11 de abril).
3.2 Se garantizará la no contaminación de las
capas freáticas y de cauces de aguas superficiales
por el desarrollo del proyecto.
3.3 Los depósitos temporales de materiales se
situarán, como mínimo, a una distancia de 70 metros
de los cursos de agua presentes en la zona de
actuación.
3.4 Se procurará que las actuaciones asociadas
a la realización del proyecto afecten lo menos
posible a la vegetación existente en la zona de desarrollo
del mismo.
3.5 Los productos excedentes de las
excavaciones, así como los materiales procedentes de las
demoliciones se retirarán a un vertedero autorizado.
3.6 Se adoptarán las medidas adecuadas para
minimizar el impacto paisajístico de las edificaciones
asociadas al proyecto, con la inclusión de pantallas
vegetales y revegetación de las restantes zonas de
actuación con especies autóctonas.
3.7 Se adoptarán las medidas previstas en el
estudio de impacto ambiental incluido en el estudio
informativo.
3.8 Se realizarán con especial cuidado los
trabajos de revegetación de los taludes generados por
el desarrollo del proyecto, al objeto de minimizar
los riesgos de erosión de los mismos.
3.9 Se tendrán en cuenta las normas del Plan
Hidrológico del Norte, aparte de las consideraciones
de la Confederación Hidrográfica del Norte sobre
afecciones a acuíferos, red hidrográfica como
sistema de explotación, estudio de todas las cuencas
vertientes que produzcan drenajes longitudinales y
transversales, aprovechamientos de aguas, vertidos
a cauces públicos.
3.10 Los efluentes procedentes de las
instalaciones de la futura Área de Servicio de Jesús del
Monte se conectarán a la tubería situada aguas abajo
de la actual depuradora del Área de Descanso para
evitar la contaminación de los manantiales del
pueblo de Hoz de Anero.
3.11 Se justificará adecuadamente el
cumplimiento de las distancias de seguridad vial y de la
correcta explotación de la carretera.
De acuerdo con el artículo 109.C de la Ley
4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, esta Resolución pone fin a la
vía administrativa.
Santander, 25 de febrero de 2002.-El Jefe de
la Demarcación de Carreteras del Estado en
Cantabria, Vicente Revilla Durá.-&8.505.
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