La Demarcación de Costas de Galicia, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, practica las
siguientes notificaciones, para conocimiento y
demás efectos, a aquellos particulares de fincas
colindantes con el dominio público
marítimo-terrestre a los que intentada la notificación, no se ha
podido practicar:
Avelino Agrelo Figueira (Quintáns.
RianxoA Coruña). Benedicto Agrelo Fungueiro (Quintáns,
87. Rianxo-A Coruña). Ricardo Ares Rey (Quintáns.
Rianxo-A Coruña). Daniel Bustelo Martínez
(Quintáns, 73. Rianxo-A Coruña). Jesusa Figueira Bustelo
(Quintáns. Rianxo-A Coruña). Emilio Figueira
Herbó (Quintáns, 129. Rianxo-A Coruña). Dolores
Figueira Martínez (Quintáns, 28. Rianxo-A Coruña).
Andrés Figueiras S-S (Vacariza. Rianxo-A Coruña).
Vicente Franco S-S (Quintáns. Rianxo-A Coruña).
Asunción Herbón Herbón (Quintáns. Rianxo-A
Coruña). Dolores Herbón Herbón (Iserna, 30.
Rianxo-A Coruña). Jesús Herbón Herbón
(Quintáns, 127. Rianxo-A Coruña). José Ramón Herbón
Herbón (Quintáns, 86. Rianxo-A Coruña).
Asunción Hros. Herbón Rivela (Quintáns. Rianxo-A
Coruña). Manuel Iglesias Noya (Regueiro. Rianxo-A
Coruña). Ángel Hros. Moares González (Quintáns.
Rianxo-A Coruña). Carmen Pérez Gómez (Santa
Baya. Catoira-A Coruña). Benito Raño País (Raño.
Rianxo-A Coruña). José Hros. Raño S-S (Brión.
Rianxo-A Coruña). Josefina Rey S-S (Isorna.
Rianxo-A Coruña). Mercedes Rial Rial (Isorna.
Rianxo-A Coruña). María Josefa Rodríguez S-S
(Vaqueriza. Rianxo-A Coruña). Eliseo Hros. Romero
Rey (Quintáns. Rianxo-A Coruña). José Vidal
Herbón (Quintáns. Rianxo-A Coruña). José Vidal S-S
(Isorna. Rianxo-A Coruña). José Villanuestre Noya
(Vacariza. Rianxo-A Coruña). Marcelina Figueira
González (Rianxo. Rianxo-A Coruña). Benito
Ordóñez Quintáns (Rianxo. Rianxo-A Coruña).
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real
Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que
se aprueba el Reglamento General para desarrollo
y ejecución de la Ley de Costas, modificado
parcialmente por el Real Decreto 1112/1992, de 18
de septiembre, se les notifica la orden de aprobación
del deslinde, Orden de fecha 19 de octubre de 1999.
Esta Dirección General, por delegación del
excelentísimo señor Ministro, y de conformidad con el
Servicio Jurídico, ha resuelto:
I. Aprobar el deslinde según se define en los
planos que se integran en el proyecto y que están
fechados en diciembre de 1995 y octubre 1997,
estos últimos modificados en los que se refiere a
la servidumbre de protección en el núcleo urbano
de Quintáns, Rial y Vacarizas y firmados por el
Jefe de la Demarcación de Costas de Galicia, de
los bienes de dominio público marítimo-terrestre
del tramo de costa de unos doce mil novecientos
setenta y seis (12.976) metros de longitud,
comprendido desde Punta Sereira, hasta el límite con
el término municipal de Dodro, término municipal
de Rianxo (A Coruña).
II. Ordenar al Servicio de Costas de este
Departamento de Galicia que inicie las actuaciones
conducentes a rectificar las situaciones jurídicas
registrales contradictorias en el deslinde aprobado.
III. Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar
la correspondiente concesión a aquellos titulares de
terrenos que pudieran acreditar su inclusión en
algunos de los supuestos contemplados en la disposición
transitoria primera de la Ley 22/1988, de Costas.
Contra la presente Resolución que pone fin a
la vía administrativa puede interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo
de un (1) mes ante el excelentísimo señor Ministro
de Medio Ambiente o, directamente, recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2)
meses, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Los plazos serán contados desde el día siguiente
a la práctica de la notificación de la presente
resolución.
A Coruña, enero de 2002.-Ricardo Babío Arcay,
el Jefe de la Demarcación de Costas en
Galicia.-8.384.
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