Resolución del Director general de la Fundación Luis
Vives sobre modificación del texto de bases
reguladoras publicado en el "Boletín Oficial del Estado"
el 8 de agosto de 2001 y su modificación del 9
de mayo de 2002
Artículo único.
La modificación de las bases reguladoras que a
continuación se describe responde a la introducción
de mejoras que faciliten la presentación de la
documentación a la convocatoria por parte de las
entidades promotoras:
Artículo 3, párrafo 2, cambiar texto:
"Dentro de esta medida, con una prioridad
específica para las organizaciones de voluntariado, serán
financiables todas aquellas acciones que redunden
en la mejora de la eficacia de la actuación de las
organizaciones, especialmente a través de:"
Por:
"Dentro de esta medida, con una prioridad
específica para las organizaciones de voluntariado, serán
financiables todas aquellas acciones que redunden
en la mejora de la eficacia de la actuación en
inserción laboral de colectivos desfavorecidos de las
organizaciones, especialmente a través de:"
Artículo 7.1, párrafo 2, cambiar texto:
"Dichas solicitudes estarán firmadas por el
representante legal de la entidad y deberán estar
acompañadas de la siguiente documentación, compulsada
y debidamente legalizada en el caso de tratarse de
documentación acreditativa de la identidad y/o
naturaleza jurídica de la entidad solicitante y/o del
representante legal:"
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Por:
"Dichas solicitudes deberán presentarse con
firma original del representante legal y sello de la
entidad y debiendo estar acompañadas de fotocopia
simple de la documentación que se relaciona a
continuación. En caso de aprobación del proyecto, esta
documentación se presentará compulsada y
debidamente legalizada, siempre que sea documentación
acreditativa de la identidad y/o naturaleza jurídica
de la entidad solicitante y/o del representante legal:"
Artículo 7.1, párrafo 2, punto 1, cambiar texto:
"1. Memoria del proyecto (de acuerdo con el
guión facilitado por la Fundación Luis Vives)."
Por:
"1. Memoria del proyecto (de acuerdo con el
guión facilitado por la Fundación Luis Vives). La
memoria del proyecto deberá ir acompañada de la
memoria de actividades de la entidad o, en su caso,
de informe de actividades correspondiente al año
anterior de la presentación del presente proyecto."
Artículo 7.1, párrafo 3, cambiar texto:
"Se aportarán dos ejemplares de toda la
documentación que se presente."
Por:
"Se aportarán dos ejemplares del formulario de
solicitud y de la memoria de proyecto, y una sola
copia del resto de la documentación que se
presente."
Madrid, 19 de diciembre de 2002.-El Director
general, Antonio Sánchez López.-56.663.
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