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Documento BOE-B-2002-306052

Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 12 de diciembre de 2002, de notificación de iniciación de procedimiento administrativo de revocación respecto de la autorización otorgada a "Anrosia, Sociedad Limitada", para el establecimiento de un depósito fiscal de bebidas alcohólicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 2002, páginas 10868 a 10868 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2002-306052

TEXTO

Con fecha 4 de septiembre de 2002 el

Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la

Agencia Estatal de Administración Tributaria, en

uso de su competencia, artículo 11 del Reglamento

de los Impuestos Especiales de 7 de julio de 1995,

ha acordado iniciar procedimiento administrativo

de revocación (expediente 702/02 A/EV), respecto

de la autorización que para el establecimiento de

un depósito fiscal de bebidas alcohólicas le fue

otorgado en 26 de febrero de 2001 a la mercantil

"Anrosia, Sociedad Limitada", NIF B-80721319, en las

instalaciones que la indicada empresa tenía

arrendadas en la calle Cobre, número 24, polígono

industrial de San Millán, del término municipal de

Moraleja de Enmedio (Madrid), siendo causa de aquella

iniciación la falta de presentación por parte de la

referida mercantil de la garantía que en

aseguramiento de su funcionamiento fue establecida en

cuantía de 1.660,325 euros por el Delegado Especial

de la Agencia Tributaria de Madrid, de acuerdo

con la previsión del Reglamento de los Impuestos

Especiales de anterior cita.

Ante la imposibilidad de comunicar al interesado

el aludido acuerdo de iniciación de procedimiento,

pese a los intentos habidos al efecto mediante el

servicio postal en los días 9 y 10 de septiembre

de 2002 y a través de Agentes designados al respecto

durante los días 2 y 9 de octubre de 2002, es por

cuanto ha sido resuelto:

Dar cuenta al interesado del acuerdo de incoación

de expediente, de conformidad con lo previsto en

el artículo 59 de la Ley 30/1992, modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero, en su relación con

el artículo 22 de la Ley 1/1998, de 28 de febrero,

de derechos y garantías de los contribuyentes y con

el fin de que en el plazo de diez días desde la

publicación de la presente, puedan ser formuladas

ante el Departamento de Aduanas e Impuestos

Especiales cuantas alegaciones sean de pertenencia.

Y para que sirva de notificación se expide y firma

la presente.

Madrid, 13 de diciembre de 2002.-El Director

del Departamento de Aduanas e Impuestos

Especiales.-54.992.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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