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Documento BOE-B-2002-30026

Resolución de la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles por la que se anuncia la declaración de innecesariedad y ofrecimiento reversional de un inmueble en el término municipal de Santiago de Compostela (A Coruña).

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2002, páginas 882 a 882 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles
Referencia:
BOE-B-2002-30026

TEXTO

El Consejo de Administración de RENFE, en

el uso de las facultades que le confiere su vigente

Estatuto, aprobado por Real Decreto de 28 de enero

de 1994, ha declarado innecesario para la prestación

del servicio ferroviario el inmueble que a

continuación se describe:

Urbana. Parcela de terreno sita en término

municipal de Santiago de Compostela (A Coruña),

correspondiente al recinto de la estación de Cornes,

ubicada entre los kilómetros 0/000 al 0/316 del

tramo clausurado de la línea férrea de Santiago

Cornes a Villagarcía. Tiene una superficie de 17.041

metros cuadrados, presentando forma irregular y

los siguientes linderos: Norte, camino perpendicular

a avenida Vilagarcía de Arousa; sur, avenida Antonio

Fraguas y A. Ponte Pequena; este, "Estudio 5 de

Gestión de Proyectos, Sociedad Anónima",

"Estudio 5 de Gestión de Proyectos, Sociedad Anónima",

don Ramón Meijide Sánchez, "Ouzande, Sociedad

Limitada", doña Encarnación Varela Mayo y doña

Rosalía Vilariño Iglesias; oeste, avenida Antonio

Fraguas, "Estudio 5 de Gestión y Proyectos, Sociedad

Anónima", don Arturo Hortas Mejide, don Jesús

López Moure, "Mubasal, Sociedad Anónima",

"Mubasal, Sociedad Anónima, "Mubasal, Sociedad

Anónima" (56,76 por 100) y don José Aurelio

Fernández García, don Aurelio Fernández Calvo y doña

Basilisa García Orois (43,24 por 100),

"Promociones Gallegas, Sociedad Anónima", don Antonio

Regueiro Rivas, doña Amelia Rodríguez Piñeiro,

don Severino Roma y Ferro, doña María Luisa

Rozados Espiña, "Ruafer, Sociedad Anónima", traseras

de los edificios de la avenida García Prieto,

números 1, 3, 5, 7, 9 y 11, doña Lucila y doña Alicia

Verde Fernández y doña Lucila y doña Alicia Verde

Fernández.

La descrita parcela fue adquirida por título de

expropiación forzosa, según consta en el inventario

de bienes inmuebles de RENFE, a los siguientes

propietarios: doña María Aldrey, doña Concepción

Díaz Sejade, don Francisco Fernández, don

Domingo Freiría, don Juan Freiría, doña Margarita Gerpe,

don José Iglesias, don Ignacio Insua, don Juan

Lamerino, don Benito Lema, don Ramón Lema,

don Domingo Mareque, don Francisco Mariño,

doña Josefa Pereira, don Manuel Pérez, don Vicente

Pérez, don Francisco Picó, don Marcelino Rey, doña

Manuela Seoane, don José Tarrio, don Andrés

Trasmonte, don Jacinto Vázquez, don Gabriel Vidal,

hijos de don Francisco Bautista, don Benito

Fernández, doña Mercedes Insua, don José Lema

Martínez, don Francisco Manteiga, don Antonio Seoane

Carballo, doña Áurea Souto y viuda de don Alberto

Vidán.

El tiempo transcurrido desde la adquisición de

este inmueble y asimismo, los avatares de todo tipo

acontecidos desde entonces, imposibilitan

materialmente la notificación individualizada a los titulares

de posibles derechos, por lo que procede realizar

dicha notificación de forma pública, de acuerdo con

lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, de 26 de

noviembre de 1992, en la nueva redacción recogida

en la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lo que se hace público a los efectos de dar

cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 54 y 55

de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de

diciembre de 1954, en su nueva redacción dada por la

Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación

de la Edificación, y en el artículo 65 de su

Reglamento de 26 de abril de 1957, e igualmente en

cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala

de lo Contencioso-Administrativo, Sección Octava,

de la Audiencia Nacional, con fecha 13 de

septiembre de 2000. Las solicitudes de reversión

deberán formularse mediante instancia dirigida al

excelentísimo señor Ministro de Fomento, Dirección

General de Ferrocarriles, Servicio de Reversiones,

dentro del plazo de tres meses, contados a partir

de la fecha de su publicación.

Madrid, 23 de enero de 2002.-El Director

Gerente de la UN de Patrimonio y Urbanismo, Beltrán

Caruana Velázquez.-3.648.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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