Con fecha 21 de noviembre de 2001, el ilustrísimo
señor Director general de Industria, Energía y
Minas, ha dispuesto lo siguiente:
Vista la petición interesada por don Francisco
García del Valle, en nombre y representación de
la entidad "García del Valle Estudios y Proyectos,
Sociedad Limitada", con domicilio social en el paseo
de la Chopera, 198, 28100 Alcobendas (Madrid),
en solicitud de aprobación de modelo para el sistema
Características metrológicas:
Versión GV/LC/CM-S3-M5 GV/LC/CM-S3-M7 GV/LC/CM-S3-M15
Contador volumétrico M5 M7 M15
Caudal máx. 220 l/mín. 380 l/mín. 760 l/mín.
Caudal mín. 50 l/mín. 50 l/mín. 100 l/mín.
Sumini. mín. 100 litros
de medida instalado sobre camiones-cisterna
destinados al transporte por carretera y al suministro
de líquidos de poca viscosidad (viscosidad " 20
mPa.s) y almacenados a la presión atmosférica, con
excepción de los líquidos alimentarios, marca
"García del Valle", modelo GV/LC/CM-S3 en sus
distintas versiones, provisto de un contador
volumétrico marca "Liquid Controls";
Vista la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de
Metrología, el Real Decreto 1616/1985, de 11 de
septiembre, por el que se establece el Control
Metrológico que realiza la Administración del Estado, así
como la Orden de 26 de diciembre de 1988 por
la que se regula el control de los contadores
volumétricos de líquidos distintos del agua y de sus
dispositivos complementarios y la Orden de 28 de
diciembre de 1988, por la que se regulan los sistemas
de medida de líquidos distintos del agua;
Resultando que dicha entidad ha presentado la
documentación exigida en la normativa arriba citada;
Considerando que el contador volumétrico y sus
dispositivos complementarios poseen aprobación de
modelo CEE número UK81.1782, emitida por la
Secretaría de Estado para el Comercio y la Industria
(Secretary of State for Trade and Industry) del Reino
Unido;
Considerando que el separador de gases posee
aprobación de modelo CEE número UK81-1783,
emitida por la Secretaría de Estado para el Comercio
y la Industria (Secretary of State for Trade and
Industry) del Reino Unido;
Considerando que el sistema de medida está de
acuerdo con el esquema S3 contemplado en el
punto 4.2 de la Orden de 28 de diciembre de 1988,
por la que se regulan los sistemas de medida de
líquidos distintos del agua;
Considerando que en la documentación presentada
se acredita que cumple con las exigencias generales
establecidas en la citada Orden;
Considerando que en la tramitación del expediente
se han cumplimentado todos los trámites
reglamentarios,
De conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de
25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto
de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
modificado por las Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de
marzo y 5/1998, de 7 de julio, así como el
Decreto 239/2001, de 11 de octubre, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Economía
e Innovación Tecnológica, por el que se atribuye
a esta Dirección General el ejercicio de las
competencias sobre esta materia,
Esta Dirección General de Industria, Energía y
Minas, en uso de sus atribuciones, resuelve:
Primero.-Conceder aprobación de modelo, a favor
de la entidad "García del Valle Estudios y Proyectos,
Sociedad Limitada", del sistema de medida instalado
sobre camiones-cisterna destinados al transporte por
carretera y al suministro de líquidos de poca
viscosidad (viscosidad " 20 mPa.s) y almacenados a
la presión atmosférica, con excepción de los líquidos
alimentarios, marca "García del Valle", modelo
GV/LC/CM-S3.
Las denominaciones y características son:
Marca: "García del Valle".
Modelo: GV/LC/CM-S3.
Versiones: GV/LC/CM-S3-M5, GV/LC/CM-S3-M7 y
GV/LC/CM-S3-M15.
Características metrológicas:
Versión GV/LC/CM-S3-M5 GV/LC/CM-S3-M7 GV/LC/CM-S3-M15
Presión máx. 6 bar 8 bar 10 bar
Clase de líquidos a medir Hidrocarburos líquidos (a excepción de GLP)
Margen Temp. -10 oC a + 50 oC
Segundo.-El signo de aprobación de modelo
asignado será:
H-004
16
01009
Tercero.-Los sistemas de medida
correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta
Resolución llevarán, como mínimo, de manera
visible e indeleble, las siguientes inscripciones de
identificación (en su placa de características), además
de las propias de los elementos que los conforman
(en particular la del contador volumétrico y el
separador de gases):
Nombre y anagrama del fabricante.
Denominación del modelo y versión.
Número de serie y año de fabricación.
Caudal máximo en l/mín.
Caudal mínimo en l/mín.
Suministro mínimo en litros.
Presión máxima de funcionamiento, en bares.
Clase de líquidos a medir.
Margen de temperatura de funcionamiento, en
grados centígrados.
Signos de aprobación de modelo.
Indicación del esquema adoptado.
Cuarto.-Para garantizar un correcto
funcionamiento de los sistemas se procederá a su precintado
una vez realizada la verificación primitiva, según
se describe y representa en los planos contenidos
en el anexo al Certificado de Aprobación de Modelo.
Quinto.-Los sistemas correspondientes a la
aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución
deberán cumplir todos los condicionamientos
contenidos en el anexo al Certificado de Aprobación
de Modelo.
Sexto.-De conformidad con lo establecido en el
artículo 2.o del Real Decreto 1616/1985, de 11 de
septiembre, la presente aprobación de modelo tiene
validez hasta el próximo 1 de noviembre de 2011
pudiendo ser prorrogada por períodos sucesivos, que
no podrán exceder cada uno de diez años, previa
solicitud presentada por el titular de la misma tres
meses antes de la fecha de vencimiento.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la
vía administrativa, podrá interponer recurso de
alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente
a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el
excelentísimo señor Consejero de Economía e
Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid,
de conformidad con el artículo 114 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común,
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva
redacción dada por la Ley 4/1999.
Madrid, 22 de noviembre de 2001.-El Jefe de
Servicio de Inspección e Infraestructura Industrial,
Rogelio Garrido Simón.-&2.491.
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