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Documento BOE-B-2002-254114

Resolución de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones sobre la solicitud de otorgamiento de una concesión provisional para la prestación del servicio de televisión por cable a "Instalaciones Granada, Sociedad Limitada".

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 23 de octubre de 2002, páginas 8755 a 8755 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-B-2002-254114

TEXTO

No habiendo sido posible, tras intentarse dos

veces por correo certificado, la notificación al

interesado en el expediente número 2002/6464,

correspondiente a "Instalaciones Granada, Sociedad

Limitada", por causas no imputables a esta Comisión

del Mercado de las Telecomunicaciones, se procede,

de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, a notificar por

este medio que con fecha 2 de septiembre de 2002

se ha dictado resolución en cuya parte dispositiva

se resuelve:

Primero.-Se tiene por desistida a "Instalaciones

Granada, Sociedad Limitada", respecto de su

solicitud de otorgamiento de una concesión provisional

para seguir prestando el servicio de televisión por

cable en la localidad de Granada y se declara

concluso el procedimiento abierto en relación con el

expediente 2002/6464.

Segundo.-Que se proceda a notificar a la Sala

de lo Contencioso Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía la presente

resolución.

Asimismo, se pone de manifiesto que contra la

citada Resolución que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo,

recurso de reposición ante el Consejo de esta

Comisión en el plazo de un mes desde el día siguiente

al de la presente publicación o, directamente,

recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo

Contencioso Administrativo de la Audiencia

Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el

día siguiente a la presente publicación, de acuerdo

con lo establecido en el artículo 1.ocho de la

Ley 12/1997, de 24 de abril, de Liberalización de

las Telecomunicaciones, la disposición adicional

cuarta, apartado 5, de la Ley 29/1998, de 13 de

julio, Reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa y el artículo 116 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y sin perjuicio de lo previsto

en el número 2 del artículo 58 de la misma Ley.

Madrid, 2 de octubre de 2002.-P. D. del Consejo

de la Comisión del Mercado de las

Telecomunicaciones (Resolución de 18 de febrero de 1997,

"Boletín Oficial del Estado" de 29 de enero de 1998),

e Secretario del Consejo y de la Comisión del

Mercado de las Telecomunicaciones, José Giménez

Cervantes.-&44.999.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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