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Documento BOE-B-2002-236102

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía de Málaga por la que se declara la utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto línea aérea -subterránea de media tensión 15/20 KV subestación nueva rondaC.T. Industrias Lácteas Angulo.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 2002, páginas 7965 a 7966 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2002-236102

TEXTO

Visto el expediente tramitado a instancia de la

"Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad

Anónima", para la declaración de utilidad pública de

las instalaciones correspondiente al proyecto de

referencia, y en orden a los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.-Mediante escrito, de fecha 30 de

noviembre de 2001, la mercantil "Compañía

Sevillana de Electricidad, Sociedad Anónima", solicitó

la declaración de utilidad pública de las instalaciones

correspondientes al proyecto Línea aérea

-subterránea de media tensión 15/20 KV. Subestación nueva

Ronda- C.T. Lácteas Angulo, cuyas instalaciones

fueron autorizadas por Resolución de esta

Delegación Provincial de fecha 26 de octubre de 2001.

A esta solicitud la compañía peticionaria adjuntó

relación concreta e individualizada de los bienes

y derechos que consideraba de necesaria

expropiación u ocupación.

Segundo.-El trámite de información pública de

este expediente se realizó mediante exposición en

el tablón de edictos del Ayuntamiento de Ronda

y anuncio en las siguientes publicaciones:

"Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" número

59, de 21 de mayo de 2002.

"Boletín Oficial del Estado" número 142, de 14

de junio de 2002.

"Boletín Oficial de la Provincia de Málaga"

número 96, de 22 de mayo de 2002.

"Diario Sur" de fecha 11 de mayo de 2002.

Tercero.-Durante el período de información

pública formularon alegaciones, don Adolfo Castro

Vázquez, quien mediante escrito de fecha 13 de

junio de 2002, muestra su oposición a la declaración

de utilidad pública por suponer ésta una abusiva

imposición de cargas sobre su finca, al tener otras

dos servidumbres de paso e instalación de apoyos

en esta propiedad, existiendo alternativas posibles

para esta línea que son menos onerosas para sus

intereses. Asimismo, se opone a la declaración de

utilidad pública y urgente ocupación por no reunir

los requisitos legales para su reconocimiento, doña

Aurora Guzmán Guzmán, mediante escrito de fecha

11 de junio de 2002, tras alegar que es titular de

una de las fincas afectadas por este expediente, con

una superficie a expropiar de 500 metros cuadrados,

se opone a la declaración de utilidad pública de

esta instalación por no reunir los requisitos exigidos

en la Ley de Expropiación Forzosa; por estar

atravesada esta finca por otra línea de alta tensión y

por los peligros que se derivan de la proximidad

de estas líneas eléctricas.

Cuarto.-Trasladados los escritos de alegaciones

citados a la entidad beneficiaria de este

procedimiento ésta contestó mediante escritos de fecha

8 de julio de 2002, a lo alegado por don Adolfo

Castro Vázquez, que las dos servidumbres de paso

existentes en la actualidad fueron constituidas con

las oportunas autorizaciones de sus anteriores

propietarios; que el trazado de esta línea cumple con

las condiciones establecidas en la legislación vigente

en esta materia y que esta instalación eléctrica reúne

los requisitos previstos en la Ley de Sector Eléctrico

sobre declaración de utilidad pública a efectos de

expropiación forzosa. A las alegaciones planteadas

por doña Aurora Guzmán Guzmán manifiesta que

la superficie a la que ésta se refiere aparece en

la relación de bienes y derechos como superficie

a ocupar temporalmente y no a expropiar, en cuanto

al resto de las alegaciones repite lo ya expuesto

respecto al anterior alegante y que se dan por

reproducidas.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Delegación Provincial es

competente para conocer y resolver el presente expediente

conforme a lo establecido en los Reales

Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de

29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y

servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía,

en materia de Industria, Energía y Minas; Decreto

de Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre

reestructuración de las Consejerías y Decreto 244/2000,

de 31 de mayo, que regula la estructura orgánica

de la Consejería de Empleo y Desarrollo

Tecnológico.

Vistas la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del

Sector Eléctrico; Decreto 1955/2000, de 1 de

diciembre, sobre autorización de instalaciones

eléctricas; Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de

diciembre de 1954; Reglamento de la Ley de

Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de

abril de 1957 y demás disposiciones de especial

y pertinente aplicación, en especial la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, esta Delegación Provincial,

Resuelve: Declarar la utilidad pública de la

instalación eléctrica de referencia a los efectos previstos

en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de

noviembre, del Sector Eléctrico.

Contra la presente Resolución, que no agota la

vía administrativa, podrá interponerse recurso de

alzada ante el excelentísimo señor Consejero

de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta

de Andalucía, en el plazo de un mes, contado desde

el día siguiente a su notificación, conforme

determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, según redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Málaga, 2 de septiembre de 2002.-La Delegada

provincial, Isabel Muñoz Durán.-&42.132.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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