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De acuerdo con lo establecido en el Decreto
99/1997, de 11 de julio, por el cual se regula el
procedimiento aplicable a la tramitación de las
instalaciones eléctricas de la Comunidad Autónoma
de las Illes Balears ("Boletín Oficial de les Illes
Balears número 93, de 26 de julio de 1997), los
artículos 52, 53 y 54 de la Ley 54/1997, de 27
de noviembre, del Sector Eléctrico ("Boletín Oficial
del Estado" número 285, de 28 de noviembre de
1997), y el artículo 144 del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre ("Boletín Oficial del
Estado" número 310, de 27 de diciembre de 2000);
además de la vigente Ley de Expropiación Forzosa
y su Reglamento, que también resultan de aplicación
supletoria conforme a lo dispuesto en el artículo
55 de la Ley 54/1997, se somete al trámite de
información pública la solicitud de autorización
administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad
pública, para la construcción de la instalación
eléctrica que se detalla a continuación:
Reforma de la línea de alta tensión a 66 kv
"Alcudia-La Puebla". Interferencia con la carretera de
acceso a Es Murterar en el término municipal de
Alcudia.
Peticionario: "Endesa Distribución Eléctrica,
Sociedad Limitada" Unipersonal. Domicilio: Calle
Juan Maragall, 16, Palma.
Situación de la instalación: Término municipal
de Alcudia.
Finalidad de la instalación: Eliminar la
interferencia de la línea existente con la nueva variante
que, desde la carretera C-713, permita el acceso
de camiones de gran tonelaje a la Central Térmica
de "Es Murterar".
Datos técnicos: Reforma linea aérea a 66 kv
"Alcudia-La Puebla", desplazamiento del apoyo número
23 con la finalidad de cumplir las distancias
reglamentarias respecto de la carretera y sustitución de
los actuales apoyos números 22, 24, 25 y 26 para
adaptarlos a los esfuerzos y condiciones de seguridad
reglamentarios. Tramo de 872 metros, conductores
de Al-Alw Gull de 381,5 milímetros cuadrados de
sección.
Presupuesto: 181.196,53 euros.
La declaración, en concreto, de utilidad pública
en virtud de lo que establece el artículo 54 de la
ley 54/1997, llevará implícita en todo caso la
necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición
de los derechos afectados e implicará la urgente
ocupación a efectos del artículo 52 de la ley de
expropiación forzosa. En el correspondiente
expediente de expropiación la entidad peticionaria de
la instalación asumirá, en su caso, la condición de
entidad beneficiaria.
Esta información se hace pública para
conocimiento general y especialmente para los propietarios
y demás titulares afectados por la ejecución de las
obras, cuya relación se adjunta al final de este
anuncio; todo ello para que cualquier interesado pueda
examinar el proyecto de la instalación, en la sede
de la Consejería de Economía, Comercio e Industria,
en la calle de San Felio, 8-A de Palma, y puedan
formular al mismo tiempo, en el plazo de veinte
días a partir del día siguiente al de la publicación
de este anuncio, las alegaciones que se consideren
oportunas, inclusive las procedentes, en su caso,
en virtud del artículo 161 del Real Decreto
1955/2000, así como aportar por escrito los datos
oportunos para subsanar posibles errores en la
relación indicada.
Asimismo, esta publicación se realiza a efectos
de la notificación prevista en el apartado 4 del
artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de régimen jurídico de las administraciones públicas
y del procedimiento administrativo común.
Anexo
Relación concreta e individualizada de bienes
y derechos afectados
"White Horse Mallorca Propierty, Sociedad
Limitada" (Grupo Hotetur).
Parcela 23, Complejo Residencial Bellevue.
Avenida Pere Más i Reus, Puerto de Alcudia.
Afección:
Longitud de vuelo de conductores entre apoyos
22 y 23 = 44 metros.
Superficie afectada por el vuelo: 44 ^ 18 = 792
metros cuadrados.
Apoyo: número 22.
Superficie total de la base de apoyos:
1,9 ^ 1,9 = 3,61 metros cuadrados.
Palma de Mallorca, 20 de agosto de 2002.-La
Directora general de Industria, Francisca Vives
Amer.-40.342.
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