Notificación a la empresa "Cines Bahía, S.L.",
de Murcia, de la resolución de expediente de fecha
18 de junio de 2002, recaída en el expediente
sancionador número 114/01, por infracción de la
normativa que regula la actividad de exhibición
cinematográfica.
Habiéndose intentado, sin efecto, la notificación
ordinaria a la empresa se le comunica que por el
Ilmo. Sr. Director general de este Instituto se ha
dictado resolución de fecha 18 de junio de 2002,
por la que se resuelve el expediente sancionador
114/01 instruido contra la empresa expedientada,
cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
Visto el expediente y la propuesta anterior, este
Instituto ha resuelto imponer a la empresa "Cines
Bahía, S. L.", titular del Cinematógrafo "Terraza
Mastia", de Mazarrón (Murcia), la sanción de multa
de novecientos un euro y cincuenta y dos céntimos
(901,52) euros.
Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos
previstos en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, significando que
el texto íntegro de la citada Resolución se encuentra
archivado en la Secretaría General de este
Organismo, plaza del Rey, n.o 1, en Madrid. Esta
resolución es definitiva en la vía administrativa, de
acuerdo con lo establecido en la disposición adicional
decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril,
de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado (LOFAGE), y contra
la misma cabe interponer recurso
contenciosoadministrativo ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, conforme a lo
establecido en el artículo 9, c) de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción
ContenciosoAdministrativa, en el plazo de dos meses, a contar
desde el día siguiente a la fecha de la notificación
de la presente resolución, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 8 de agosto de 2002.-La Secretaria
general, Milagros Mendoza Andrade.-39.017.
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