En cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, conforme a la redacción dada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 2000, y
no habiendo sido posible notificar a don Alfonso
Hernando Urquía (17.736.920-X) el Acuerdo de 20
de julio de 2001, relativo al reintegro de pagos
indebidos, y cuyo texto completo es el siguiente:
"Por este Servicio de Retribuciones al ex Guardia
Civil, don Alfonso Hernando Urquía (17.736.920-X),
se le ha abonado la cantidad líquida de ochocientos
veinticinco euros cuarenta y ocho céntimos (825,48
euros) (137.349 pesetas) en concepto de haberes,
en el período comprendido entre el 28 de marzo
de 2001 y el 30 de abril de 2001, abonada en las
nóminas de los meses de marzo y abril. Y habiéndose
constatado que durante el período señalado no le
correspondía el percibo de la cantidad mencionada,
en cumplimiento de la resolución 160/07850/01,
de 25 de abril (BOD número 89) por la que pierde
la condición de Guardia Civil y de militar de carrera
a partir del día 28 de marzo de 2001.
Consecuentemente deberá ingresar el expresado importe
mediante carta de pago en la Delegación de
Hacienda correspondiente a su domicilio fiscal (domicilio
fiscal del interesado: Calle Andrés Vicente, 30, piso
9, letra B, 50017 Zaragoza."
Al mismo tiempo se comunica que en el plazo
de quince días hábiles, contados a partir del siguiente
al de la recepción de está notificación, podrá
formular cuantas alegaciones estime pertinentes. Dicho
escrito será presentado o remitido a cualquiera de
los Registros u Oficinas a que hace referencia el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de la Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
("Boletín Oficial del Estado" del 27) y,
preferentemente, por razones de mayor agilidad a la
Subdirección General de Personal, Servicio de
Retribuciones de la Guardia Civil (carretera Andalucía,
kilómetro 25,500), aportando las pruebas necesarias
para corroborar sus alegaciones.
En el supuesto de no efectuar alegaciones dentro
del plazo legalmente establecido, el contenido de
la presente notificación servirá de propuesta de
resolución.
Lo que se comunica para su conocimiento y
efectos oportunos.
Valdemoro, 26 de julio de 2001.-El Coronel, Jefe
del Servicio de Retribuciones, Agustín García
Crespo.-36.576.
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