El Real Decreto-Ley 9/1998, de 28 de agosto,
aprueba y declara de interés general la obra de
saneamiento y depuración de aguas residuales urbanas
en Vegas Bajas, llevando implícito la de utilidad
pública, a los efectos previstos en los artículos 9, 10
y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de
Expropiación Forzosa y la de urgencia, a los efectos
de la ocupación de los bienes afectados a que se
refiere el artículo 52 de la citada Ley.
Con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en
los artículos 17 y siguientes de la citada Ley, se
somete a información pública la relación de bienes
y derechos objeto de la expropiación, la cual se
publica en el Boletín Oficial de la provincia de
Badajoz, en el Diario "Hoy", y en el tablón de anuncios
de los Ayuntamientos afectados, para que en el plazo
de quince días cualquier persona interesada pueda
formular alegaciones a los solos efectos de subsanar
posibles errores en la misma.
Badajoz, 27 de junio de 2002.-El Secretario
general, Diego de la Cruz Otero.-&33.770.
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