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En uso de las atribuciones que me han sido
conferidas por las disposiciones vigentes, dispongo:
Primero.-Incoar el expediente de expropiación
forzosa de los bienes y derechos afectados por el
proyecto de arteria aductora del campo de pozos
de la cuenca del Guadarrama, 2.a fase (canal de
Picadas-Brunete), en los términos municipales de
Valdemorillo, Villanueva de la Cañada y Brunete,
en el que la entidad beneficiaria es el Canal de
Isabel II.
Segundo.-Someter a información pública durante
el plazo de quince días, a los efectos previstos en
los artículos 17.1, 18 y 19 de la Ley de Expropiación
Forzosa, la relación de bienes y derechos afectados
por el mismo.
La relación de bienes y derechos afectados podrá
examinarse durante el mencionado plazo, contado
a partir del siguiente a la publicación de esta Orden
en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid",
en la División de Expropiaciónes del Canal de
Isabel II, calle Santa Engracia, número 108, de nueve
a catorce horas, y en los Ayuntamientos de
Valdemorillo, Villanueva de la Cañada y Brunete.
Durante dicho período, las personas afectadas por
la expropiación y cualesquiera otras interesadas
podrán formular cuantas alegaciones estimen
oportunas, mediante escrito dirigido a la Consejería de
Medio Ambiente, calle Princesa, número 3, 28008
Madrid, o bien al Canal de Isabel II, División de
Expropiaciónes, calle Santa Engracia, número 108,
28003 Madrid, y presentado en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999. De
igual modo, se podrán presentar las alegaciones que
tengan por fin subsanar posibles errores en la
descripción material o legal de las fincas afectadas.
La presente publicación se hace, asimismo, a los
efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, en cuanto a posibles
afectados desconocidos o de ignorado domicilio.
Madrid, 19 de diciembre de 2001.-El Consejero
de Medio Ambiente, Pedro Calvo Poch.-&1.803.
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