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Este Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, como resolución del recurso de alzada
interpuesto por "C.P.B., Sociedad Limitada", como
resolución al presente recurso de alzada, contra fallo
del Tribunal Económico-Administrativo Regional de
Cataluña de 22 de febrero de 2001, recaído en la
reclamación número 08/1331/00 sobre diligencia
de embargo de cuentas bancarias, acuerda:
Desestimarlo y confirmar el fallo impugnado.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 24 de junio de 2002.-El Vocal Jefe de
la Sección 11.a, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-32.693.
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