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Documento BOE-B-2002-133060

Resolución de la Dirección General de Industria y Energía de la Consejería de Desarrollo Industrial e Innovación Tecnológica, de autorización administrativa de instalación eléctrica y declaración, en concreto, de utilidad pública. Instalación: Soterramiento de la línea de alta tensión 66 KV desde S. E. Geneto a subestación dique, entre el Hogar Gomero y Valle Tabares (primera fase), en el término municipal de San Cristóbal de l a Laguna . Expediente número SE2001/011.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 2002, páginas 4445 a 4445 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Canarias
Referencia:
BOE-B-2002-133060

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dirección

General de Industria y Energía, a petición de la Compañía

UNELCO, con domicilio en capital, solicitando

autorización administrativa y declaración, en

concreto, de utilidad pública a los efectos de la

instalación anteriormente epigrafiada.

Visto el informe que se adjunta, emitido por el

Servicio de Instalaciones Energéticas, de la

Dirección General de Industria y Energía, de fecha 19

de febrero de 2002, informando favorablemente,

la procedencia de autorización administrativa y

declaración, en concreto de utilidad pública.

Vistos los trámites previstos en el capítulo V del

Decreto 26/1996, de 9 de febrero, por el que se

simplifican los procedimientos administrativos

aplicables a las instalaciones eléctricas ("Boletín Oficial

de Canarias" número 28, de 4 de marzo de 1996,

y "Boletín Oficial de Canarias" número 145, de

3 de noviembre), que modifica los procedimientos

regulados en el Decreto 2617/1966 de 20 de

octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas.

Visto lo establecido en la Ley 54/1997, del Sector

Eléctrico, y Real Decreto 1955/2000, de 1 de

diciembre, por el que se regulan las actividades de

transporte, distribución comercialización,

suministro y procedimiento de autorización instalaciones

de energía eléctrica y Ley 11/1990, de 13 de julio,

de Prevención del Impacto Ecológico,

Esta Dirección General de Industria y Energía,

resuelve:

Número resolución: DG-196. Fecha: 26 de

febrero de 2002.

1.o Autorizar a la compañía UNELCO, la

instalación eléctrica referida.

Características técnicas: Soterramiento del tramo

de la línea de alta tensión de tensión nominal 66

kV. denominada S.E. Geneto a S.E. Dique del Este,

comprendido entre los apoyos números 49 y 54

actuales (11 y 16 del proyecto original).

Los apoyos números 49 y 54 se sustituyen por

otros a finales de línea tipo Drago 2500 h5 de

18 metros de altura (número 49) y Drago 1600

H4 de 21 metros de altura (número 54).

Línea subterránea, doble circuito, conductores de

aluminio de 800 mm2 de sección, para un total

de 2.100 metros, discurriendo por las calles:

Carretera C-820 de Santa Cruz de Tenerife a La Laguna

(200 metros), calle Siempreviva (200 metros), calle

Laurisilva (400 metros), carretera Tabares (1.035

metros), en la zona conocida como la Higuerita,

del término municipal de La Laguna.

2.o Declarar, en concreto, la utilidad Pública de

la instalación que se autoriza, a los efectos señalados

en el artículo 52.1 de la Ley 54/1997, del Sector

Eléctrico, y artículo 140 del Real Decreto 155/2000,

de 1 de diciembre, por el que se regulan las

actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimiento de autorización

de instalaciones de energía eléctrica.

Finalidad de la instalación: Mejorar la red de

transporte de energía, con el fin de dar satisfacción al

aumento de la demanda en la zona y garantizar

la continuidad del suministro.

La instalación a que se refiere la presente

resolución no podrá entrar en servicio mientras no

cuente el peticionario de la misma con la aprobación

de su proyecto de ejecución.

La Dirección General de Industria y Energía

podrá dejar sin efecto la presente resolución en

cualquier momento que se compruebe el incumplimiento

de las condiciones impuestas y exigirá el inicio de

un nuevo trámite administrativo.

Esta autorización es independiente de cualquier

otra que reglamentariamente sea obligatoria

disponer.

La autorización se concede de acuerdo con los

preceptos citados y de conformidad con las

atribuciones conferidas por los Reales Decretos

2578/1982, de 24 de julio, y 2091/1984, de 26

de septiembre, y con sujeción a las condiciones

específicas que se relacionan.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la

vía administrativa, cabe interponer recurso de

alzada, ante el Viceconsejero de Desarrollo Industrial

e Innovación Tecnológica, en el plazo de un mes

a contar desde el día siguiente al de su notificación,

según se establece en los artículos 114 y 115 de

la vigente Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín

Oficial del Estado" número 12, del 14), de

modificación de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre

("Boletín Oficial del Estado" número 285, de 27

de noviembre), de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, 21 de marzo de 2002.-El

Director general de Industria y Energía, Wenceslao

Berriel Martínez.-23.892.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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