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Documento BOE-B-2002-114062

Resolución del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, Delegación Territorial de Lérida, ICT/2002, de 7 de marzo, de autorización administrativa, declaración de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de una instalación eléctrica (expediente 00/00043759; ref. A-8533-RLT).

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 13 de mayo de 2002, páginas 3822 a 3823 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2002-114062

TEXTO

La empresa "Fecsa-Enher I, Sociedad Anónima",

con domicilio social en la avenida Paralel, 51, de

Barcelona (Barcelonés), ha solicitado ante el

Departamento de Industria, Comercio y Turismo la

autorización administrativa, la declaración de utilidad

pública y la aprobación del proyecto de ejecución

de la línea eléctrica a 25 kV al centro de medición

número 1743, estación de bombeo, titularidad de

"Regs de Catalunya, Sociedad Anónima", para la

alimentación del canal de Balaguer, en los términos

municipales de Alfarràs e Ivars de Noguera.

En cumplimiento de los trámites que establece

el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de

noviembre, por el que se determinan los procedimientos

administrativos aplicables a las instalaciones

eléctricas; los Decretos 2617/1966, de 20 de octubre,

sobre las normas para el otorgamiento de

autorización administrativa en materia de instalaciones

eléctricas, y 2619/1966, también de 20 de octubre,

por el que se aprueba el Reglamento sobre

expropiación y sanciones en materia de instalaciones

eléctricas, de aplicación según la disposición transitoria

undécima del Real Decreto 1955/2000, de 1 de

diciembre, por el que se regulan las actividades de

transporte, distribución, comercialización,

suministro y procedimientos de autorización de

instalaciones eléctricas, la solicitud mencionada ha sido

sometida a un período de información pública mediante

el anuncio publicado en el "Diari Oficial de la

Generalitat de Catalunya" número 3305, de 15 de enero

de 2001; en el "Boletín Oficial del Estado" número

134, de 5 de junio de 2001, y en el diario "El

Segre", de 5 de enero de 2001.

Paralelamente al trámite de información pública,

considerando que la empresa "Fecsa-Enher I,

Sociedad Anónima", no ha podido llegar a un acuerdo

mutuo con todos los propietarios afectados por esta

instalación eléctrica, en cumplimiento de lo que

dispone el artículo 16.2 del Decreto 2619/1966, de

20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento

de expropiación forzosa y sanciones en materia de

instalaciones eléctricas, se les ha notificado

individualmente para que puedan alegar la existencia

de errores y formular las alegaciones procedentes

de acuerdo con lo que disponen los artículos 25

y 26 del mencionado Decreto.

En el plazo otorgado la señora Marisa Latorre

Figuera presenta alegaciones referentes a la

titularidad y características del terreno de la finca

número 5, que han sido incorporadas al expediente.

Asimismo, de acuerdo con lo que prevé el artículo

13 del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, se

solicitó informe a los organismos afectados,

Ayuntamiento de Alfarràs, Ayuntamiento de Ivars de

Noguera, a "Telefónica de España, Sociedad

Anónima", a la Confederación Hidrográfica del Ebro,

a la Dirección General de Carreteras del

Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de

la Generalidad de Cataluña, y al Departamento de

Agricultura, Ganadería y Pesca. El Ayuntamiento

de Alfarràs, en escrito de alegaciones, solicita una

modificación al proyecto, que ha sido aceptada por

la compañía eléctrica. El Departamento de

Agricultura, Ganadería y Pesca y "Telefónica de España,

Sociedad Anónima", no se han manifestado,

mientras que la Confederación Hidrográfica del Ebro,

la Dirección General de Carreteras y el

Ayuntamiento de Ivars de Noguera aportan resoluciones

de autorización pedidas por la compañía, en

tramitación paralela.

La ejecución de esta línea se considera necesaria

para poder suministrar la estación de bombeo de

referencia, para la alimentación del canal de

Balaguer.

Cumplidos los trámites administrativos que

disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

régimen jurídico de las administraciones públicas

y del procedimiento administrativo común, y la Ley

13/1989, de 14 de diciembre, de organización,

procedimiento y régimen jurídico de la Administración

de la Generalidad de Cataluña, resuelvo:

1. Otorgar a la empresa "Fecsa-Enher I,

Sociedad Anónima", la autorización administrativa de la

línea a 25 kV al centro de medición, estación de

bombeo, en los términos municipales de Alfarràs

e Ivars de Noguera.

2. Declarar la utilidad pública de la instalación

eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad

pública lleva implícita la ocupación urgente de los

bienes y derechos afectados que se sometieron a

información pública en el anuncio publicado en el

"Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya" de

15 de enero de 2001.

3. Aprobar el proyecto de ejecución con las

características técnicas siguientes: Línea

aérea-subterránea de 2.864 m de longitud, de los cuales 130 m

son subterráneos, formados por un circuito trifásico

con conductores de aluminio de 240 mm2 de

sección, y 2.734 m de tramo aéreo, con conductores

de Al-ac. tipo LA-110, sobre apoyos de madera

y metálicos, con origen en la estación receptora

de Alfarràs y final en el centro de medición número

1743, estación de bombeo. Variante de la línea a

25 kV Algerri, formada por dos tramos: Uno aéreo

de 214 m de longitud, con conductor LA-110 y

apoyos metálicos, y otro subterráneo de 145 m,

con conductores de aluminio de 240 mm2 de

sección.

Presupuesto: 80.397,39 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo que

dispone la normativa antes mencionada, y también

con el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto

1775/1967, de 22 de julio, sobre el régimen de

instalación, ampliación y traslado de industrias, y

sometida a las condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones se han de llevar a cabo de

acuerdo con el proyecto técnico presentado y

firmado por el Ingeniero técnico señor Ricardo

Cabestre Peiret, visado en fecha 6 de octubre de 2000,

con el número 006208 por el Colegio de Ingenieros

Técnicos Industriales de Lérida, que ha servido de

base para la tramitación del expediente, con las

modificaciones introducidas a consecuencia del

condicionado establecido por el Ayuntamiento de

Alfarràs, incluidas en el anexo de fecha 11 de marzo

de 2002, y visado con el número 001603, por el

Colegio de Ingenieros Técnicos.

2. La construcción y el funcionamiento de esta

instalación eléctrica se someten a lo que establecen

el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión,

aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de

noviembre; el Reglamento sobre condiciones técnicas y

garantías de seguridad en centrales eléctricas,

subestaciones y centros de transformación, aprobado por

el Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre,

y sus instrucciones técnicas complementarias,

aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre

de 1984; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad

de las instalaciones industriales, y el resto de

disposiciones de aplicación general.

3. La empresa titular será la responsable del

uso, la conservación y el mantenimiento de la

instalación, de acuerdo con las condiciones de

seguridad que requiere la normativa vigente.

4. El plazo para la puesta en marcha de la

instalación autorizada será de dos años a contar desde

la fecha de publicación de esta Resolución en el

"Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya".

5. La Delegación Territorial de Industria,

Comercio y Turismo de Lérida podrá hacer las

comprobaciones y las pruebas que considere necesarias

en relación con el cumplimiento de las condiciones

generales y especiales de esta Resolución.

6. Con esta finalidad, el titular de la instalación

comunicará al citado órgano administrativo el inicio

de las obras, las incidencias dignas de mención

durante su curso y su finalización.

Junto con la comunicación de la finalización de

las obras se adjuntará el certificado de dirección

y finalización de la instalación que acredite que estas

se ajustan al proyecto aprobado, que se ha dado

cumplimiento a las normas y las disposiciones antes

mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas

de las pruebas realizadas.

7. La Administración dejará sin efecto esta

autorización administrativa por las causas que establecen

el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de

julio, y en caso de incumplimiento, por parte del

titular de la instalación, de las condiciones que se

impongan.

En este supuesto, la Administración, con la

instrucción previa del expediente oportuno, acordará

la anulación de la autorización, con todas las

consecuencias de orden administrativo y civil que se

deriven según las disposiciones legales vigentes.

8. Esta autorización se otorga sin perjuicio de

terceros y es independiente de las autorizaciones

o licencias de competencia de otros organismos o

entidades públicas necesarias para hacer las obras

y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía

administrativa, se puede interponer recurso de alzada

ante el Director general de Energía y Minas (avenida

Diagonal, 514, 2.o, 08006 Barcelona), en el plazo

de un mes contado desde el día siguiente al de

su publicación, de acuerdo con lo que dispone el

artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

según la redacción que hace la Ley 4/1999, de 13

de enero.

Lérida, 7 de marzo de 2002.-La Delegada

territorial de Lérida, Divina Esteve Quintana

(02.072.076).-18.173.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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