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Documento BOE-B-2002-107033

Notificación de resolución del Ministro de Fomento sobre desafectación del dominio público portuario de terrenos incluidos en la zona de servicio del puerto de Bilbao y expropiación de los mismos por el Ayuntamiento de Bilbao.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 4 de mayo de 2002, páginas 3604 a 3604 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2002-107033

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad

Portuaria de Bilbao, en la sesión de 11 de octubre

de 2000, acordó declarar la innecesariedad de los

terrenos de dominio público portuario afectados por

la ejecución del proyecto de construcción del enlace

de Ibarrekolanda y conexión variante baja de

Deusto, aprobado definitivamente en virtud de acuerdo

del Consejo de Gobierno Vasco de fecha 22 de

septiembre de 1998, en una superficie de 7.130,34

metros cuadrados, por no resultar necesarios para

el cumplimiento de los fines de explotación portuaria

y como requisito previo a su expropiación por causa

de utilidad pública para la ejecución del citado

proyecto de construcción del vial de acceso incluido

en el 2.o Plan General de Carreteras del País Vasco

correspondiente al periodo 1999-2010, en virtud de

Decreto 250/1999, de 8 de junio, "Boletín Oficial

del País Vasco" del 23.

En fecha 31 de enero de 2002 se ha dictado

Orden del titular del Ministerio de Fomento, en

virtud de la cual, acreditada por la Autoridad

Portuaria de Bilbao y por el ente público Puertos del

Estado su innecesariedad para el cumplimiento de

fines de interés portuario, declara la procedencia

de la desafectación como requisito previo a su

expropiación, de las parcelas del dominio público

portuario integrado en la zona de servicio del puerto

de Bilbao, en las proximidades del canal de Deusto

que formaron parte de los que fueron objeto de

expropiación para el denominado "Proyecto de

desviación de la ría de Bilbao por la vega de Deusto",

aprobado por Real Orden de 10 de octubre de 1929,

habiendo resuelto, de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 49.4.o de la Ley 27/1992, de 24 de

noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina

Mercante, lo siguiente: Desafectar del dominio

público portuario estatal dos parcelas, situadas en

la zona de servicio del puerto de Bilbao, en las

proximidades del canal de Deusto, identificadas con

l o s n ú m e

-ros 79 y 81, con una extensión de 1.817,63

y 5.312,71 metros cuadrados respectivamente, al

resultar innecesarias para el cumplimiento de fines

de carácter portuario.

Las parcelas desafectadas constituyen una suma

de diversas partes de varias fincas de origen que

forman una unidad física continua e ininterrumpida

y fueron expropiadas para la ejecución del proyecto

portuario mencionado en beneficio de la Junta de

Obras del Puerto de Bilbao a los titulares siguientes:

Doña María de los Desamparados Trenor, viuda

de Mazarredo; don Rafael, don Fernando y doña

Amparo Mazarredo Trenor; fundación denominada

testamentaria de don José María de Begoña y

Oleaga; don José de Amirola y Velasco, don Marcos

de Orueta y Lecanda, "Sociedad Cooperativa de

Casas Baratas de Obreros de Euskalduna", doña

Dolores Ocejo y Cavada, doña María Luisa, doña

María de los Ángeles y doña Ana del Campo y

Ocejo.

El excelentísimo Ayuntamiento de Bilbao inició

el expediente expropiatorio de los bienes y derechos

incluidos en el proyecto de carreteras referido,

habiéndose autorizado a la Diputación Foral de

Vizcaya la ocupación de las parcelas para la ejecución

de las obras hasta su definitiva transmisión previa

la desafectación de las mismas, en virtud de

resolución del Consejo de Administración de la

Autoridad Portuaria de Bilbao de 11 de octubre de 2000.

Dado el tiempo transcurrido desde la adquisición

de estos inmuebles y los avatares acontecidos desde

entonces, singularmente la inundación catastrófica

ocurrida en el año 1983 que destruyó parte de los

archivos de esta entidad, imposibilitan

materialmente la notificación individualizada a los primitivos

dueños o sus causahabientes, por lo que procede

realizar dicha notificación de forma pública, de

acuerdo con lo previsto en el artículo 59-4.o de

la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común de 26 de noviembre de 1992.

Lo que se notifica a doña María de los

Desamparados Trenor, viuda de Mazarredo; don Rafael,

don Fernando y doña Amparo Mazarredo Trenor;

fundación denominada testamentaria de don José

María de Begoña y Oleaga; don José de Amirola

y Velasco, don Marcos de Orueta y Lecanda,

"Sociedad Cooperativa de Casas Baratas de Obreros

de Euskalduna", doña Dolores Ocejo y Cavada,

doña María Luisa, doña María de los Ángeles y

doña Ana del Campo y Ocejo, así como los

herederos o causahabientes de todos los anteriores, a

los efectos legales oportunos.

Bilbao, 26 de abril de 2002.-El Presidente, José

Angel Corres Abásolo.-&17.295.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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