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Documento BOE-A-2002-9409

Resolución de 23 de abril de 2002, de la Dirección General de Agricultura, por la que se resuelve la autorización de inscripción en los registros oficiales de maquinaria agrícola de los tractores con marca «BCS», modelos que se citan.

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 15 de mayo de 2002, páginas 17662 a 17662 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2002-9409

TEXTO ORIGINAL

A los efectos de la autorización preceptiva para la inscripción en los registros oficiales de maquinaria agrícola de los tractores que se citan según lo dispuesto en la Directiva 74/150/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de los tractores agrícolas o forestales de ruedas, y en virtud de lo establecido en el Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, por el que se dictan normas para la aplicación de determinadas Directivas de la CEE, relativas a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolques y semirremolques así como de partes y piezas de dichos vehículos, y en las Órdenes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 14 de febrero de 1964, por la que se establece el procedimiento de homologación de la potencia de los tractores agrícolas; de 27 de julio de 1979, por la que se regula, técnicamente, el equipamiento de los tractores agrícolas con bastidores o cabinas oficialmente homologados, y de 28 de mayo de 1987, sobre inscripción de máquinas agrícolas en los registros oficiales, Esta Dirección General resuelve:

Primero.

1. Autorizar la inscripción en los registros oficiales de maquinaria agrícola de los tractores marca «BCS», modelos VALIANT 400 AR y VALIANT 500 LE AR con homologación CEE número e3*74/150*2000/25CE*0014.

2. La potencia de inscripción de dichos tractores no ha sido establecida.

3. Los citados tractores deberán ir equipados con la estructura de protección:

Marca: «BCS».

Modelo: DP 10.

Tipo: Bastidor de dos postes adelantado.

Con contraseña de homologación número SV2-e1-0013.

4. Los mencionados tractores quedan clasificados en el subgrupo 3.4 del anexo 1 de la Resolución de esta Dirección General, de 21 de marzo de 1997, y de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de esta Dirección General, de 15 de enero de 1981, por la que se desarrolla la Orden de este Ministerio, de 27 de julio de 1979, que establece el equipamiento de los tractores agrícolas y forestales con bastidores o cabinas de protección para casos de vuelco.

Segundo.

1. Autorizar la inscripción en los registros oficiales de maquinaria agrícola de los tractores marca «BCS», modelos VALIANT 400 RS y VALIANT 500 RS con homologación CEE número e3*74/150*2000/25CE*0015.

2. La potencia de inscripción de dichos tractores no ha sido establecida.

3. Los citados tractores deberán ir equipados con la estructura de protección:

Marca: «BCS».

Modelo: DP 09.

Tipo: Bastidor de dos postes adelantado.

Con contraseña de homologación número SV2-e1-0012.

4. Los mencionados tractores quedan clasificados en el subgrupo 3.1 del anexo 1 de la Resolución de esta Dirección General, de 21 de marzo de 1997, y de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de esta Dirección General, de 15 de enero de 1981, por la que se desarrolla la Orden de este Ministerio, de 27 de julio de 1979, que establece el equipamiento de los tractores agrícolas y forestales con bastidores o cabinas de protección para casos de vuelco.

Tercero.

1. Autorizar la inscripción en los registros oficiales de maquinaria agrícola de los tractores marca «BCS», modelos VITHAR 900 AR y VITHAR 800 AR con homologación CEE número e3*74/150*2000/25CE*0019.

2. La potencia de inscripción de dichos tractores no ha sido establecida.

3. Los citados tractores deberán ir equipados con la estructura de protección:

Marca: «BCS».

Modelo: DP 04.

Tipo: Bastidor de dos postes adelantado.

Con contraseña de homologación número SV2-e1-0007.

4. Los mencionados tractores quedan clasificados en el subgrupo 3.5 del anexo 1 de la Resolución de esta Dirección General, de 21 de marzo de 1997, y de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de esta Dirección General, de 15 de enero de 1981, por la que se desarrolla la Orden de este Ministerio, de 27 de julio de 1979, que establece el equipamiento de los tractores agrícolas y forestales con bastidores o cabinas de protección para casos de vuelco.

Cuarto.

1. Autorizar la inscripción en los registros oficiales de maquinaria agrícola de los tractores marca «BCS», modelos VITHAR 900 RS y VITHAR 800 RS con homologación CEE número e3*74/150*2000/25CE*0020.

2. La potencia de inscripción de dichos tractores no ha sido establecida.

3. Los citados tractores deberán ir equipados con la estructura de protección:

Marca: «BCS».

Modelo: DP 05.

Tipo: Bastidor de dos postes adelantado.

Con contraseña de homologación número SV2-e1-0008.

4. Los mencionados tractores quedan clasificados en el subgrupo 3.2 del anexo 1 de la Resolución de esta Dirección General, de 21 de marzo de 1997, y de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de esta Dirección General, de 15 de enero de 1981, por la que se desarrolla la Orden de este Ministerio, de 27 de julio de 1979, que establece el equipamiento de los tractores agrícolas y forestales con bastidores o cabinas de protección para casos de vuelco.

Quinto.

1. Autorizar la inscripción en los registros oficiales de maquinaria agrícola de los tractores marca «BCS», modelos VITHAR 900 MT y VITHAR 800 MT con homologación CEE número e3*74/150*2000/25CE*0018.

2. La potencia de inscripción de dichos tractores no ha sido establecida.

3. Los citados tractores deberán ir equipados con la estructura de protección:

Marca: «BCS».

Modelo: DP 03.

Tipo: Bastidor de cuatro postes.

Con contraseña de homologación número S-e1-0039.

4. Los mencionados tractores quedan clasificados en el subgrupo 1.2 del anexo 1 de la Resolución de esta Dirección General, de 21 de marzo de 1997, y de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de esta Dirección General, de 15 de enero de 1981, por la que se desarrolla la Orden de este Ministerio, de 27 de julio de 1979, que establece el equipamiento de los tractores agrícolas y forestales con bastidores o cabinas de protección para casos de vuelco.

Madrid, 23 de abril de 2002.‒El Director general, Rafael Milán Díez.

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