1. De conformidad con lo previsto en el artículo 81 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y en el artículo 79 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como lo previsto en el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de las facultades desconcentradas concedidas por el Secretario de Estado en los artículos 2 apartado B.b y 3 del Real Decreto 1437/2001, de 21 de diciembre, de desconcentración de facultades en materia de convenios, contratos y acuerdos técnicos, en el ámbito del Ministerio de Defensa ("Boletín Oficial del Estado" 306, del 22), dispongo:
Primero.-Se constituye la Mesa de Contratación de la Dirección General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa, con carácter permanente, con las funciones que le asigna el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Segundo.-Composición:
1. Presidente: El General adjunto al Director general de Armamento y Material, que podrá ser sustituido en caso de ausencia, vacante o enfermedad por el vocal permanente de la Mesa de Contratación de mayor graduación o antigüedad.
2. Vocales:
a) El Jefe del Órgano de Dirección de la Dirección General de Armamento y Material, que podrá ser sustituido en caso de ausencia, vacante o enfermedad por cualquier coronel del Órgano de Dirección de la Dirección General de Armamento y Material.
b) El Jefe del Área Económica de la Dirección General de Armamento y Material, que podrá ser sustituido en caso de ausencia, vacante o enfermedad por cualquier oficial destinado en el Área Económica de la Dirección General de Armamento y Material.
c) El Asesor Jurídico de la Dirección General de Armamento y Material, que podrá ser sustituido en caso de ausencia, vacante o enfermedad por un oficial auditor que designe la Asesoría Jurídica General del Ministerio de Defensa.
d) El Jefe de la Intervención Delegada en la Dirección General de Armamento y Material, que podrá ser sustituido en caso de ausencia, vacante o enfermedad por un oficial del Cuerpo Militar de Intervención destacado en la Intervención Delegada en la Dirección General de Armamento y Material.
3. Secretario: El Jefe de la Sección de Seguimiento de Contratos del servicio de contratación del Área Económica de la Dirección General de Armamento y Material, que podrá ser sustituido en caso de ausencia, vacante o enfermedad por cualquier oficial destinado en el Área Económica de la Dirección General de Armamento y Material.
2. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 26 de abril de 2002.-El Director general, Carlos Villar Turrau.
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