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Documento BOE-A-2002-7211

Resolución de 4 de abril de 2002, de la Dirección General de Justicia de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se resuelve el concurso de traslados de fecha 27 de diciembre de 2001, por el que se ofertaban puestos de trabajo de Médicos forenses en los Institutos de Medicina Legal de Valencia, Castellón y Alicante.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 2002, páginas 14286 a 14287 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-2002-7211

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso

de traslados convocado por Resolución de 27 de diciembre de

2001 de la Dirección General de Justicia de la Consejería de

Justicia y Administraciones Públicas ("Diario Oficial de la Generalidad

Valenciana" y "Boletín Oficial del Estado" de 9 de enero de 2002),

y de conformidad con lo establecido en los artículos 455 y 500.1

de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,

artículo 20 y siguientes del Real Decreto 296/1996, de 23 de

febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo

de Médicos Forenses.

Vista la reclamación formulada por doña Rosa Roig Alemany

contra la Resolución de 14 de marzo de 2002, de la Dirección

General de Justicia, en la que se declara su exclusión del concurso

de traslados por el motivo de "no llevar dos años desde la toma

de posesión en su actual destino".

De conformidad con lo dispuesto en la base décima de la

Resolución de 27 de diciembre de 2001, dispongo:

Primero.-Nombrar para los puestos de trabajo que se indican

a los Médicos forenses que en anexo I se relacionan.

Segundo.-Excluir del concurso de traslados a los funcionarios

que en anexo II se relacionan, con expresión de los motivos de

exclusión.

Tercero.-Declarar desiertos aquellos puestos de trabajo

convocados en el concurso que no han sido cubiertos por un titular.

Cuarto.-El plazo para tomar posesión del nuevo destino

obtenido será de diez días naturales, pero cuando no implique cambio

de residencia deberá efectuarse en los tres días hábiles siguientes

al cese.

El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir

del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los

tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución

en el "Boletín Oficial del Estado".

Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo, el plazo

de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen

las licencias que se encuentren disfrutando los funcionarios, salvo

que por circunstancias excepcionales, debidamente motivadas, se

suspenda o revoque el disfrute de las mismas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo

ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia

en un plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al

de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 8,

14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio

de la interposición de recurso potestativo de reposición ante la

Dirección General de Justicia en el plazo de un mes, contado

a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto

en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero,

de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

ANEXO I (ver imágenes páginas 14286 y 14287).

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